POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES

Rango Decreto
Publicación 2013-02-07
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES

Decreto 2749/2012

Fíjase Haber Mensual.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Decreto Ley Nº 5177 del 18 de abril de 1958 por el que se

aprobó el Estatuto de la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES, sus

modificaciones y su reglamentación y el Decreto Nº 926 del 30 de junio

de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito del Gobierno Nacional de reconocer y mantener una

adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y

dedicación, que la correcta ejecución de la actividad de los

integrantes del régimen citado precedentemente exige, resulta necesario

actualizar las escalas salariales vigentes.

Que la medida propiciada se inscribe en un marco de prevención de las

relaciones jerárquicas dentro y entre los distintos grados que componen

la estructura escalafonaria de la jurisdicción de que se trata.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le corresponde.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, incisos 1) y 12 de la CONSTITUCION

NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Fíjase, a partir

del 1° de enero de 2013, el Haber Mensual para el personal de la

POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES conforme los importes que para los

distintos grados y jerarquías se detalla en el Anexo I,

respectivamente, que forma parte del presente Decreto.

Art. 2° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto será atendido

con los créditos correspondientes a las jurisdicciones respectivas del

Presupuesto General de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

Art. 3° — Facúltase a la

COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO a

dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que

resultaren pertinentes para la aplicación de la presente medida.

Art. 4° — Facúltase al Jefe de

Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias

necesarias destinadas a financiar el gasto que demande la aplicación

del presente Decreto, a cuyo efecto el titular del MINISTERIO DE

DEFENSA realizará la estimación pertinente e impulsará, a través del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la instrumentación de la

misma.

Art. 5° —Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A.

Puricelli.

ANEXO I

(Nota Infoleg: las actualizaciones al Haber Mensual que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES

JERARQUIAREMUNERACION TOTAL POR GRADO 01/01/2013COMISARIO INSPECTOR2,376.44COMISARIO DE ESTACIONES NAVALES1,942.05SUBCOMISARIO1,806.53OFICIAL PRINCIPAL1,575.42OFICIAL INSPECTOR1,433.85OFICIAL SUBINSPECTOR1,199.11OFICIAL AYUDANTE993.41OFICIAL SUBAYUDANTE873.62

SUBESCRIBIENTE1,458.05SARGENTO 1°1,101.10SARGENTO1,055.12CABO845.79AGENTE DE 1°817.96AGENTE DE 2°804.65

JERARQUIA REMUNERACION TOTAL POR GRADO 01/01/2013
COMISARIO INSPECTOR 2,376.44
COMISARIO DE ESTACIONES NAVALES 1,942.05
SUBCOMISARIO 1,806.53
OFICIAL PRINCIPAL 1,575.42
OFICIAL INSPECTOR 1,433.85
OFICIAL SUBINSPECTOR 1,199.11
OFICIAL AYUDANTE 993.41
OFICIAL SUBAYUDANTE 873.62
SUBESCRIBIENTE 1,458.05
SARGENTO 1° 1,101.10
SARGENTO 1,055.12
CABO 845.79
AGENTE DE 1° 817.96
AGENTE DE 2° 804.65

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