DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
RECTIFICASE EL DECRETO Nº 615, DEL 11 DE DICIEMBRE DE 1973, POR EL QUE SE APROBO LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Y SUSTITUYESE EN LOS ANEXOS III Y IV UNIDAD 'DEPARTAMENTO REGISTRO' - UN (1) CARGO CATEGORIA 20 -PROGRAMADOR, POR UN (1) CARGO CATEGORIA 17 - PROGRAMADOR MAYOR - AGRUPAMIENTO SCD - CON LA SIGUIENTE DESCRIPCION DE TAREAS: 'PROGRAMA PROCESOS COMPLEJOS Y/O CON ELEVADOS REQUERIMIENTOS DE DISPOSITIVOS DE ENTRADA Y SALIDA. DIAGRAMA Y CODIFICA LOS PROGRAMAS MAS IMPORTAN
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 2720/1976
Bs. As., 1/11/1976
VISTO los Decretos Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, Nº 1927, del 17
de julio de 1975 y Nº 2755, del 2 de octubre de 1975; el Expediente Nº
5159 - Cde. 2277 (MD) y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que la causante señorita María de las Mercedes MASMELA, se desempeña
como Programador Categoría 20 - Agrupamiento Administrativo en el
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, con anterioridad a la fecha del Decreto Nº
1927/75, habiéndose omitido reubicarla oportunamente dentro del
Agrupamiento SCD, previsto por la mencionada norma legal; como
Programador Mayor Categoría 17;
Que para ello es necesario producir las correspondientes modificaciones estructurales;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 234/69, cuando se
modifica una estructura el presente debe tener el carácter de
rectificatorio de aquel que la aprobó;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Rectifícase el
Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el que se aprobó la
estructura orgánica del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS y sustituyese en los
Anexos III y IV Unidad “Departamento Registro” - UN (1) cargo Categoría
20 -Programador, por UN (1) cargo Categoría 17 - Programador Mayor -
Agrupamiento SCD - con la siguiente descripción de tareas: “Programa
procesos complejos y/o con elevados requerimientos de dispositivos de
entrada y salida. Diagrama y codifica los programas más importantes de
los sistemas presentados al sector. Realiza trabajos con tiempo de
ejecución restringido. Asesora en el uso y aprovechamiento de recursos
técnicos. Modifica y optimiza los programas en función de los
resultados a obtener”.
Art. 2º — La rectificación dispuesta por el artículo precedente se considerará con efecto retroactivo al 1° de agosto de 1975.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto será atendido
con los créditos vigentes de la Jurisdicción 45 - Ministerio de Defensa.
Art. 4º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
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