CADUCIDAD DE ASUNTOS NO CONSIDERADOS POR EL HONORABLE CONGRESO
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETO N° 27.268
Buenos Aires, 28 de octubre de 1949
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.
PERON
Angel G. Borlenghi.
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