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GENDARMERIA NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

GENDARMERIA NACIONAL

Decreto 261/98

**Designación de un Oficial a efectos de asistir al curso

de "Oficial Graduado en Ciencias Policiales (O.Y.S)",

a desarrollarse en el Instituto Superior de Ciencias Policiales

de Carabineros de la República de Chile.**

Bs. As., 9/3/98

B.O: 13/03/98

VISTO el ofrecimiento de CARABINEROS DE LA REPUBLICA DE CHILE,

para que UN (1) Oficial de GENDARMERIA NACIONAL participe como

alumno del Curso de "OFICIAL GRADUADO EN CIENCIAS POLICIALES

(O.Y.S)" durante los períodos lectivos comprendidos

entre los años 1998 y 1999, lo informado por el señor

DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al referido ofrecimiento se ha otorgado UNA (1) vacante

para asistir al curso mencionado desde el 2 de febrero de 1998

hasta el 31 de diciembre de 1999, en el INSTITUTO SUPERIOR DE

CIENCIAS POLICIALES DE CARABINEROS DE LA REPUBLICA DE CHILE con

sede en la Ciudad de SANTIAGO, de dicho País.

Que resulta conveniente aceptar el ofrecimiento, dada la intima

vinculación que las enseñanzas del curso deparan

con las actividades que los funcionarios de GENDARMERIA NACIONAL

concretan en cumplimiento de las funciones inherentes, como asimismo

el conocimiento de la Institución anfitriona y de vivencias

de las realidades socio-políticas y económicas del

país que visita, lo que adquiere singular trascendencia

en función de la complementación que con el mismo

se sigue.

Que dicha comisión se encuentra prevista en el Plan Anual

de Cursos, Comisiones y Actividades en el Exterior para el Personal

Superior y Subalterno de GENDARMERIA NACIONAL para los años

1998 y 1999.

Que la facultad de dictar la presente medida surge de lo dispuesto

por el Artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Dase por designado en comisión

"permanente" a partir del 2 de febrero de 1998 y por

el término de SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (699) días,

incluido el tiempo de traslado, a efectos de asistir al curso

de "OFICIAL GRADUADO EN CIENCIAS POLICIALES (O.Y.S)",

a desarrollarse en el INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS POLICIALES

DE CARABINEROS DE LA REPUBLICA DE CHILE, con s de en SANTIAGO,

al Comandante de GENDARMERIA NACIONAL Jorge Alberto HOGALDE (MI

13.815.396).

Art. 2º-Convalídase la extensión de los pasajes

por GENDARMERIA NACIONAL (Dirección de Contaduría

General), al cursante y su núcleo familiar (esposa y tres

hilos).

Art. 3º-Convalídase la extensión de los Pasaportes

correspondientes efectuada por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL

del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONALY

CULTO para el causante y su grupo familiar (esposa y tres hijos).

Art. 4º-Convalídase la liquidación efectuada

por la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA (Dirección de

Contaduría General, de los conceptos por gastos de traslado

e instalación y el equivalente al primer trimestre de los

haberes y emolumentos del Oficial mencionado, con la aplicación

del porcentaje determinado por el Artículo Nº 2417

de la Reglamentación del Título II (Personal Militar

en Actividad, Cap. IV Haberes) de la Ley Nº 19.101, aprobada

por el Decreto Nº 3294 del 29 de diciembre de 1978, modificado

por su similar Nº 1003 del 29 de abril de 1983.

Art. 5º-Autorízase a la DIRECCION NACIONAL

DE GENDARMERIA, (Dirección de Contaduría General),

para que efectúe los giros correspondientes durante la

permanencia del causante en el País de destino, así

como también la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO

MIL (U$S 4.000,00) para la adquisición de material didáctico,

traslado y permanencia fuera del lugar donde se efectúa

el curso, por formar parte del desarrollo normal del mismo.

Art. 6º-Los gastos que demande el cumplimiento del

presente Decreto, deberán ser imputados a las partidas

del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio

1998 y los créditos que a tal efecto se prevean para los

años sucesivos.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos

V. Corach.