DIRECCION NACIONAL DE LA ENERGIA

Rango Decreto
Publicación 1957-04-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EXTIENDENSE LOS ALCANCES DE UNA RESOLUCIÓN SOBRE FINANCIACIÓN DE RETROACTIVIDADES

Decreto N° 2.635/1957

Bs. As. 13/3/57

ATENTOa la situación planteada y lo aconsejado por

los Ministerios de Comercio e Industria, Hacienda y Trabajo y Previsión, con

relación al pago de retroactividad emergente del convenio laboral recientemente

suscripto con las empresas que prestan servicios públicos de electricidad en la Capital Federal y Gran Buenos

Aires, y teniendo en cuenta lo resuelto por la Dirección Nacional

de la Energía

para la financiación del pago de los aumentos retroactivos por intermedio de

las empresas que prestan servicios públicos de electricidad en el interior del

país,**El Presidente

Provisional dela Nación Argentina,*Decreta:Artículo 1°. –*La Dirección Nacional

de la Energía

hará extensivos los efectos de la Resolución

N° 1 del 27 de febrero de 1957 a las empresas que

prestan los servicios públicos de electricidad en la Capital Federal y Gran Buenos

Aires.Art. 2°. –La Dirección Nacional

de la Energía

adoptará las medidas necesarias para asegurar la devolución de los fondos que

entregue a las Empresas en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior, en

los plazos y términos previstos en el Decreto N° 23.131/56.Art. 3°. –El presente Decreto será refrendado por los

señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Comercio e

Industria (interino), Hacienda y Trabajo y Previsión.Art. 4°.– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General

del Boletín Oficial y archívese.

**ARAMBURU – Roberto R.

Verrier – Tristán E. Guevara.**

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