CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2019-04-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 278/2019

DECTO-2019-278-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-37702071-APN-DGD#MHA y el Modelo de

Contrato de Préstamo BID N° 4565/GN-AR propuesto para ser suscripto

entre la REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR

SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE) y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 4565/GN-AR, el

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), actuando en su calidad de

agencia implementadora del Fondo Verde para el Clima (FVC), se

compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de

cooperar en la ejecución del Proyecto “Promoción de Instrumentos de

Mitigación de Riesgos y Financiamiento de Inversiones en Energía

Renovable y Eficiencia Energética”, por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (USD 100.000.000).

Que el objetivo general del Proyecto es promover la eficiencia en la producción y uso de energía en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que los objetivos específicos del Proyecto son: (I) incrementar las

inversiones de las PYMES en energía renovable (“ER”) y eficiencia

energética (“EE”), mediante el acceso a financiamiento de mediano y

largo plazo, y (II) contribuir a la reducción de emisiones de gases

efecto invernadero (“GEI”).

Que el mentado Proyecto prevé la ejecución de un componente único

denominado “Financiamiento de Proyectos de Energía Renovable y

Eficiencia Energética”.

Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el BANCO DE INVERSIÓN Y

COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE), actuante en la órbita del

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA en su carácter de

Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y

del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE) en

su carácter de Organismo Ejecutor suscriban el Contrato de Préstamo BID

N° 4565/GN-AR, así como toda otra documentación relacionada con la

operatoria de dicho Préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Hacienda y al señor Ministro de Producción y Trabajo para que, en

nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriban el

Contrato de Préstamo BID N° 4565/GN-AR y acuerden las modificaciones

que sean convenientes para la ejecución del Proyecto “Promoción de

Instrumentos de Mitigación de Riesgos y Financiamiento de Inversiones

en Energía Renovable y Eficiencia Energética”, siempre y cuando no

constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni

deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que para la implementación del referido Proyecto resulta necesario la

suscripción de un Convenio Subsidiario entre el MINISTERIO DE HACIENDA,

el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y el BANCO DE INVERSIÓN Y

COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE).

Que a tal fin, resulta oportuno aprobar el Modelo del referido Convenio

Subsidiario y facultar al señor Ministro de Hacienda y al señor

Ministro de Producción y Trabajo para su suscripción.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo BID N° 4565/GN-AR propuesto para ser suscripto, son los

usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a

los propósitos y objetivos a los que será destinado dicho Préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°

4565/GN-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA representada por

el MINISTERIO DE HACIENDA como Prestataria, el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Y TRABAJO y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA

(BICE) en su carácter de Organismo Ejecutor y el BANCO INTERAMERICANO

DE DESARROLLO (BID), actuando en su calidad de agencia implementadora

del Fondo Verde para el Clima (FVC), por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (USD 100.000.000), destinado a financiar

parcialmente el Proyecto “Promoción de Instrumentos de Mitigación de

Riesgos y Financiamiento de Inversiones en Energía Renovable y

Eficiencia Energética”, que consta de las Estipulaciones Especiales

Integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas

por ONCE (11) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como Anexo I

(IF-2018-59588359-APN-SSRFI#MHA) integra la presente medida. Asimismo,

forman parte integrante de esta medida, como Anexos II

(IF-2018-39349274-APN-SSRFI#MHA) y III

(IF-2018-39349291-APN-SSRFI#MHA), las “Políticas para la Adquisición de

Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” y

las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores

Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,

respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo

de 2011.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda y al señor

Ministro de Producción y Trabajo o al funcionario o funcionarios que

éstos designen a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 4565/GN-AR y su documentación

adicional, conforme al modelo que se aprueba en el artículo 1º del

presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda y al señor

Ministro de Producción y Trabajo o al funcionario o funcionarios que

éstos designen, a convenir y suscribir, en nombre y representación de

la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N°

4565/GN-AR cuyo modelo se aprueba en el artículo 1º del presente

decreto, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto ni

al destino de los fondos y no deriven en un incremento de su monto o

introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR

SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE), actuante en la órbita del MINISTERIO DE

PRODUCCIÓN Y TRABAJO, como Organismo Ejecutor del Proyecto “Promoción

de Instrumentos de Mitigación de Riesgos y Financiamiento de

Inversiones en Energía Renovable y Eficiencia Energética”, quedando

facultado para realizar todas las operaciones necesarias para la

ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en

el Contrato de Préstamo BID N° 4565/GN-AR cuyo modelo se aprueba en el

artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Apruébase el Modelo de Convenio Subsidiario a suscribirse

entre el MINISTERIO DE HACIENDA, el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE),

que forma parte integrante de la presente medida como Anexo IV

(IF-2019-36058445-APN-SECH#MHA).

ARTÍCULO 6º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda y al señor

Ministro de Producción y Trabajo o al funcionario o funcionarios que

éstos designen, a suscribir el Convenio Subsidiario cuyo modelo se

aprueba por el artículo 5° de la presente medida, así como a convenir y

suscribir modificaciones al mismo.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne -

Dante Sica

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/04/2019 N° 26512/19 v. 22/04/2019

(Nota Infoleg*:

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII, Anexo III, Anexo IV*)

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.