BIBLIOTECA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2007-03-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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BIBLIOTECA NACIONAL

Decreto 272/2007

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.

Bs. As., 26/3/2007

VISTO el Expediente Nº 409 del registro de la

BIBLIOTECA NACIONAL, organismo autárquico en Jurisdicción de la

SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los Decretos

Nros. 1386 del 29 de noviembre de 1996 y 357 del 21 de febrero de 2002,

y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1386/96 aprobó el funcionamiento

de la BIBLIOTECA NACIONAL como organismo descentralizado y autárquico

en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION.

Que a través del Decreto Nº 357/02 se estableció el

organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada

hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose asimismo, los ámbitos

jurisdiccionales en los que actúan los organismos descentralizados.

Que en función de las competencias asignadas a la

Jurisdicción resulta necesario reordenar las responsabilidades de las

distintas áreas de la BIBLIOTECA NACIONAL, con el objeto de mejorar la

organización de los procesos internos y optimizar la prestación de los

servicios que presta el Organismo.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la

Jurisdicción y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las

facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99,

inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase la estructura

organizativa de primer nivel operativo de la BIBLIOTECA NACIONAL,

organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el Organigrama, Objetivos,

Responsabilidad Primaria y Acciones, y Dotación que, como Anexos I, II,

y III, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º— En el plazo de NOVENTA (90)

días a partir del presente, la BIBLIOTECA NACIONAL deberá presentar la

propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las

que se aprueban por el presente decreto. Hasta tanto se aprueben

quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los

respectivos cargos y niveles escalafonarios.

Art. 3º— Facúltase al Director de la

Biblioteca Nacional, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA

GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a modificar el

Anexo de dotación de acuerdo a los cargos aprobados por la Ley de

Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio

2007.

Art. 4º— El gasto que demande la

aplicación de la presente medida se atenderá con las partidas

presupuestarias asignadas en el presupuesto vigente para la

Jurisdicción 20 - 14 SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION - Entidad 116 - BIBLIOTECA NACIONAL.

Art. 5º— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 3° delDecreto 2011/2012B.O. 26/10/2012)

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ANEXO II

OBJETIVOS

1.

Custodiar, acrecentar, preservar, conservar,

registrar y difundir la memoria impresa del país o sobre el país,

representada en cualquier soporte o sustrato material, con prioridad en

lo que hace a su herencia cultural, relacionando su patrimonio con la

cultura universal y convocando a los estudiosos y lectores del país a

consultar su legado a fin de mantener viva la vinculación entre las

distintas generaciones.

2.

Constituir el centro bibliográfico nacional.

3.

Compilar y publicar la Bibliografía Nacional Argentina.

4.

Realizar el seguimiento del depósito legal con el

fin de elaborar y difundir la información sobre la producción

bibliográfica argentina.

5.

Seleccionar, acopiar, registrar, preservar y conservar sus fondos bibliográficos y documentales.

6.

Desarrollar procesos y pautas bibliotecológicas que se constituyan en normas orientadoras de la bibliotecología nacional.

7.

Prestar un servicio público de consulta a los usuarios, tanto presenciales como remotos.

8.

Formar y perfeccionar recursos humanos en materia bibliotecológica y disciplinas afines.

9.

Fomentar la investigación, a través del acceso a los documentos y servicios de información especializados.

10.

Realizar, coordinar y fomentar programas de investigación y desarrollo en las áreas de su competencia.

11.

Desarrollar y fomentar programas de promoción de la lectura.

12.

Desarrollar programas de cooperación con otras Bibliotecas y otras entidades culturales y científicas.

13.

Realizar y fomentar toda actividad cultural, acorde con los objetivos de la institución.

14.

Participar en la construcción de las políticas nacionales de información.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Examinar y evaluar la aplicación de las normas que

regulan la actividad financiera y administrativa de la Biblioteca

Nacional, verificando el mantenimiento de un adecuado sistema de

control interno, según pautas de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1.

Elaborar el planeamiento general de Auditoría

Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de

Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integrado.

2.

Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

3.

Asesorar en la definición de normas y

procedimientos a efectos de establecer, de acuerdo con la Dirección de

la Biblioteca Nacional, el Sistema de Control Interno y efectuar su

seguimiento.

4.

Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

5.

Evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

6.

Verificar si las erogaciones se efectúan de

acuerdo a la normativa legal y a los niveles presupuestarios

establecidos por la legislación vigente.

7.

Constatar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información.

8.

Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para su protección.

9.

Producir informes periódicos sobre las

actividades desarrolladas y, de corresponder, formular recomendaciones

y observaciones.

10.

Comunicar a las autoridades superiores y a la

Sindicatura General de la Nación las recomendaciones y observaciones

pertinentes.

11.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

12.

Informar sobre los temas que requiera la autoridad superior y/o la Sindicatura General de la Nación.

DIRECCION DEL MUSEO DEL LIBRO Y DE LA LENGUA DE LA BIBLIOTECA NACIONAL

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 1° delDecreto 2011/2012B.O. 26/10/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar y desarrollar los contenidos museográficos y la planificación

de exposiciones destinadas a producir un conocimiento amplio de la

historia del libro argentino y una vivencia singular de la lengua como

acervo y facultad común, partiendo del estado actual de la lengua

hablada en el territorio argentino, considerando sus variedades y su

genealogía.

ACCIONES

• Planificar, diseñar e implementar la exposición permanente y las

exposiciones temporarias respecto de la historia del libro, la lectura

y la lengua.

• Planificar, diseñar y construir el mapa de la lengua en la Argentina.

• Definir el guión museográfico permanente.

• Generar y proponer convenios con instituciones universitarias,

educativas y de la sociedad civil, para producir distintos contenidos

para el Museo y para diseñar intervenciones culturales y pedagógicas.

• Proponer las exposiciones temporarias y proponer la designación de los expertos y curadores idóneos para cada una de ellas.

• Proyectar y encargar la producción de materiales audiovisuales y obras de arte para el Museo.

• Procurar instancias educativas en relación al Museo.

DIRECCION TECNICA BIBLIOTECOLOGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover y desarrollar el patrimonio bibliográfico y

documental de la Biblioteca Nacional con el fin de proporcionar a los

lectores acceso en sala y en línea a dicho patrimonio.

ACCIONES

1.

Elaborar las disposiciones normativas del proceso

técnico bibliotecológico y de conservación y las relacionadas con la

atención al lector y la gestión del patrimonio bibliográfico de la

Biblioteca Nacional en sus diferentes soportes de información.

2.

Asegurar el cumplimiento y funcionamiento del

proceso técnico y de conservación, la atención al lector y la gestión

del patrimonio bibliográfico en sus diferentes soportes de información.

3.

Definir la política de desarrollo de la colección

de la Biblioteca Nacional que asegure la recopilación de la edición

nacional, su difusión a través de la Bibliografía Nacional, consulta y

conservación.

4.

Promover la producción de catálogos colectivos,

redes de información y todo aquello que contribuya al trabajo

cooperativo entre bibliotecas.

5.

Evaluar y proponer el desarrollo y/o aplicación

de tecnologías de la información y la comunicación referida a los

procesos, productos y servicios bibliotecológicos.

6.

Desarrollar e impulsar la realización de programas de investigación y desarrollo en las competencias propias de la Dirección.

DIRECCION DE FORMACION BIBLIOTECOLOGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Formar profesionales en bibliotecología, que

desempeñen funciones en las más diversas instituciones culturales.

Contribuir al desarrollo de los recursos humanos de la Biblioteca

Nacional, orientados a trabajar en la custodia, preservación,

acrecentamiento y difusión del patrimonio impreso del país.

ACCIONES

1.

Diseñar, organizar y controlar el plan de estudio

en Bibliotecología que se gestione a nivel de grado y posgrado, como

así también, proponer un plan de actualización permanente.

2.

Participar en la política, planificación y

ejecución de la formación profesional y la actualización permanente del

personal de la Biblioteca Nacional.

3.

Planificar y dirigir las actividades docentes de grado y posgrado.

4.

Preparar el plan de actividades docentes de grado

y posgrado, así como la asignación, anual o cuatrimestral de las

funciones que corresponden a los profesores y al personal docente

auxiliar, en consulta con los interesados.

5.

Elevar para su aprobación, los programas de los

cursos y las propuestas de designación de personal docente para el

grado y el posgrado.

6.

Proponer al Director de la Biblioteca Nacional

los llamados a concurso para la provisión de cargos docentes y la

nómina de los Jurados, tanto para el grado como para el posgrado.

7.

Desarrollar e impulsar la realización de programas de investigación y desarrollo.

8.

Colaborar en la elaboración de las disposiciones

normativas del proceso técnico bibliotecológico y de conservación y las

relacionadas con la atención al lector y la gestión del patrimonio

bibliográfico de la Biblioteca Nacional en sus diferentes soportes de

información.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, programación,

coordinación, ejecución y control de los recursos económicos,

financieros y humanos, así como en todo lo referente a infraestructura

y servicios.

ACCIONES

1.

Conducir, programar y controlar la gestión

económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva,

responsabilizándose de la custodia de fondos y valores, como así

también del ingreso y egreso de los mismos.

2.

Coordinar y controlar la gestión de los bienes muebles e inmuebles afectados al Organismo y su registro patrimonial.

3.

Dirigir y controlar la gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios.

4.

Dirigir la administración y el control de los

recursos humanos del Organismo, incentivando su desarrollo individual y

de carrera.

5.

Dirigir la recepción, clasificación y registro de la documentación en trámite en el Organismo.

6.

Conducir la recaudación y administración de los ingresos directos de la BIBLIOTECA NACIONAL.

7.

Dirigir y controlar la gestión del mantenimiento, conservación y equipamiento de las instalaciones de la BIBLIOTECA NACIONAL.

DIRECCION DE CULTURA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

1.

Planificar, organizar y difundir las diferentes

actividades culturales que se realizan en el ámbito de la Biblioteca

Nacional.

ACCIONES

1.

Planificar y coordinar las relaciones con entes públicos y privados, del país y del exterior.

2.

Organizar diferentes actividades para la promoción de la lengua, de la lectura y del libro.

3.

Programar, organizar y coordinar los actos,

exposiciones, muestras, visitas guiadas y otras actividades culturales

que se efectúen en los diferentes ámbitos de la Biblioteca Nacional.

4.

Difundir por los diversos medios de comunicación las actividades de la Biblioteca Nacional en la comunidad.

5.

Organizar y coordinar la actividad editorial

mediante catálogos de exposiciones, catálogos y bibliografías impresas

o en otros soportes de información, estudios, pautas, guías y textos

normativos bibliotecológicos.

6.

Coordinar el ceremonial y protocolo de la Biblioteca Nacional.

7.

Gestionar el apoyo y participación de la

comunidad en el enriquecimiento, preservación, conservación, difusión

de la colección bibliográfica y en el conocimiento de la misma.

DEPARTAMENTO DE PRENSA Y DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar, proponer e implementar planes y

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.