YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO

Rango Decreto
Publicación 2019-04-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO

Decreto 281/2019

DECTO-2019-281-APN-PTE - Desígnase Presidente del Directorio.

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2019

Visto el Expediente N° EX-2019-36346470-APN-DGDOMEN#MHA, la Ley N° 14.771 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 6° de la Ley N° 14.771 y sus

modificatorias, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL designar al

Presidente del Directorio de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio

(YMAD), quien durará CUATRO (4) años en sus funciones pudiendo ser

reelegible.

Que el cargo de Presidente de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio

se encuentra vacante por renuncia de su anterior titular, el Doctor

Santiago Francisco ALBARRACIN, quien fuera designado por conducto del

Decreto N° 423 de fecha 29 de febrero de 2016.

Que la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del MINISTERIO DE

HACIENDA propone designar al Contador Público Luis de MIGUEL (M.I. N°

12.225.223) para que asuma tales funciones.

Que el Servicio Jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de

Energía del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su

competencia.

Que esta medida se dicta de acuerdo con las facultades contempladas en

los artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 6° de la

Ley N° 14.771 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 16 de abril de 2019, al Contador

Público Luis de MIGUEL (M.I. N° 12.225.223) en el cargo de Presidente

del Directorio de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio, organismo

actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía

dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, para completar un periodo de

ley, hasta el 1° de marzo de 2020.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida se

imputará a las partidas específicas del presupuesto de Yacimientos

Mineros de Agua de Dionisio.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Nicolas Dujovne

e. 22/04/2019 N° 26515/19 v. 22/04/2019

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