DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-05-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto S 2796/1980

Bs. As., 31/12/1980

VISTO la necesidad de constituir para el Ejercicio 1981 las plantas de personal temporario del Ministerio de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que la naturaleza de los organismos cuyos cargos temporarios se

aprueban así como el carácter de sus funciones, relacionados con la

defensa y seguridad de la Nación, aconsejan la incorporación a los

organismos comprendidos en el presente de personal transitorio o

contratado, como complementario de sus plantas permanentes,

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícanse los

Decretos Nº 271, del 15 de enero de 1973 (t.o. Decreto Nº 2433, del 31

de enero de 1977) y Nº 1825, del 26 de julio de 1979, por los cuales se

aprobó y

rectificó respectivamente la estructura orgánica del Registro Nacional

de las Personas, e incorpóranse a la misma las dotaciones de personal

transitorio para el año 1981, de conformidad con el Anexo I que forma

parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° —Rectifícase el

Decreto Nº 2250, del 23 de marzo de 1973, por el que se aprobó la

estructura orgánico funcional de la Dirección Nacional del Antártico, e

incorpórase a la misma

las dotaciones de personal contratado que se determina en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 3° — Los contratos de

servicios personales, a celebrarse en virtud de lo dispuesto en el

artículo 2° se formalizarán de conformidad con el modelo de contrato

que obra como Anexo IIa del presente.

Art. 4° — La retribución única

será percibida por el personal contratado a partir del momento de

cruzar el Paralelo 56°S y hasta el día del abandono de dicho Paralelo.

Art. 5° — El personal

contratado designado en funciones de apoyo a la campaña antártica y el

que deba someterse a un período de adiestramiento antes de la partida,

percibirá mientras dura tal situación y hasta tanto cruce el Paralelo

56°S, hasta el 40% de la retribución máxima establecida pudiendo

anticiparse al personal destacado para la campaña de invierno, el

importe correspondiente a la diferencia entre esta asignación y la

retribución establecida en el artículo anterior, hasta un máximo de un

mes antes de la partida, para atender los gastos personales que le

demande la comisión.

Art. 6° — La retribución única,

excluye toda otra asignación por viáticos, suplementos, bonificaciones,

horas extras o cualquier otra remuneración similar.

Art. 7° — Rectifícase el

Decreto Nº 2685, del 27 de octubre de 1976, por el que se aprobó la

estructura orgánica del Registro Nacional de Armas e incorpórase a la

misma las dotaciones de personal transitorio para el año 1981, de

conformidad con el Anexo III que forma parte integrante del presente

Decreto.

Art. 8° — Rectifícase el

Decreto “S” Nº 1248, del 28 de octubre de 1974, por el que se aprobó la

estructura orgánica de la Escuela de Defensa Nacional, e incorpórase al

mismo la planta de personal contratado para el Ejercicio 1981, que como

Anexo IV forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 9° —Los contratos de

servicios personales a celebrarse en virtud de lo dispuesto en el

artículo 8°, se formalizarán conforme con el modelo de contrato que

obra cono Anexo IVa del presente.

Art. 10. — El costo que demande

la aplicación de lo dispuesto por el presente decreto será atendido

dentro de los créditos asignados para el Ejercicio 1981 en los

correspondientes programas.

Art. 11. — Comuníquese y archívese. — VIDELA.


NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.