MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 258/2003
Apruébase la estructura organizativa de primer y
segundo nivel operativo del citado Departamento de Estado. Modificación
del Decreto Nº 357/2002 y de la Decisión Administrativa Nº 18/2002.
Bs. As., 24/6/2003
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y modificatorios y complementarios, el Decreto Nº
357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y la Decisión
Administrativa Nº 18 de fecha 27 de marzo de 2002 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley citada en primer término en
el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización
de la Administración Pública Nacional y sus competencias.
Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se
aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de
las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DEL INTERIOR,
en función de las nuevas competencias asignadas.
Que las reformas propuestas se encuentran
fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de
responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del
reordenamiento mencionado.
Que este reordenamiento requiere una nueva
conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DEL
INTERIOR, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y
eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos
propuestos.
Que por la Decisión Administrativa Nº 18/2002 y sus
modificatorias, se procedió a aprobar la Estructura Organizativa del
MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que a los efectos que dicho Departamento de Estado
alcance plenitud en el cumplimiento de su misión y funciones, resulta
conveniente reorganizar sus segundas aperturas, en concordancia con la
nueva organización de sus niveles políticos.
Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Sustitúyese del Anexo I
al Artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública
Nacional— el Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR,
el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa
al presente artículo se acompaña.
Art. 2º— Sustitúyese del Anexo II al
Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, —Objetivos— el
Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, los que
quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la
planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de
la presente medida.
Art. 3º— Apruébase la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DEL
INTERIOR, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria y
Acciones y Dotación, los que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, II,
IIIa y IIIb, forman parte integrante del presente Decreto.
(Nota Infoleg: por art. 3° del [Decreto
N° 1215/2010](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=171377) B.O. 2/9/2010 se aprueba el
*Organigrama del MINISTERIO DEL
INTERIOR, hasta el primer y segundo
nivel operativo, de conformidad con los Anexos la, lb, Ic, Id, le, If y
Ig, que forman parte integrante del Decreto de referencia)*
Art. 4º— EL MINISTERIO DEL INTERIOR
deberá elaborar la Estructura Organizativa de las aperturas inferiores
a las que se aprueban por este acto en un plazo de NOVENTA (90) días.
Hasta tanto se aprueben, conservarán su vigencia las unidades
existentes a la fecha, con la asignación de los suplementos que les
correspondiere.
Art. 5º— Derógase parcialmente la
Decisión Administrativa Nº 18/2002 y sus modificatorias, manteniéndose
la vigencia del Artículo 3º de dicha norma.
Art. 6º— El gasto que demande el
cumplimiento del presente Decreto se atenderá con las partidas
presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 30 — MINISTERIO DEL
INTERIOR.
Art. 7º— Hasta tanto se efectúen las
adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las
erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán
atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción.
Art. 8º— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
(Nota Infoleg: por art. 1° del[Decreto
N° 874/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=198318)*B.O. 7/6/2012 se
sustituye**la
denominación del MINISTERIO DEL INTERIOR por la de MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
debiendo considerarse modificada tal denominación cada vez que se hace
referencia a la Cartera Ministerial citada en primer término. Vigencia:
a partir de la fecha de su dictado. Decreto de referencia declarado
válido por Resolución S/N de la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación B.O.04/09/2012)*
(*Nota
Infoleg:ver las modificaciones de la Estructura
Organizativa del presente Ministerio en su correspondiente Apartado
obrante**en el texto actualizado del [Decreto
N° 357/2002](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=72486) B.O. 22/2/2002)*
Anexo al Artículo 1º
XIII - MINISTERIO DEL INTERIOR
- SECRETARIA DE INTERIOR
- SUBSECRETARIA DE INTERIOR
- SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
- SECRETARIA DE PROVINCIAS
- SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
- SUBSECRETARIA DE GESTION MUNICIPAL
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
Anexo al Artículo 2º
XIII - MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARIA DE INTERIOR
OBJETIVOS:
Coordinar la programación de la política
electoral nacional.
Proponer los proyectos de convocatoria para los
actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública
de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto
eleccionario.
Proponer al Ministro del Interior las medidas
conducentes para agilizar y perfeccionar la mecánica del proceso de
conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los
ejemplares autenticados del padrón electoral.
Coordinar con los organismos involucrados en su
ejecución todos los aspectos operativos vinculados con la programación
y desarrollo de los actos electorales nacionales.
Realizar estudios estadísticos de los actos
eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los
resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información
relativa a los mismos.
Efectuar la concesión de franquicias y el
otorgamiento y distribución de los aportes del Fondo Partidario
Permanente, a las agrupaciones políticas.
Proponer y planificar las políticas, planes y
proyectos en materia poblacional.
Elaborar estudios e investigaciones tendientes a
facilitar definiciones de políticas demográficas.
Fomentar el federalismo a través de la
participación a nivel nacional de los distintos estamentos de la
sociedad en las actividades de capacitación del INSTITUTO NACIONAL DE
CAPACITACION POLITICA, realizando cursos y seminarios en forma
coordinada y conjunta con gobiernos provinciales y organizaciones no
gubernamentales.
SUBSECRETARIA DE INTERIOR
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario de Interior en la
coordinación de la programación de la política electoral nacional.
Diseñar y proponer al Secretario de Interior
sobre las medidas conducentes para agilizar y perfeccionar la mecánica
del proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y
asegurar el cumplimiento de las medidas de resguardo de los ejemplares
autenticados del padrón electoral.
Elevar propuestas al Secretario de Interior sobre
los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le
competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y
normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.
Asistir al Secretario de Interior en la
coordinación con los organismos involucrados en su ejecución, todos los
aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los
actos electorales nacionales.
Asistir al Secretario de Interior en la concesión
de franquicias y en el otorgamiento y distribución de los aportes del
Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.
Proponer al Secretario de Interior políticas,
planes y proyectos en materia poblacional.
Asistir al Secretario de Interior, en las
actividades del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION POLITICA.
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
OBJETIVOS:
Promover políticas públicas a nivel federal y
regional tendientes a la armonización con las políticas
correspondientes al Gobierno Nacional.
Promover el establecimiento de acuerdos y pactos
federales para propender a una mayor coordinación en la implementación
de políticas nacionales, provinciales, municipales y regionales.
Intervenir en el análisis de los proyectos de
legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas
nacionales y provinciales.
Participar en las diferentes actividades que
involucren relaciones interprovinciales.
Participar en las actividades
político-institucionales que, en el marco de la Constitución y la forma
federal de gobierno, el Gobierno Nacional desarrolle con las provincias.
Desarrollar las acciones necesarias para la
implementación de la Reforma Política, realizando el relevamiento de
opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas
modificatorias de aquéllas que rigen el funcionamiento de los sistemas
político y electoral.
Intervenir en la tramitación de los exhortos
judiciales.
Programar, planificar, ejecutar y realizar el
seguimiento de la política de relaciones institucionales, así como
también su permanente actualización legislativa.
Asistir en la planificación, elaboración,
ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos
orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.
Entender en la elaboración, ejecución y control
de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la
comunidad y sus instituciones representativas.
Realizar el estudio de las normas que hagan a la
plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales.
Intervenir en la determinación de pautas
destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos
referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.
Entender en las propuestas de reforma de la
CONSTITUCION NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se
reúnan a tal efecto.
Promover la realización de actividades
político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a
consolidar la autonomía del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Asistir en lo relativo a la concesión del
derecho de asilo.
Coordinar la producción de información y la
realización de estudios referidos al avance de la Reforma Política.
Establecer las políticas de funcionamiento del
Archivo General de la Nación.
Asistir en los temas de la COMISION NACIONAL DE
EX-COMBATIENTES DE MALVINAS.
SECRETARIA DE PROVINCIAS
OBJETIVOS:
Diseñar planes y coordinar acciones en
materia económica con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad de
Buenos Aires, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de
carácter federal.
Coordinar con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a
las Provincias.
Proponer la ejecución de planes, programas y
proyectos socioeconómicos referidos a las provincias y a la temática
regional.
Intervenir en la evaluación técnica de la
asignación del Fondo de APORTES del TESORO NACIONAL a las provincias.
Proponer medios tendientes a la formulación y
ejecución de políticas de descentralización.
Coordinar las políticas inherentes a la
regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo
regional conforme artículo 124 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Producir los diagnósticos necesarios que sean de
utilidad para la planificación estratégica regional.
Proponer los medios tendientes a la formulación y
ejecución de políticas de regionalización.
Evaluar la información sistematizada sobre la
realidad socioeconómica e institucional de las provincias.
Asistir a la Secretaría de Asuntos Políticos en
la promoción de la reforma política a nivel Provincial y de la Ciudad
de Buenos Aires.
Proponer la ejecución de planes, programas y
proyectos socioeconómicos destinados a reducir la conflictividad en
áreas geográficas diagnosticadas como críticas.
Intervenir en el régimen jurídico de las aguas
de los ríos interprovinciales y sus afluentes.
SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
OBJETIVOS:
Entender en los asuntos municipales y en la
asistencia técnica a los municipios para la modernización de los
sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad
de gestión.
Asistir a las provincias en la descentralización
de funciones hacia los municipios.
Proponer los medios tendientes al estudio,
formulación y ejecución de políticas de descentralización.
Evaluar la información sobre la realidad
socioeconómico e institucional de los municipios, proponiendo asimismo
la ejecución de planes, programas y proyectos referidos al desarrollo
de los gobiernos locales.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.