← Texto vigente · Historial

GENDARMERIA NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

GENDARMERIA NACIONAL

Decreto 272/98

**Desígnase en comisión "permanente"

a un Oficial para asistir al curso de Post Grado de "Magister

en Criminología", a desarrollarse en el Instituto

Superior de Ciencias Policiales de Carabineros de la República

de Chile.**

Bs.As., 11/3/98

B.O: 16/03/98

VISTO el ofrecimiento de CARABINEROS DE LA REPUBLICA DE CHILE,

para que UN (1) Oficial de GENDARMERIA NACIONAL participe como

alumno del Curso de Post Grado en "MAGISTER EN CRIMINOLOGIA"

durante los períodos lectivos comprendidos entre los años

1998 y 1999, lo informado por el señor DIRECTOR NACIONAL

DE GENDARMERIA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al referido ofrecimiento se ha otorgado UNA (1) vacante

para asistir al curso mencionado desde el 2 de marzo de 1998 hasta

el 31 de diciembre de 1999, en el INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS

POLICIALES DE CARABINEROS DE LA REPUBLICA DE CHILE con sede en

la Ciudad de SANTIAGO, de dicho País.

Que resulta conveniente aceptar el ofrecimiento, dada la intima

vinculación que las enseñanzas del curso deparan

con las actividades que los funcionarios de GENDERMERIA NACIONAL

concretan en cumplimiento de las funciones inherentes, como asimismo

el conocimiento de la institución anfitriona y de vivencias

de las realidades socio-políticas y económicas del

país que visita, lo que adquiere singular trascendencia

en función de la complementación que con el mismo

se sigue.

Que dicha comisión se encuentra prevista en el Plan Anual

de Cursos, Comisiones y Actividades en el Exterior para el Personal

Superior y Subalterno de GENDARMERIA NACIONAL para los años

1998 y 1999.

Que la facultad de dictar la presente medida surge de lo dispuesto

por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Desígnase en comisión

"permanente" a partir del 2 de marzo de 1998 y por el

término de SEISCIENTOS SETENTA (670) días, incluido

el tiempo de traslado, a efectos de asistir al curso de Post Grado

de "MAGISTER EN CRIMINOLOGIA", a desarrollarse en el

INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS POLICIALES DE CARABINEROS DE LA

REPUBLICA DE CHILE, con sede en SANTIAGO, al Comandante de GENDARMERIA

NACIONAL Daniel Héctor DE LA COLINA (MI 14.382.646).

Art. 2º-La DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA (Dirección

de Contaduría General), otorgará los pasajes para

el cursante y su núcleo familiar (esposa y cinco hijos).

Art. 3º-La DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, otorgará

los pasaportes para el causante y su grupo familiar (esposa y

cinco hijos).

Art. 4º-La DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA (Dirección

de Contaduría General), adelantará en el país

los conceptos por gastos de traslado e instalación y el

equivalente al primer trimestre de los haberes y emolumentos del

Oficial mencionado, con la aplicación del porcentaje determinado

por el artículo Nº 2417 de la Reglamentación

del Título II (Personal Militar en Actividad. Cap. IV Haberes)

de la Ley Nº 19.101, aprobada por el Decreto Nº 3294

del 29 de diciembre de 1978, modificado por su similar Nº

1003 del 29 de abril de 1983.

Art. 5º-Autorízase a la DIRECCION NACIONAL

DE GENDARMERIA (Dirección de Contaduría General),

para que efectúe los giros correspondientes durante la

permanencia del causante en el País de destino, así

como también la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES

MIL (U$S 3.000,00)) para la adquisición de textos, material

didáctico, elementos de estudio, Etc.

Art. 6º-Los gastos que demande el cumplimiento del

presente Decreto, deberán ser imputados a las partidas

del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio

1998 y los créditos que a tal efecto se prevean para los

años sucesivos.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos

V. Corach.