ACUERDOS
ACUERDOS
Decreto 266/2018
Homológase Acta.
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-12041987-APN-DGRGAD#MT, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°
18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la
Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.431, el Decreto N°
447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N°
214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Acta Acuerdo del
18 de mayo de 2017 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologada por
el Decreto N° 445 de fecha 22 de junio de 2017, el Acta Acuerdo del 28
de febrero de 2018, el Acta Acuerdo del 9 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que las negociaciones colectivas que se celebren entre la
Administración Pública Nacional y sus empleados se rigen por la Ley N°
24.185 que instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la cláusula cuarta del
Acta Acuerdo del 18 de mayo de 2017, homologada por Decreto N° 445/17,
se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.
Que las partes arribaron a un acuerdo relativo al régimen retributivo
del personal permanente y no permanente comprendido en el ámbito de
aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo General, concretado a
través del Acta Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2018, aprobada por la
Autoridad de Aplicación en Acta Acuerdo del 9 de marzo de 2018.
Que en tal contexto se acordó un incremento sobre las retribuciones
mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes del personal
de cada uno de los escalafones y organismos comprendidos en el Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional
homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, con vigencia
a partir del 1° de marzo, 1° de abril, 1° de mayo y 1° de junio de
2018, aplicables sobre las remuneraciones aprobadas y vigentes al 31 de
mayo de 2017.
Que se establecieron los montos de los beneficios previstos por los
artículos 131 y 149 del Anexo I y por los artículos 3°, 6° apartado II,
y 8° inciso a) del Anexo III del Convenio Colectivo de Trabajo General
mencionado precedentemente.
Que el Acta Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 24.185.
Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto
Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.
Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06 y
sus modificatorios.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió el correspondiente dictamen.
Que en atención a las prescripciones del artículo 86 de la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de
la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos
que surgen de dicha norma y de la Ley N°18.753, se tienen por cumplidas
las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N° 11.672 con la
suscripción del Acta Acuerdo de fecha 28 de febrero de 2018 que dispone
su vigencia a partir del 1° de marzo, 1° de abril, 1° de mayo y del 1°
de junio de 2018.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención de su
competencia.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo (IF-
2018-12172471-APN-DALSP#MT) y sus Anexos I a CI de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional del 28 de febrero de 2018
(IF-2018-12191534-APN-DALSP#MT) que, como Anexos, forman parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la vigencia de los incrementos
retributivos acordados en el Acta Acuerdo referida en el artículo
precedente será a partir del 1° de marzo de 2018, 1° de abril de 2018,
1° de mayo de 2018 y del 1° de junio de 2018, en las condiciones
establecidas por las partes intervinientes.
ARTÍCULO 3°.- Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 445 del 22 de
junio de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3°.- La retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y
permanente de los agentes habilitados para realizar servicios
extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por
terceros, no deberá superar el monto de PESOS DIECINUEVE MIL OCHENTA Y
NUEVE ($ 19.089), PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO ($
19.278), PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 19.467)
y PESOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($19.656), a partir
del 1° de marzo de 2018, 1° de abril de 2018, 1° de mayo de 2018 y del
1° de junio de 2018, respectivamente.”
Para determinar dicha retribución no se considerarán: los grados
extraordinarios que pudieran corresponder a cada agente afectado, el
valor de la Compensación por Zona, el Adicional por Tramo en los casos
y nivel de Tramo que corresponda, las Compensaciones Transitorias
acordadas por Acta Acuerdo de fecha 30 de noviembre de 2011 homologada
por el Decreto N° 39 del 9 de enero de 2012, la Compensación
Transitoria acordada mediante la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de
fecha 29 de mayo de 2015 homologada por el Decreto N° 1.118 del 12 de
junio de 2015, como asimismo el Premio Estímulo a la Asistencia
acordado por Acta Acuerdo de fecha 18 de mayo de 2017, homologada por
el Decreto N° 446 del 22 de junio de 2017.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los porcentajes de incremento salarial a
que se refiere el Acta que se homologa por el artículo 1° del presente,
serán de aplicación para las remuneraciones del personal civil de
inteligencia de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, a partir de las
fechas que se mencionan en el artículo 2° del presente decreto.
ARTÍCULO 5°. Extiéndense, a partir de las fechas indicadas en el
artículo 2° del presente decreto, los porcentajes establecidos en el
Acta que se homologa por el artículo 1°, a las retribuciones del
personal comprendido en el Decreto N° 838/94 y sus modificatorios; en
el régimen del Decreto N° 1716/92 y su normativa complementaria y en el
Decreto N° 140/07.
ARTÍCULO 6°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias a que diera lugar la aplicación del
presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alberto Jorge
Triaca.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 03/04/2018 N° 21012/18 v. 03/04/2018
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.