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CONVENIOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONVENIOS

Decreto 275/98

**Apruébase un Convenio celebrado entre la Secretaría

General de la Presidencia de la Nación y la firma Fokker

Services B.V del Reino de los Países Bajos, por el que

se establecen las condiciones a que se ajustarán las partes

para la Modernización del Material Aéreo Fokker

F 28 de dotación de la Presidencia de 1a Nación.**

Bs. As., 11/3/98

B.O: 16/3/98

VISTO el Expediente Nº 008736/97; del Registro de la SECRETARIA

GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION por el que se tramita la

aprobación del convenio suscripto entre dicha Secretaría

y la firma FOKKER SERVICES B.V. del Reino de los Países

Bajos destinado a la Modernización del Material Aéreo

FOKKER 28 Matrícula T-03 perteneciente a la Presidencia

de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que la decisión de convenir la modernización del

citado Material Aéreo proviene de los informes y recomendaciones

del Señor Jefe de la Agrupación Aérea de

la CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION quien, teniendo

en cuenta la antiguedad y horas de uso de la aeronave. FOKKER

F - 28 Matrícula T-03 concluyó que resulta necesaria

la concreción de un programa que permita incrementar la

capacidad operativa y el cumplimiento de las finalidades de dicha

aeronave con adecuados márgenes de seguridad.

Que la firma FOKKER SERVICES B V. como sucesora de FOKKER AIRCRAFT,

empresa que diseñó y construyó la aeronave,

concentra el material a utilizar en la modernización asegurando

su legitimidad, garantizando la interacción entre los distintos

equipos y ejecutando preventivamente los diseños de ingeniería

pertinentes con sus correspondientes aprobaciones.

Que ello permitirá al ESTADO NACIONAL contar con un material

aéreo, con equipamiento de avanzada tecnología aeronáutica,

con un marcado incremento en la capacidad operativa del FOKKER

F - 28, Matrícula T-03- como así también

una notable extensión de su vida útil.

Que en las presentes actuaciones ha intervenido el Servicio Jurídico

Competente sin formular objeciones.

Que la concertación de que se trata encuadra en las prescripciones

establecidas por el Artículo 56, inciso 3º, apartado

g)

de la Ley de Contabilidad.

Que se cuenta con las partidas necesarias para el gasto que genere

la presente medida.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar

la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo

57 de la Ley de Contabilidad.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Convenio celebrado

el día 12 de febrero de 1998 entre la SECRETARIA GENERAL

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la firma FOKKER SERVICES B.V.

del Reino de los Países Bajos, por el que se establecen

las condiciones a que se ajustarán las partes para la Modernización

del Material Aéreo FOKKER F - 28 Matrícula T-03

de dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que como Anexo

forma parte del presente.

Art. 2º-El gasto que demande el cumplimiento de la

presente medida se atenderá con cargo a las partidas de

la jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

DE LA NACION.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.:-MENEM.-Carlos

V. Corach.

NOTA:Este Decreto se pública sin Anexo. La documentación

no publicada puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección

Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).