MIN. REL. EXT., COM. INT. Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 2000-03-31
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 8
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 270/2000

Apruébase la estructura organizativa del citado

Departamento de Estado.

Bs. As., 24/3/2000

Ver Antecedentes Normativos

VISTO la Ley Nº 25.233 y el Decreto Nº 20 de fecha

13 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada Ley se modificó el número, los

nombres y competencias de las jurisdicciones ministeriales del Poder

Ejecutivo Nacional.

Que por el Decreto de referencia se ha determinado,

entre otros la estructura del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo que respecta a las denominadas

unidades organizativas de conducción política.

Que mediante el mismo decreto se requirió que las

distintas jurisdicciones ministeriales y de la PRESIDENCIA DE LA NACION

remitan a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las estructuras de las

unidades organizativas de primer nivel operativo, para su evaluación

por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros y aprobación del Señor

Presidente de la Nación.

Que en virtud de las mencionadas normas es necesario

efectuar un reordenamiento de la estructura organizativa del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO que permita

concretar las metas de política exterior en el marco de una mayor

eficiencia, eficacia y calidad en el logro de los objetivos de política

exterior propuestos para la citada cartera.

Que el MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO ha elevado en término la propuesta de estructura

organizativa de su jurisdicción y cumplimentado los requisitos exigidos

por la normativa vigente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las

atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1º de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase la estructura

organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidad

Primaria y Acciones, Planta Permanente del Personal del Servicio

Exterior de la Nación, Planta Permanente del Personal Escalafón 993/91

y Distribución de Planta Permanente, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id,

Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, II y III forman parte del presente Decreto.

Art. 2º— Hasta tanto se concluya con la

reestructuración de las áreas correspondientes a las segundas aperturas

con nivel inferior a Dirección General o Nacional, se mantendrán las

acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,

grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº

993/91 (t.o. 1995)

Art. 3º— Transfiérese al ámbito del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la

COMISION CASCOS BLANCOS, con las atribuciones y cargos previstos en los

artículos 3º y 4º del Decreto 1131/94, como así también la dotación,

créditos presupuestarios y bienes patrimoniales de la que fuera la

ex-SECRETARIA DE ASISTENCIA INTERNACIONAL HUMANITARIA "CASCOS BLANCOS".

Art. 4º— El cargo de Presidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS

tendrá jerarquía de Subsecretario y rango de Embajador Extraordinario y

Plenipotenciario. El Vicepresidente y los Vocales de la COMISIÓN CASCOS

BLANCOS tendrán carácter “ad honorem”.

(Artículo sustituido por art. 5° delDecreto N° 87/2023B.O. 27/12/2023.)

Art. 5º— *(Artículo

derogado por art. 1° del*[Decreto

N° 114/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=226364)B.O. 07/02/2014)

Art. 6º— Derógase mediante el presente

Decreto todas las normas anteriores relacionadas con la COMISION CASCOS

BLANCOS con excepción de las que se mencionan en el artículo 3º.

Art. 7º— El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

previstos para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 8º— Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —

Rodolfo H. Terragno. — Adalberto Rodríguez Giavarini. — José L.

Machinea.

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ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO

AREA MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Organizar todos los Actos Protocolares, tanto en el

orden nacional, como en el provincial, cuando participen Funcionarios

de otros Estados y Huéspedes Oficiales; Representaciones Diplomáticas,

Consulares y Organismos Internacionales; Misiones Especiales y

Delegaciones Oficiales Extranjeras; como así también las visitas y

viajes del señor Presidente de la Nación al exterior.

Actuar como órgano de Enlace, en las relaciones con

el Cuerpo Diplomático y Consular Extranjero, así como con los

Representantes de Organizaciones Intergubernamentales y Misiones

Especiales acreditados en la República.

ACCIONES

1.

Coordinar, asistir y asesorar en la organización

de los Actos y Ceremonial antes mencionados en el ámbito del Poder

Ejecutivo Nacional; en lo atinente a las Audiencias de Autoridades,

Representantes Diplomáticos y Oficiales extranjeros, Delegaciones y

Misiones Especiales con el señor Presidente de la Nación.

2.

Organizar los viajes del señor Presidente de la

Nación al exterior, coordinando a estos fines la colaboración de los

Organismos de Seguridad, Administración Nacional de Aduanas, Dirección

Nacional de Migraciones y toda otra Repartición, Dependencia o Entidad,

tanto de carácter público como privado, que las circunstancias

requieran.

3.

Preparar y confeccionar las Cartas Autógrafas y

Plenipotenciarias del señor Presidente de la Nación, así como las

Cartas Credenciales y de Retiro de los Representantes Diplomáticos

argentinos y extender las Patentes Consulares Nacionales.

4.

Tramitar las concesiones de "PIacet" y de

"Exequatur", así como la Acreditación y el Reconocimiento de

Representantes Diplomáticos y Consulares, Agregados de las Fuerzas

Armadas y demás miembros de las Representaciones Diplomáticas y

Consulares extranjeras, Representaciones de Organismos Internacionales

y Misiones Especiales.

5.

Elaborar, interpretar y aplicar, como único

órgano competente en la materia, la Reglamentación del Régimen de

Franquicias, Privilegios e Inmunidades correspondientes a los miembros

de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras

y argentinas, de Funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones

Especiales acreditados en la República, así como tramitar todas las

cuestiones relativas al mismo.

6.

Otorgar las correspondientes visaciones a los

miembros de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras,

así como a los Funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones

Especiales que deben ejercer funciones en la República, expidiendo los

Carnet y Tarjetas de Identidad de los mismos; asimismo, otorgar,

renovar y prorrogar los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales de

Funcionarios argentinos que cumplan misiones oficiales en el exterior.

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Ministro y a los Secretarios,

Subsecretarios y Directores Generales del Ministerio, en los asuntos en

que sean de aplicación los principios y las normas del derecho

internacional público y privado.

ACCIONES

1.

Dirigir estudios e investigaciones con respecto a

cuestiones internacionales de carácter jurídico-político, e intervenir

en la preparación de la documentación necesaria para la negociación,

celebración, modificación u otros actos jurídicos relativos a los

instrumentos internacionales solicitados por otras áreas del Ministerio

de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto con respecto a

cuestiones internacionales de carácter jurídico-político.

2.

Participar en la definición de las instrucciones

relativas a negociaciones a efectuarse en asambleas, conferencias,

congresos o reuniones internacionales sobre temas o materias de

carácter jurídico.

3.

Tramitar, registrar y archivar los instrumentos

internacionales de los que la República sea parte, o Estado negociador

o firmante, y otros instrumentos de interés para la República y

efectuar la publicación oficial de los instrumentos internacionales

suscriptos por la República y el material cartográfico correspondiente.

4.

Elaborar las políticas y estrategias relativas a

las cuestiones jurídicas internacionales y participar en la preparación

de los digestos argentinos de derecho y política internacionales.

5.

Asesorar sobre distintos temas relativos a las

declaraciones con efectos jurídicos internacionales.

6.

Concurrir a las asambleas, conferencias,

congresos y reuniones internacionales referidas a temas o materias

vinculadas al derecho internacional y preparar los plenos poderes para

la firma de instrumentos internacionales y las credenciales para los

representantes del Gobierno Argentino ante reuniones internacionales.

INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Formar y capacitar en los aspectos profesional,

técnico y práctico a los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de

la Nación.

ACCIONES

1.

Actuar en la selección e incorporación de los

aspirantes al Servicio Exterior de la Nación.

2.

Capacitar en los aspectos teórico y práctico a

los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

3.

Dictar y supervisar los cursos de capacitación

para la promoción de los funcionarios del Servicio Exterior de la

Nación.

4.

Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto las condiciones para el ingreso al

Servicio Exterior de la Nación, de acuerdo con las normas pertinentes.

5.

Tramitar y proponer becas y cursos de

capacitación ofrecidos por el Gobierno Nacional, por Gobiernos

Extranjeros, por organismos internacionales y por instituciones o

entidades nacionales o extranjeras, públicas o privadas, para la

formación y capacitación profesional de los funcionarios del Cuerpo

Permanente del Servicio Exterior de la Nación.

6.

Formar y capacitar en los aspectos profesional y

técnico habilitante, al personal aspirante a integrar el Agrupamiento

Administrativo, Profesional o Técnico adscripto al Servicio Exterior.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar el examen y evaluación posteriores de las

actividades económicas, financieras, patrimoniales, normativas,

administrativo contable y de gestión del Ente en su conjunto, de

conformidad a lo establecido en la Ley 24.156, utilizando el enfoque de

control integral e integrado de manera de asegurar la continua

optimización de los niveles de Eficacia, Eficiencia, y Economía de la

gestión gubernamental.

ACCIONES

1.

Elaborar el planeamiento general de la Auditoria

Interna a desarrollarse en el ente de acuerdo con las Normas Generales

de Control Interno y de Auditoria, aplicando el modelo de control

integral e integrado.

2.

Elaborar el Plan anual de Auditoria Interna y

remitir el mismo a la Sindicatura General de la Nación para su

discusión y aprobación final.

3.

Evaluar el cumplimiento razonable de las

políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad

superior.

4.

Determinar la oportunidad y alcance de las

auditorias a desarrollar en las Representaciones de la República en el

exterior.

5.

Revisar y evaluar los actos y la aplicación de

los controles operacionales, contables de legalidad y financieros.

6.

Verificar si las erogaciones son efectuadas y los

ingresos son percibidos de acuerdo con las normas legales y contables

aplicadas y a los niveles presupuestarios correspondientes.

7.

Determinar la confiabilidad de los datos que se

utilicen en la elaboración de la información.

8.

Determinar la precisión de las registraciones de

los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlo.

9.

Producir informes de auditoria sobre las

actividades desarrolladas y en su caso formular las recomendaciones u

observaciones que correspondan.

10.

Remitir copia de sus informes, recomendaciones y

observaciones a la Sindicatura General de la Nación.

11.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y

observaciones realizadas.

12.

Informar sobre los temas que la Sindicatura

General de la Nación le requiera.

13.

Opinar sobre las normas y procedimientos

vigentes o a realizarse.

DIRECCION DE PRENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las relaciones con la prensa y los

medios de comunicación masivos, a fin de asegurar una adecuada difusión

de las actividades en el campo de la política exterior.

ACCIONES

1.

Atender los requerimientos de los representantes

de los medios orales, escritos y televisivos locales y de los

corresponsales extranjeros.

2.

Ofrecer noticias y comunicados vinculados con la

actividad del Ministerio, en coordinación con el área de prensa de !a

Presidencia de la Nación.

3.

Efectuar el seguimiento de informaciones públicas

sobre temas de permanente actualidad.

4.

Evaluar la información difundida por la prensa

argentina y extranjera.

5.

Realizar la difusión masiva en el exterior de

aspectos fundamentales de la política internacional argentina y de

otros temas de interés vinculados a ella, tendientes a lograr el mejor

conocimiento y la clara exposición de las actividades desarrolladas en

el marco de la política exterior, coordinando previamente con el

organismo que corresponda.

6.

Coordinar y organizar las conferencias de prensa

del Ministro, preparando el material informativo necesario para el caso.

7.

Confeccionar publicaciones destinadas a difundir

las actividades del Ministerio.

8.

Mantener relaciones con los distintos Ministerios

y Secretarías a efectos de obtener y suministrar información

complementaria.

9.

Confeccionar y remitir un boletín informativo

diario a las Representaciones argentinas en el exterior, utilizando los

adelantos de la informática.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Actuar como servicio jurídico ministerial en su

carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, y representar

al Ministerio en los asuntos de carácter jurisdiccional, así como

ejercer el contralor en aquellos juicios que se substancien en el

exterior.

Representar a los particulares en los juicios de

opción de ciudadanía argentina; como así también ejercer la

representación del Ministerio en materia de cooperación jurídica y

asistencia judicial internacionales, centralizando todo trámite

relacionado con esta materia, a cuyo fin actuará como enlace natural

entre las representaciones y organismos extranjeros y nacionales, así

como entre los tribunales federales, nacionales y provinciales y los

tribunales extranjeros en toda solicitud de extradición, rogatoria y/u

oficio llevando los registros nacionales correspondientes.

ACCIONES

1.

Prestar asesoramiento jurídico a las distintas

áreas del Ministerio en todo asunto en que sean de aplicación las

normas y los principios del derecho interno o del derecho internacional

privado; así como en materia de nacionalidad y los derechos y

obligaciones que de la misma se deriven.

2.

Prestar asesoramiento a las autoridades del

Ministerio en la elaboración y análisis de proyectos de leyes, decretos

resoluciones y demás actos administrativos vinculados a temas de

política exterior o a cuestiones relativas al Ministerio de Relaciones

Exteriores, Comercio Internacional y Culto en los que sean de

aplicación los principios y las normas del derecho interno.

3.

Controlar el cumplimiento de las normas jurídicas

en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas de

derecho interno.

4.

Elaborar los proyectos de acuerdos

internacionales referidos a materias de su competencia.

5.

Proponer la modificación o el dictado de normas

de derecho interno con el propósito de mejorar la legislación vigente

vinculada a aspectos de la política exterior.

6.

Representar y ejercer el patrocinio del

Ministerio en todas las instancias, ante los tribunales judiciales u

organismos jurisdiccionales o administrativos nacionales, provinciales

y municipales, asumiendo cuando corresponda el carácter de parte

querellante conforme al régimen legal vigente de representación

judicial del Estado, y comunicar las instrucciones a los Agentes

Fiscales cuando sean éstos los que actúen en juicios de interés para el

Ministerio. Ejercer el contralor en aquellos juicios que se substancien

en el exterior.

DIRECCION GENERAL DE ABASTECIMIENTO, INFRAESTRUCTURA

Y SERVICIOS Y

ADMINISTRACION DE BIENES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el proceso de contratación del

Ministerio contemplando las etapas asociadas con el mismo;

requerimiento, oportunidad, gestión y disponibilidad de los bienes

comprados. Determinar las necesidades de construcción y mantenimiento

de todos los inmuebles pertenecientes al Ministerio.

Administrar y custodiar los bienes inmuebles y

muebles que conforman el Patrimonio del Ministerio, dictando las normas

que permitan cumplir con el objetivo señalado.

Entender en los aspectos preparatorios de los planes

de viajes y vuelos de las distintas áreas y de las representaciones

diplomáticas en el exterior.

ACCIONES

1.

Definir los procedimientos para la adquisición de

materiales, suministros, máquinas y equipos, así como la contratación

de servicios para sectores solicitantes. Consolidar los planes

sectoriales anuales de provisión de bienes y servicios. Efectuar las

reformulaciones del plan anual de compras en colaboración con la

Dirección de Presupuesto.

2.

Entender en la tramitación de adquisición de

bienes. Dirigir el trámite administrativo hasta su liquidación.

Analizar la aptitud de los bienes para servir a diferentes funciones

bajo condiciones diversas. Evaluar la oportunidad de la adquisición de

bienes frente a la disposición de los mismos, ofreciendo un programa

completo de las operaciones que se ofrecen dentro del conjunto

disponible teniendo en cuenta las necesidades del área solicitante.

3.

Analizar el conjunto de las necesidades de

urgencia y definir, en coordinación con el área solicitante, la

modalidad de compra. Establecer los mecanismos de verificaciones

técnicas que correspondan efectuar en las adquisiciones, los organismos

que las efectúen y los informes de calificación que se establezcan.

Asegurar la distribución de los bienes atendiendo a las solicitudes

formuladas por los distintos sectores.

4.

Proponer las necesidades en todo lo relativo al

proyecto, diseño, construcción, funcionamiento y mantenimiento de los

bienes inmuebles, equipos, mobiliario, equipamiento de oficinas y

residencias, elementos decorativos y automotores del Ministerio, tanto

en la República como en el extranjero.

5.

Proponer y ejecutar los proyectos arquitectónicos

de construcción, ampliación, remodelación y modificación de edificios

del Ministerio en la República y en el extranjero.

6.

Planificar las necesidades en materia de

inmuebles, mobiliarios, equipos, menaje, elementos decorativos y de

oficinas del Ministerio, en la República y en el extranjero.

7.

Programar la conservación, restauración y

reparación de los edificios del Ministerio y sus elementos. Vincular

gestiones de programación de la adquisición de los elementos necesarios

para el mantenimiento de inmuebles y bienes muebles. Entender en la

elaboración del cálculo de los costos en el área de su competencia.

8.

Gestionar los aspectos técnicos relativos a la

inspección y dirección de obras de infraestructura del Ministerio, en

la República y en el exterior. Efectuar la supervisión técnica, control

y fiscalización de los servicios que se realicen por contrataciones

para atender a las necesidades de infraestructura del Ministerio.

9.

Supervisar los servicios de mayordomía,

mensajería, limpieza y jardinería. Organizar y mantener el parque

automotor del Ministerio.

10.

Supervisar que los bienes ingresados a la

jurisdicción sean captados por el sistema de registro patrimonial con

la asignación de responsables de su custodia y mantenimiento.

Implementar las acciones derivadas de los cambios de custodia de los

bienes por reemplazos de funcionarios. Controlar que en el

procedimiento de bajas se hayan cumplido las instancias administrativas

correspondientes,

11.

Supervisar el movimiento de bienes operados

dentro del Ministerio y de las Representaciones diplomáticas y

Consulares del exterior.

12.

Determinar la conveniencia en la recepción de

bienes donados a la jurisdicción y verificar el cumplimiento de las

disposiciones administrativas que reglan su procedimiento.

13.

Determinar los grupos de bienes que deberán

contar con programas anuales de mantenimiento, evaluar y recomendar la

conveniencia de contratar seguros sobre bienes de alta siniestralidad o

clasificados como de alto valor. Implementar las normas necesarias que

permitan el mantenimiento preventivo, conservación y resguardo de los

bienes que conformen el patrimonio jurisdiccional.

14.

Asignar un valor simbólico a aquellos bienes que

por sus características, estado o antigüedad se consideren totalmente

depreciados en un todo de acuerdo con lo que determine, al respecto, el

órgano rector. Diseñar mecanismos ágiles para la venta de bienes de

rezago, en desuso y obsoletos, a través de remate público, por entrega

a cuenta de precio de bienes que se repongan o por otros medios.

15.

Participar del inventario físico anual de la

jurisdicción con fines de verificación y control.

16.

Planificar las gestiones necesarias que brinden

la cobertura de pasajes y vuelos de los distintos desplazamientos y

traslados que se realizan en cumplimiento de las misiones de política

exterior.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar los actos administrativos vinculados con

la gestión económica, financiera y presupuestaria de la jurisdicción,

como asimismo otros asuntos especiales con arreglo a las normas legales

y reglamentarias vigentes.

ACCIONES

1.

Dar pautas, supervisar y coordinar las

direcciones a su cargo.

2.

Supervisar el trámite administrativo desde la

recepción hasta la puesta al cobro de facturas de proveedores,

liquidación de certificados de obra, reintegros de fondos permanentes,

anticipos de viáticos, remisiones trimestrales al exterior, etc.

3.

Supervisar las rendiciones trimestrales al

exterior en tiempo y forma sobre las remesas requeridas para hacer

frente a las erogaciones programadas conforme a regulaciones internas y

externas.

4.

Supervisar la planificación financiera y la

ejecución del flujo de fondos.

5.

Supervisar las rendiciones que, en forma

periódica deban realizarse ante los organismos de control.

6.

Diseñar y planificar un sistema de contabilidad

general acorde a las disposiciones legales en vigencia con criterio de

homogeneidad en todas sus aplicaciones.

7.

Supervisar el procesamiento de la información

mediante la aplicación de sistemas de tipo uniforme y programas

homogéneos para obtención de resultados comparables con otras áreas

gubernamentales

8.

Atender y dar respuesta a toda información

emanada de los organismos de control en lo que concierne a su Dirección.

9.

Entender en la coordinación de la programación,

ejecución y control de presupuesto asignado a las Operaciones de

Mantenimiento de la Paz, a los Organismos Internacionales en los que

participa la República y otros asuntos especiales.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar las gestiones relativas a la planificación

y administración del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto, en el país y en el exterior.

ACCIONES

1.

Asistir a la Honorable Junta Calificadora de los

funcionarios del Servicio Exterior de la Nación y a la correspondiente

al personal del Servicio Civil del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio Internacional y Culto.

2.

Llevar el registro y control actualizado del

personal, cualesquiera sean sus modalidades de contratación y la

información básica necesaria para la administración del mismo en el

país y en el exterior.

3.

Preparar, conservar y actualizar los legajos

personales de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación y del

Servicio Civil del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio

Internacional y Culto y llevar el Boletín de Personal.

4.

Proponer la elaboración y modificación de las

leyes, decretos y resoluciones relacionados con la administración del

personal y su registro.

5.

Aplicar las normas legales, vigentes para el

registro del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa de la

jurisdicción y en su vinculación con el Sistema Automático de

Información de la Función Pública.

6.

Efectuar las acciones concernientes al

planeamiento y diseño de las estructuras organizativas del Ministerio.

7.

Instrumentar el planeamiento y desarrollo de la

carrera administrativa, la capacitación y la evaluación del personal de

esta jurisdicción.

8.

Entender en la organización del material

histórico, documental, bibliográfico y museológico de la diplomacia

argentina.

9.

Entender en las cuestiones relativas a los

servicios de informática, comunicaciones, seguridad, previsión, salud y

acción social de la jurisdicción.

DIRECCION DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar todas las actividades vinculadas con la

información y con !a substanciación de los sumarios administrativos

disciplinarios que corresponda instruir al personal de la jurisdicción

ministerial.

ACCIONES

1.

Instruir los sumarios, informaciones sumarias e

investigaciones que se sustancien para determinar la responsabilidad

patrimonial y disciplinaria.

2.

Realizar las investigaciones de los hechos u

omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

3.

Realizar las investigaciones de aquellos hechos u

omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la

realización de un sumario.

4.

Supervisar la recopilación de los informes y la

documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la

responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos

competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

5.

Fiscalizar la realización de diligencias a que

alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte

necesaria.

6.

Mantener actualizado un registro unificado de

todos los sumarios en trámite en el ámbito de la Jurisdicción.

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARIA DE POLÍTICA LATINOAMERICANA

DIRECCION DE ASUNTOS REGIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la definición de los programas y la

planificación de las acciones en lo que respecta a los temas de

integración y cooperación regional, y el seguimiento de las

negociaciones con los organismos internacionales.

ACCIONES

1.

Intervenir en la identificación, análisis,

elaboración, evaluación y seguimiento de los objetivos de política

exterior en el ámbito multilateral regional, proyectando los planes y

programas en lo político, económico, cultural y de cooperación y los

cursos de acción que se establezcan en cada caso, proponiendo las

adecuaciones que fueran pertinentes.

2.

Asesorar al Subsecretario de Política

Latinoamericana sobre la integración de los equipos de trabajo, para la

planificación y seguimiento de los temas de su competencia.

3.

Participar en la preparación, implementación y

seguimiento de las negociaciones ante organismos internacionales,

conferencias, congresos, reuniones, cumbres o foros multilaterales en

el área de su competencia, coordinando su acción con las demás unidades

competentes de la jurisdicción ministerial y fuera de ella.

4.

Participar en la planificación de las actividades

ante los organismos y foros internacionales en el área de su

competencia, teniendo en cuenta las políticas bilaterales y la

coordinación necesaria con las demás unidades competentes de la

jurisdicción ministerial y fuera de ella.

5.

Mantener el enlace y coordinación de los

distintos organismos nacionales, provinciales o municipales, entes

públicos o privados que formulen requerimientos informativos o de

estudios.

DIRECCION GENERAL DE POLITICA LATINOAMERICANA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Identificar y planificar las acciones y las

políticas necesarias para instrumentar la integración entre los países

del área así como también realizar y coordinar los planes y programas

destinados a profundizar el proceso de integración con los países

latinoamericanos y el desarrollo de zonas de frontera.

Realizar las gestiones internacionales, de carácter

bilateral o multilateral, con los países de América del Sur y Central y

el Caribe, relacionados con temas políticos, como así también la

identificación y elaboración de los objetivos de política exterior.

Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones

que se realicen en los organismos regionales e internacionales, en

relación con los países de su área de competencia.

ACCIONES

1.

Planificar las actividades de las

Representaciones Diplomáticas de la República en los países de América

del Sur y Central y el Caribe, en forma tal de asegurar la coherencia

político-funcional de dichas actividades. Planificar, asimismo, la

participación en la formulación de los proyectos de políticas y el

establecimiento de planes, programas y metas a realizar con los

mencionados países, sus agrupaciones y organismos regionales, como así

también el seguimiento de su ejecución.

2.

Elaborar las instrucciones y directivas

destinadas a las Representaciones de la República en los países del

área y en los organismos internacionales y las destinadas a las

delegaciones que participen de negociaciones bilaterales y

multilaterales, e intervenir en la definición de las instrucciones y

directivas destinadas a otras Representaciones de la República.

3.

Intervenir en el proceso de conclusión de los

tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para

la República, relacionados con los países y regiones mencionadas, al

igual que con los organismos internacionales.

4.

Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión

de la República, de terceros países acreditados en la República y

organizaciones internacionales con sede en el país, realizar las

gestiones que correspondiere en la República ante las Representaciones

diplomáticas extranjeras de los países de su área de competencia y

formular las directivas e instrucciones que fueren necesarias al efecto.

5.

Analizar, evaluar y realizar el seguimiento

permanente de las decisiones y las gestiones de los organismos

regionales e internacionales, proponiendo las políticas y programas

pertinentes y la confección de las instrucciones y directivas

destinadas a las Representaciones de la República en el exterior y a

las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos,

conferencias o reuniones en organismos regionales e internacionales.

6.

Programar los objetivos y formular estrategias de

negociación y planificación de actividades en materia de transporte

terrestre, marítimo, fluvial y en las cuestiones de comunicaciones e

informática de la región.

SUBSECRETARIA DE POLITlCA EXTERIOR

DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar las gestiones internacionales, de carácter

bilateral o multilateral, con los países de América del Norte, Europa,

Africa, Asia y Oceanía, relacionados con temas políticos, como así

también la identificación y elaboración de los objetivos de política

exterior.

Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de

las negociaciones que se realicen en los organismos internacionales,

con excepción de los pertenecientes a Latinoamérica y el Caribe, y

realizar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación

permanentes de las relaciones internacionales en temas vinculados a la

seguridad internacional y los asuntos estratégicos, las relaciones

exteriores en materia de defensa, las cuestiones de desarme y los

asuntos nucleares y espaciales.

ACCIONES

1.

Planificar las actividades de las

Representaciones Diplomáticas de la República en los países de América

del Norte, Europa, Africa, Asia y Oceanía en forma tal de asegurar la

coherencia político funcional de dichas actividades. Planificar,

asimismo, la participación en la formulación de los proyectos de

políticas y el establecimiento de planes, programas y metas a realizar

con los países de América del Norte, Europa, Africa, Asia y Oceanía,

sus agrupaciones y organismos regionales, como así también el

seguimiento de su ejecución.

2.

Elaborar las instrucciones y directivas

destinadas a las Representaciones de la República en los países

mencionados y en los organismos internacionales y las destinadas a las

delegaciones que participen de negociaciones bilaterales y

multilaterales, e intervenir en la definición de las instrucciones y

directivas destinadas a otras Representaciones de la República.

3.

Intervenir en el proceso de conclusión de los

tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para

la República, relacionados con los países y zonas mencionados, al igual

que con los organismos internacionales.

4.

Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión

de la República, de terceros países acreditados en la República y

Organizaciones internacionales con sede en el país, realizar las

gestiones que correspondiere en la República ante las representaciones

diplomáticas extranjeras de los países de su área de competencia y

formular las directivas e instrucciones que fueren necesarias al efecto.

5.

Analizar, evaluar y realizar el seguimiento

permanente de las decisiones y las gestiones de los organismos

internacionales, proponiendo las políticas y programas pertinentes y la

confección de las instrucciones y directivas destinadas a las

Representaciones de la República en el exterior y a las delegaciones

que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o

reuniones en organismos internacionales, como así también planificar

las actividades a ejecutar ante los organismos internacionales

mencionados y confeccionar las instrucciones y directivas destinadas a

las delegaciones que participen en deliberaciones o negociaciones

bilaterales o asistan a congresos en materia de seguridad

internacional, asuntos estratégicos, desarme y temas nucleares o

espaciales.

DIRECCION GENERAL DE MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO

SUR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño de los planes y la elaboración

de las acciones necesarias para el logro de los objetivos de la

política exterior vinculados con el área de las Islas Malvinas,

Georgias del Sur y Sandwich del Sur, la seguridad y los recursos de los

espacios marítimos relevantes del Atlántico Sur, proyectando la gestión

a llevar a cabo ante los Organismos Internacionales con intervención en

la materia, así como las tratativas de carácter bilateral.

ACCIONES

1.

Identificar y elaborar los objetivos de Política

Exterior vinculados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich

del Sur, proyectando los planes y programas necesarios para su

consecución, así en la gestión e instrumentación de los mismos,

armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de

política exterior que se establezcan.

2.

Analizar, elaborar, evaluar y efectuar el

seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área de

su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueran pertinentes y

coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción

ministerial y fuera de ella.

3.

Intervenir en la confección de las instrucciones

y directivas vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las

delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos,

conferencias o reuniones internacionales, teniendo en cuenta las

políticas bilaterales y la coordinación necesaria con las demás

unidades de la jurisdicción ministerial.

4.

Intervenir en la preparación, implementación y

seguimiento de las negociaciones que se realicen en el área de su

competencia, coordinando su acción con las demás unidades de la

jurisdicción ministerial.

5.

Proyectar la planificación de las actividades

vinculadas a los temas de su competencia ante los organismos

internacionales, efectuando la coordinación necesaria con las demás

unidades de la jurisdicción ministerial.

6.

Proyectar los planes, temarios y programas

operativos inherentes a la preparación y actividades de las visitas

oficiales y misiones especiales argentinas al extranjero y extranjeras

a la República, implementar las gestiones correspondientes a que dieren

lugar.

7.

Preparar las directivas e instrucciones que

fueren necesarias a fin que las oficinas por países implementen las

gestiones que correspondiere llevar a cabo en la República ante las

Representaciones Diplomáticas extranjeras.

8.

Dirigir y evaluar la recopilación de información,

proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la

formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

9.

Participar en la conclusión de los tratados y

otros instrumentos de carácter internacional de interés para la

república, relacionados con el área de su competencia.

10.

Participar en el estudio, elaboración y

evaluación de los proyectos, programas y directivas sectoriales

preparados por otros órganos de la Administración pública centralizada

y descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el

área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia

en la ejecución de la misma.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS GLOBALES

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DROGAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos vinculados con la lucha

contra el uso indebido de droga, el narcotráfico y otras actividades

conexas, en el orden internacional en coordinación con la Secretaría de

Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el

Narcotráfico

ACCIONES

1.

Preparar las instrucciones para las negociaciones

internacionales y coordinar su cumplimiento.

2.

Coordinar la preparación y el cumplimiento de

tales instrucciones con la Subsecretaría de Política Latinoamericana y

la Subsecretaría de Política Exterior, cuando las mismas se refieran a

asuntos susceptibles de incidir en las relaciones de la República con

los países de dichas áreas.

3.

Verificar el cumplimiento de los compromisos

contraidos por la República en el ámbito internacional, relativos a la

lucha contra el uso indebido de drogas, el narcotráfico y otras

actividades conexas y, en particular, la oportuna presentación de los

informes requeridos por convenios internacionales.

4.

Integrar las delegaciones argentinas que asistan

a reuniones internacionales sobre la materia.

5.

Brindar, a través de la Secretaría de Relaciones

Exteriores, el asesoramiento a los distintos sectores competentes de la

administración pública nacional, provincial y municipal.

6.

Recibir y evaluar las opiniones de las entidades

profesionales, académicas y de bien público especialmente dedicadas a

esa problemática.

7.

Mantener informadas a las dependencias del

Ministerio y a los sectores competentes de la administración pública

nacional, provincial y municipal sobre los hechos que se produzcan en

el marco internacional y que resulten de interés para el ejercicio de

sus respectivas competencias.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos internacionales vinculados

con la preservación de los recursos naturales, la protección del medio

ambiente, la formulación de políticas de desarrollo sustentable, los

aspectos de la política de población vinculados con estos temas, la

negociación de medidas internacionales orientadas a abatir la

contaminación ambiental y limitar, reducir y eliminar sus fuentes

antropogénicas en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social y

Medio Ambiente.

ACCIONES

1.

Preparar las instrucciones para las negociaciones

internacionales y coordinar su cumplimiento.

2.

Supervisar el cumplimiento de los compromisos

contraidos por la República en materia ambiental, particularmente la

oportuna presentación de los informes requeridos por conferencias y

convenios internacionales.

3.

Procurar, a través de la Secretaría de Relaciones

Exteriores, el asesoramiento de los distintos sectores competentes de

la administración pública nacional, provincial y municipal.

4.

Recibir y evaluar las opiniones de las entidades

profesionales, académicas y de bien público, especialmente dedicadas a

los temas ambientales.

5.

Mantener informadas a las dependencias del

Ministerio y a los sectores competentes de la administración pública

nacional, provincial y municipal sobre los hechos que se produzcan en

el marco internacional y que resulten de interés para el ejercicio de

sus respectivas competencias.

DIRECCION GENERAL DE DERECHOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Identificar, elaborar y proponer planes, programas,

proyectos y objetivos de política exterior en materia de Derechos

Humanos y de la condición y situación de la Mujer, así como actuar en

la conducción de la política exterior vinculada a esos temas, ante los

organismos, entidades o comisiones especiales internacionales.

ACCIONES

1.

Elaborar proyectos de instrucciones, planes y

programas operativos para los eventos internacionales de Derechos

Humanos y Derecho Humanitario, en que intervenga la República

Argentina, en coordinación con las demás áreas correspondientes.

2.

Elaborar proyectos de instrucciones, planes y

programas operativos para los eventos nacionales con repercusión en el

exterior o internacionales sobre la condición y situación de la Mujer

en que intervenga la República Argentina. Todo esto en coordinación con

las demás áreas competentes de la Administración.

3.

Participar en el estudio de la normativa del

derecho interno para su adecuación a las normas de Derecho

Internacional sobre derechos humanos y la condición y situación de la

Mujer.

4.

Participar en la conclusión de tratados, acuerdos

y convenios internacionales que en materia de Derechos Humanos y la

condición y situación de la Mujer sea parte la Nación Argentina.

5.

Efectuar las acciones tendientes a obtener el

retorno de los argentinos residentes en el exterior.

6.

Participar en el estudio, la elaboración y

evaluación de los proyectos, programas y planes con otros organismos y

dependencias del Estado, que sean relevantes para la política exterior

de la República en materia de Derechos Humanos y sobre la condición y

situación de la Mujer a fin de asegurar la indispensable coherencia en

la ejecución de la misma.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la conducción y ejecución de la política

cultural exterior y en la promoción de la imagen argentina en el

exterior, sustentada en la difusión de la cultura nacional como

instrumento de la política exterior.

ACCIONES

1.

Entender en la programación de las actividades

culturales de la República en el exterior, incluyendo a las áreas

música, ballet, cine, radio, teatro, medios audiovisuales, artes

plásticas, eventos, exposiciones, y proyectos especiales, libros y

publicaciones y conferencias.

2.

Entender en la cooperación cultural y educativa,

como así también en el intercambio de artistas, profesores y

estudiantes.

3.

Coordinar la concertación de acuerdos de

cooperación cultural, convenios correspondientes y programas ejecutivos.

4.

Entender en los desplazamientos de artistas y

obras de arte vinculados a la implementación de las acciones

programadas.

5.

Entender en la elaboración y supervisión de

programas de difusión cultural a ser desarrollados por las

Representaciones diplomáticas en el exterior.

6.

Participar en los congresos, conferencias,

reuniones muestras, ferias y eventos internacionales cuyo temario

incluya aspectos de cooperación cultural.

7.

Asesorar sobre la determinación de los costos y

gastos correspondientes a la gestión cultural a ser previstos en el

presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio

Internacional y Culto y participar en el establecimiento de las

designaciones desagregadas por actividad o por representaciones.

8.

Asesorar sobre temas culturales específicos, a

requerimiento de las áreas competentes en la conducción y ejecución de

las políticas bilaterales.

DIRECCION DE SEGURIDAD INTERNACIONAL. ASUNTOS

NUCLEARES Y ESPACIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de los objetivos de

política exterior vinculados con la seguridad internacional, las

cuestiones nucleares, de no proliferación, de desarme, de regulación de

armamentos y asuntos espaciales.

Promover los planes y programas necesarios para los

objetivos de referencia, así como también intervenir en la gestión e

instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y efectos con

los criterios globales de política exterior que se establezcan.

ACCIONES

1.

Analizar, elaborar, evaluar y efectuar el

seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área de

su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueran pertinentes y

coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción

ministerial y fuera de ella.

2.

Intervenir en la confección de las instrucciones

y directivas vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las

delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos,

conferencias o reuniones internacionales, teniendo en cuenta las

políticas y compromisos bilaterales y multilaterales y la coordinación

necesaria con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

3.

Intervenir en la preparación, implementación y

seguimiento de las negociaciones que se realicen en el área de su

competencia, coordinando su acción con las demás unidades de la

jurisdicción ministerial.

4.

Proyectar la planificación de las actividades

vinculadas a los temas de su competencia ante los Organismos

Internacionales, efectuando la coordinación necesaria con las demás

unidades de la jurisdicción ministerial.

5.

Proyectar los planes, temarios y programas

operativos inherentes a la preparación y a las actividades de las

visitas oficiales y misiones especiales argentinas al extranjero y

extranjeras a la República, e implementar las gestiones

correspondientes a que dieren lugar.

6.

Preparar las directivas e instrucciones que

fueren necesarias a fin de que las oficinas por países implementen las

gestiones que correspondiere llevar a cabo en la República ante las

representaciones diplomáticas extranjeras.

7.

Dirigir y evaluar la recopilación de información,

proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la

formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

8.

Participar en la conclusión de los tratados y

otros instrumentos de carácter internacional de interés para la

República, relacionados con el área de su competencia.

9.

Participar en los estudios, elaboración y

evaluación de los proyectos, programas y directivas sectoriales

preparados por otros órganos de la administración pública centralizada

y descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el

área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia

en la ejecución de la misma.

DIRECCION GENERAL DE ANTARTIDA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño de los objetivos de política

exterior vinculados con la Antártida Argentina, proyectando los planes

y programas necesarios para su consecución como así también en la

gestión e instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y

efectos con los criterios globales de política exterior que se

establezcan en coordinación con la DIRECCION NACIONAL DEL ANTÁRTICO

dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE

DEFENSA.

ACCIONES

1.

Entender en el análisis, elaboración, evaluación

y seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área

de su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueran pertinentes

y coordinar su acción con las demás unidades de la jurisdicción

ministerial y fuera de ella.

2.

Elaborar instrucciones y directivas vinculadas a

los temas de su competencia, destinadas a las delegaciones que

participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o

reuniones internacionales, teniendo en cuenta las políticas bilaterales

y la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción

ministerial.

3.

Coordinar las acciones correspondientes a la

organización, implementación y seguimiento de las negociaciones que se

realicen en el área de su competencia, supervisando su acción con las

demás unidades de la jurisdicción ministerial.

4.

Entender en la planificación de las actividades

vinculadas a los temas de su competencia ante los Organismos

Internacionales, efectuando la coordinación necesaria con las demás

unidades de la jurisdicción ministerial.

5.

Elaborar la confección de directivas e

instrucciones que fueren necesarias a fin de que las oficinas por

países implementen las gestiones que correspondiere llevar a cabo en la

República ante las representaciones diplomáticas extranjeras.

6.

Dirigir y evaluar la recopilación de información,

proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la

formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

7.

Participar en la conclusión de los tratados y

otros instrumentos de carácter internacional de interés para la

República, relacionados con el área de su competencia.

8.

Intervenir en la evaluación de proyectos,

programas y directivas sectoriales preparados por otros órganos de la

administración pública centralizada y descentralizada, que sean

relevantes para la política exterior en el área de su competencia, a

fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

SECRETARIA DE CULTO

DIRECCION GENERAL DE CULTO CATOLICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Actuar en los asuntos atinentes a las relaciones del

Estado con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia

Episcopal Argentina, Arzobispados y Obispados, Institutos de Vida

Sagrada, y otras personas eclesiásticas, y el cumplimiento de las

normas relativas al sostenimiento del Culto Católico

ACCIONES

1.

Proponer y ejecutar políticas, planes y programas

operativos destinados a la aplicación de los acuerdos suscriptos entre

la República Argentina y la Santa Sede relacionados con la creación y

provisión de diócesis y circunscripciones eclesiásticas equivalentes,

territoriales o personales.

2.

Proponer el proyecto de presupuesto anual para el

sostenimiento del culto católico e intervenir en su ejecución.

3.

Llevar el Registro de Institutos de Vida

Consagrada creado por ley 24.483 y tramitar las peticiones de los

sujetos inscriptos en él.

4.

Tramitar el ingreso en la República, prórroga de

permanencia y radicación de clérigos y religiosos católicos.

5.

Intervenir en todos los trámites y peticiones que

realice la Iglesia Católica y las personas jurídicas que la integran,

ante los poderes públicos.

6.

Intervenir en el otorgamiento y pago de los

beneficios establecidos por las leyes 21.540; 21.950; 22.162; 22.430;

22.950 y normas complementarias.

7.

Otorgar las credenciales eclesiásticas,

diligenciar los pasaportes diplomáticos u oficiales de los señores

cardenales u obispos, y legalizar la firma de los documentos emanados

de autoridades eclesiásticas.

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Actuar en lo atinente a las relaciones del Estado

nacional con las Iglesias, confesiones y comunidades religiosas

distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana.

ACCIONES

1.

Analizar y tramitar las solicitudes de

reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas e

inscribirlas en el Registro correspondiente.

2.

Extender la documentación que acredite el

reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas,

así como sus sedes, filiales y autoridades.

3.

Intervenir en todos los trámites que realicen las

iglesias, comunidades o confesiones religiosas ante los poderes

públicos.

4.

Tramitar el ingreso en la República, prórroga de

permanencia y radicación de pastores, ministros religiosos o dirigentes

pertenecientes a las iglesias o comunidades religiosas reconocidas.

5.

Legalizar la firma de los documentos emanados de

autoridades de iglesias o confesiones religiosas reconocidas.

SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS

INTERNACIONALES Y ASUNTOS CONSULARES

DIRECCION NACIONAL DE NEGOCIACIONES Y COOPERACION

ECONOMICA INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover las políticas y estrategias de la República

en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales,

excluido el continente americano y las multilaterales a través de los

organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y

subregionales, impartiendo las directivas e instrucciones a las

Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros, organismos

internacionales económicos y comerciales y a las delegaciones que

participen en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales,

con exclusión de los países del continente americano.

Entender en el establecimiento de los instrumentos

de programación, ejecución y control de gestión de planes, programas y

proyectos de cooperación técnica bilateral y/o multilateral.

ACCIONES

1.

Realizar acciones tendientes a la concreción de

objetivos prioritarios planteados en la política exterior con respecto

a las negociaciones económicas y comerciales, tanto bilaterales como

multilaterales, y asesorar sobre temas económicos bilaterales y

multilaterales a las áreas competentes del Ministerio de Relaciones

Exteriores, Comercio Internacional y Culto en la conducción y la

ejecución de la política multilateral y bilateral, excluido el

continente americano.

2.

Ejecutar los proyectos de políticas y

establecimientos de planes, programas y metas de carácter económico y

comercial a efectivizar con los países de Europa, Africa, Asia y

Oceanía, sus agrupaciones y organismos regionales, y verificar su

ejecución.

3.

Elaborar las instrucciones y directivas

destinadas a las Representaciones de la República en el exterior, así

como de aquellas destinadas a las delegaciones que participen de

negociaciones en el área de su competencia.

4.

Participar en la elaboración y conclusión de los

tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para

la República, relacionados con los países de Europa, Africa, Asia y

Oceanía y las agrupaciones y organismos regionales de las áreas

mencionadas.

5.

Participar en las reuniones económicas y

comerciales multilaterales que se desarrollen en organismos

internacionales, en las negociaciones económicas con las misiones

enviadas a la República por organizaciones multilaterales

internacionales, regionales y subregionales y en la formulación de las

directivas y las instrucciones pertinentes.

6.

Participar en coordinación con otras áreas del

Gobierno Nacional en las negociaciones multilaterales internacionales

de carácter económico y comercial.

7.

Ejecutar los proyectos de políticas y programas

de carácter económico y comercial, en el marco de organismos

multilaterales.

8.

Proponer las alternativas para el diseño de

cursos de acción para la capacitación de recursos de cooperación

provenientes de fuente bilateral y/o multilateral y de programas de

cooperación argentina al desarrollo de terceros países.

9.

Realizar el control de la instrumentación de las

acciones de cooperación propuestas y las alternativas de financiación.

10.

Intervenir en las negociaciones de los tratados

y en la celebración de convenios de cooperación técnica con los

gobiernos y organismos internacionales.

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir, instrumentar y efectuar la coordinación

institucional de los requerimientos formulados al Ministerio de

Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto por los

organismos y autoridades de los distintos Poderes del Estado, en el

ámbito nacional, provincial o municipal, u originados por los entes

regionales, instituciones privadas e intermedias.

ACCIONES

1.

Formular los planes, programas y proyectos que

contribuyan al fortalecimiento de las gestiones que, en materia de

política exterior, realicen las autoridades nacionales, provinciales y

municipales, ya se trate de organismos centralizados o

descentralizados, o instituciones privadas y aquellos otros destinados

a canalizar su participación en el diseño y ejecución de dicha política.

2.

Formular los planes, programas y proyectos

destinados a la promoción de las actividades provinciales y regionales

para la complementación económica y la integración con los países

limítrofes, en coordinación con la Dirección General de Política

Latinoamericana.

3.

Participar en la elaboración y planificación de

la política de integración fronteriza en coordinación con la Dirección

General de Política Latinoamericana.

4.

Intervenir en toda negociación entre las

autoridades provinciales y los representantes de terceros países, que

impliquen alguna obligación en las que se prevean garantías por parte

de éstos para el Estado Nacional.

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y

MERCOSUR

DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover la complementación económica y el

intercambio comercial con los países de América del Norte, Central,

Caribe y del Sur.

Fortalecer la integración económica multilateral a

nivel continental, regional y subregional.

ACCIONES

1.

Contribuir a la fijación de políticas y realizar

acciones tendientes a la concreción de los objetivos prioritarios

planteados en la política exterior con respecto al Mercosur, a la Aladi

y al Area de Libre Comercio de las Américas.

2.

Coordinar políticas tendientes a incrementar el

intercambio comercial y la ampliación de mercados a nivel bilateral,

subregional, regional y hemisférico.

3.

Accionar y coordinar con los diversos sectores

nacionales de carácter público y privado que tengan relación directa

con los diferentes procesos de integración y con el comercio exterior.

4.

Intervenir en la fijación de políticas y

participar en las negociaciones económicas y comerciales en el marco de

los organismos regionales y subregionales.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL Y ASUNTOS

CONSULARES

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el funcionamiento de las

representaciones consulares en el extranjero a fin de asistir a los

argentinos en el exterior, hacer cumplir la legislación nacional en

cuanto al ingreso de personas y bienes y propender al desarrollo del

comercio, las relaciones culturales y la difusión de la imagen en el

exterior.

ACCIONES

1.

Dirigir el sistema de representaciones consulares

(Consulados Generales Consulados y Secciones Consulares).

2.

Entender en lo concerniente al Reglamento

Consular, a su aplicación y a la representación de la Administración

Pública atribuida por las leyes a los cónsules. Evacuar consultas sobre

la aplicación del reglamento consular y su correlación con otras normas

legales.

3.

Entender en la elaboración de las instrucciones a

las representaciones consulares relativas a la aplicación de normas que

rijan actividades administrativas, incluyendo la representación

consular de las autoridades policiales, de migraciones, aduana,

registros del estado civil, capacidad, identidad o atribución de

personería jurídica.

4.

Ejercer la superintendencia sobre la actividad

notarial consular.

5.

Entender en la supervisión sobre la intervención

consular en documentación comercial y fiscal.

6.

Entender en la fiscalización de la existencia y

provisión de pasaportes para uso de las oficinas consulares argentinas.

7.

Entender en la supervisión al Cuerpo Consular

sobre las disposiciones referentes al ingreso de personas al país.

8.

Entender en los asuntos relativos a la

identificación, servicio militar, legalizaciones y los demás

correspondientes a la función consular que se refieran a la protección

de intereses de los ciudadanos argentinos en el exterior.

9.

Entender en la procedencia y formalidades

reglamentarias de los repatrios de ciudadanos argentinos.

10.

Entender en lo relativo a la legalización de

documentación de origen extranjero que deba hacer fe en el país y a la

originada en la República para tener efecto en el exterior.

11.

Entender en la planificación y fiscalización de

las recaudaciones de las tasas consulares de acuerdo con la normas

legales vigentes.

12.

Entender en la fiscalización de la correcta

aplicación de la tasa consular en las importaciones cuyos derechos no

fueron abonados en las oficinas consulares respectivas.

13.

Entender en la supervisión de las rendiciones de

cuentas enviadas mensualmente por las oficinas consulares.

14.

Entender en la fiscalización de los libros

diarios confeccionados por las representaciones consulares,

Departamento Legalizaciones y Colegios de Escribanos, a fin de detectar

errores u omisiones que afecten la correcta recaudación consular.

15.

Entender en la fiscalización de las rendiciones

de las representaciones consulares, relativas al registro y percepción

de la tasa retributiva de servicios de la Dirección Nacional de

Migraciones.

16.

Entender en la fiscalización de la asistencia

consular a buques y aeronaves de bandera argentina.

17.

Entender en la supervisión de la documentación

elevada por las representaciones consulares, proyectando y proponiendo

las modificaciones que la práctica y las circunstancias aconsejen.

18.

Asesorar sobre el establecimiento, reapertura o

clausura de representaciones consulares y sobre la dotación del

personal de las mismas.

19.

Entender en la compilación general de

antecedentes y mantener actualizada la Guía del Cuerpo Consular

Argentino.

20.

Intervenir en los servicios delegados por

organismos del Estado, en particular por el Registro Nacional de las

Personas y los Registros Civiles.

21.

Intervenir en el otorgamiento de visas

consulares en pasaportes y documentos de viaje, de acuerdo con las

normas vigentes, dando intervención, cuando corresponda, a la Dirección

Nacional de Migraciones.

22.

Intervenir en cuestiones que puedan implicar un

cambio o modificación de la normas migratorias de la República.

23.

Intervenir en las cuestiones relativas a las

migraciones que puedan implicar infracciones a las normas vigentes.

24.

Coordinar con los organismos competentes del

Estado la actualización de las normas de interés para las oficinas

consulares.

25.

Entender en la ejecución de las tareas de

promoción del comercio internacional.

DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DEL COMERCIO EXTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar la política comercial internacional,

acercando la oferta de los productos y servicios nacionales a la

demanda de los mercados extranjeros.

ACCIONES

1.

Intervenir en la elaboración de instrucciones y

directivas para las Representaciones de la República y delegaciones

oficiales en el aspecto comercial internacional.

2.

Promover y organizar la participación de la

República en ferias, concursos, muestras y misiones oficiales y

privadas de carácter económico.

3.

Colaborar con los productores, comerciantes y

prestadores de servicios y las cámaras que los nuclean, en la

colocación de productos y servicios nacionales en el exterior.

4.

Dirigir estudios e investigaciones con respecto a

cuestiones de carácter comercial en el extranjero.

5.

Dirigir las acciones de promoción comercial de

las Representaciones argentinas en el exterior.

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO Y FOMENTO DE NUEVOS

MERCADOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación de políticas y

estrategias para el desarrollo y apertura de nuevos mercados.

Intervenir en la definición de las acciones con las

Representaciones de la República en el exterior, en lo referente a

objetivos específicos sobre promoción e inserción en nuevos mercados

que representen un objetivo de política estratégica para el país.

ACCIONES

1.

Realizar las acciones tendientes a lograr la

apertura de nuevos mercados.

2.

Intervenir en la difusión de las potencialidades

comerciales del país en mercados no tradicionales.

3.

Observar y coordinar políticas tendientes a

incrementar el intercambio con aquellos mercados que signifiquen para

el país una ventaja competitiva y una posibilidad de colocación de

productos no tradicionales argentinos.

4.

Investigar las potencialidades económicas de

aquellos mercados a los que la Argentina todavía no ha podido llegar en

forma sistemática.

5.

Coordinar los estudios específicos tendientes a

definir estrategias y evaluar políticas de penetración en nuevos

mercados, en términos de desarrollo y fomento de los mismos.

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Antecedentes Normativos

- Artículo 4° sustituidopor art. 7° del[Decreto

N° 143/2022](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=362579)*B.O. 23/3/2022.

Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.*

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