DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-11-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2685/1976

Bs. As., 27/10/1976

VISTO lo propuesto por el Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, se aprobó la

estructura orgánica del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, por la cual se

asignaron al mismo los elementos básicos para cumplimentar la misión

encomendada por la Ley Nº 20.429, en su carácter de órgano nacional de

control de todos los actos relacionados con las armas de fuego, sus

municiones y repuestos principales realizados por particulares,

instituciones privadas y fuerzas de seguridad e instituciones públicas,

con la sola excepción de las Fuerzas Armadas;

Que por el Decreto Nº 395, del 20 de febrero de 1975, se aprobó la

actual Reglamentación de la Ley Nº 20.429, que amplía los alcances y la

complejidad del control a ejercer a través del mencionado REGISTRO

NACIONAL, en lo referente a tenencia, portación, importación,

comercialización, transporte y medidas de seguridad en materia de

armas, sus municiones y repuestos principales;

Que las responsabilidades emergentes de las disposiciones legales

citadas y el creciente número de actos a controlar en toda la extensión

del territorio nacional, originan la impostergable necesidad de

actualizar las capacidades y efectivos disponibles para su cumplimiento;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 234, del 24 de enero

de 1969, el presente debe tener carácter de rectificatorio del decreto

que aprobó la estructura vigente en el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Rectíficase el

Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el cual se aprobó la

estructura orgánico-funcional del Ministerio de Defensa, en lo

referente al REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, de conformidad con el

organigrama, misiones y funciones, agrupamiento funcional y dotaciones

y memorando descriptivo de tareas que, como Anexos I, II, III y IV

forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — El gasto que demande

la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente acto no

originará incrementos en los créditos presupuestarios previstos para el

año 1976 en el Inciso 11 de la Jurisdicción 45 y se afectará a la

Función 2.90 - Jurisdicción 48 - Programa 003 (Conducción y

Administración) - Carácter 0 - Partida Principal 1110 (Personal

Permanente).

Art. 3º —Comuníquese y archívese. — VIDELA


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

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