CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2014-03-13
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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CONTRATOS

Decreto 271/2014

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento.

Bs. As., 6/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0219770/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo CAF,

propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la

CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACION

ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la

REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de

Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I” por un monto de

hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL

(U$S 120.500.000).

Que el objetivo del citado Programa es mejorar el acceso, la calidad y

la prestación de los servicios de agua potable en los municipios

localizados al sudoeste del área metropolitana de la Provincia de

BUENOS AIRES, beneficiando alrededor de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL

(850.000) habitantes.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “Obras de Agua Potable”, (ii) “Reducción de Agua no

Contabilizada” y (iii) “Gestión Ambiental, Auditorías y Cargos

Financieros”.

Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos de

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACION

FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS - Unidad Coordinadora de

Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, a través de la

empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. - AySA, denominada en

adelante “Organismo Ejecutor”.

Que en relación al citado Programa, corresponde facultar al MINISTERIO

DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS por intermedio

de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento

Externo a emitir los actos administrativos y/o convenios que resulten

necesarios para encomendar a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS

S.A. - AySA, la administración, coordinación y ejecución de las obras,

inversiones y actividades correspondientes. Tales instrumentos legales

deberán reflejar, además, los aspectos operativos de la transferencia

de los recursos, así como la supervisión del debido cumplimiento de las

actividades del mencionado Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la

operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las

modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de

Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, siempre y

cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los

fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y, resultan adecuados a los propósitos y

objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 40 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005)

y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPUBLICA

ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de

hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL

(U$S 120.500.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Obras Básicas de Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, que consta de

las “Condiciones Particulares de Contratación” integradas por VEINTIUN

(21) cláusulas, de las “Condiciones Generales de Contratación”

integradas por TREINTA Y TRES (33) cláusulas y UN (1) Anexo Unico,

cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto

como Anexo I.

Art. 2° —Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y

su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el

Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo CAF, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la presente

medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en

el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su

monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase al

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS -

Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento

Externo, a través de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

—AySA—, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Obras Básicas de

Agua Potable 2012-2015 AySA - Fase I”, quedando facultada para realizar

todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del

citado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el

Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida.

Art. 5° — Autorízase al

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por

intermedio de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo, a emitir los actos administrativos y/o

convenios que resulten necesarios para encomendar a la empresa AGUA Y

SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. —AySA—, la administración, coordinación y

ejecución de las obras, inversiones y actividades correspondientes al

Programa. Tales instrumentos legales deberán reflejar, además, los

aspectos operativos de la transferencia de los recursos, así como la

supervisión del debido cumplimiento de las actividades del citado

Programa.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof. — Julio M. De Vido.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.