ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2022-05-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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ACUERDOS

Decreto 281/2022

DCTO-2022-281-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-28424585-APN-DNRYRT#MT, la Ley Nº

18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación

de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo

de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la

Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27

de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008,

sus modificatorios y complementarios y el Acta Acuerdo de fecha 28 de

marzo de 2022 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones

colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y

sus empleados o empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la

Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06, el

28 de marzo de 2022 se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y se

celebró la referida Acta Acuerdo en la fecha indicada.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N°

24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas

complementarias, acordaron establecer una Compensación transitoria para

el personal encuadrado en el referido Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial, que se hallare contratado para abocarse a labores propias de

su incumbencia bajo las modalidades previstas por el artículo 9° de la

Ley N° 25.164, equiparado al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

y del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, que desarrollen funciones en

puestos profesionales orientados a la inspección y/o fiscalización y

generales orientados al control y fiscalización, y que dicha

Compensación consistirá en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR

CIENTO (45 %) de la Asignación Básica de los Niveles A, B, C, D, E y F

según se encontrara equiparado o equiparada el o la agente que

desarrolle las citadas funciones.

Que por lo demás acordaron que la referida Compensación será de

aplicación siempre que el o la agente cumpla con los requisitos mínimos

de acceso al nivel escalafonario en que se encuentra asimilado o

asimilada, y que en caso de que el referido personal contratado, como

consecuencia de su incorporación a la Planta Permanente, comience a

percibir el suplemento previsto en el artículo 87, la Compensación que

se establece deberá ser absorbida por el mismo.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que el MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención prevista en los

artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto

Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los

artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por

el Decreto N° 214/06 y los recaudos previstos por el artículo 2° del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del

mencionado Convenio Colectivo General de Trabajo para la Administración

Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le

compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes

del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 14

de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 28 de marzo de 2022

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como

ANEXO (IF-2022-33849782-APN-DNRYRT#MT) forma parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 3º- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - E/E Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/05/2022 N° 38694/22 v. 30/05/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

[IMG]

EX-2022-28424585- -APN-DNRYRT#MT

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de marzo de 2022, siendo las 11:30 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN,

ante el Dr. Agustín CARUGO Director de la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS LABORAL

DEL SECTOR PÚBLICO, asistido por el Lic. Lisandro AYASTUY, en el marco

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para el personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP),

COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI,

acompañada por el Dr. Mauro Ariel PALUMBO, el Sr. SUBSECRETARIO DE

COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Gastón SUÁREZ, acompañado por el Lic.

Marcelo ROMANO y por el MINISTERIO DE ECONOMÍA,

la Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lic. Florencia María JALDA todos

ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en

representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

los Sres. Diego GUTIERREZ, acompañado por Sr. Alejo CONDE, Sra.

Alejandra LOPEZ ATIA, y el Sr. Hugo SPAIRANI en su carácter de asesor,

y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) el Sr. Flavio VERGARA acompañado por el Sr. Sebastián RIVERA y Sra. Mercedes CABEZAS. Asimismo, se encuentra presente por el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION Sres. Julio VITALE, Vicente SANTANTONIO y Carlos LIBERMAN.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes se cede la palabra al Estado Empleador quien MANIFIESTA: Que propone:

CLAUSULA PRIMERA: A partir del

1°/04/22, el personal encuadrado en el presente CCTS que se hallare

contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las

modalidades previstas por el artículo 9 de la Ley 25.164 en el ámbito

del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y que desarrolle

funciones en puestos profesionales y generales orientados a la

inspección y/o fiscalización, percibirá una Compensación Transitoria

que consistirá:

1.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de Nivel B, C o D según se encontrara equiparado el o

la agente que desarrolle funciones profesionales de inspección y/o

fiscalización efectuadas en muelle verificando el cumplimiento del

régimen federal de pesca y las normas complementarias en la materia:

Ley N° 24.922 y sus modificatorias, Decreto Reglamentario N° 748/99,

Resolución N° 327 de fecha 4 de julio de 2000 de la SECRETARÍA DE

AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex - MINISTERIO DE

ECONOMÍA y sus modificatorias, Disposición N° 424 de fecha 29 de

septiembre de 2004 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y AGRICULTURA y sus

modificatorias, Resolución N° 408 de fecha 13 de mayo de 2003 de la

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex

-MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y sus modificatorias , Disposición N° 299

de fecha 10 de julio de 2007 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y

ACUICULTURA, Resolución N° 149 de fecha 23 de noviembre 2021 de la

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Resolución N° 167 de

fecha 5 de marzo de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

PRODUCCIÓN y sus modificatorias, Resolución N° 4 de fecha 4 de enero de

2012 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex -

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las concordantes,

complementarias y las que en el futuro las sustituyan.

2.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de B, C, D, E o F según se encontrara equiparado el o

la agente que desarrolle funciones generales de asistencia en las

tareas relativas al control y fiscalización en muelle para el

cumplimiento del régimen federal de pesca y las normas complementarias

en la materia: Ley N° 24.922 y sus modificatorias, Decreto

Reglamentario N° 748/99, Resolución N° 327 de fecha 4 de julio de 2000

de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex

fecha 29 de septiembre de 2004 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y

AGRICULTURA y sus modificatorias, Resolución N° 408 de fecha 13 de mayo

de 2003 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y

ALIMENTACIÓN del ex -MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y sus modificatorias ,

Disposición N° 299 de fecha 10 de julio de 2007 de la SUBSECRETARÍA DE

PESCA Y ACUICULTURA, Resolución N° 149 de fecha 23 de noviembre 2021 de

la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Resolución N° 167 de

fecha 5 de marzo de 2009 de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

PRODUCCIÓN y sus modificatorias, Resolución N° 4 de fecha 4 de enero de

2012 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del ex -

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y las concordantes,

complementarias y las que en el futuro las sustituyan.

3.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de Nivel B, C o D según se encontrara equiparado el o

la agente que desarrolle funciones profesionales de inspección y/o

fiscalización efectuadas a bordo de buques pesqueros verificando el

cumplimiento del régimen federal de pesca y las normas complementarias

en la materia: Ley N° 24.922 y sus modificatorias, Decreto

Reglamentario 748/99, Resolución N° 327 de fecha 4 de julio de 2000 de

la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex -

MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, Disposición N° 424 de

fecha 29 de septiembre de 2004 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y

AGRICULTURA y sus modificatorias, Disposición N° 554 de fecha 28 de

octubre de 2004 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA, de la ex -

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex

-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias , Resolución

N° 7 de fecha 17 de mayo de 2018 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,

Resolución N° 26 de fecha 16 de diciembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL

PESQUERO, Resolución N° 22 de fecha 18 de diciembre de 2014 del CONSEJO

FEDERAL PESQUERO, y las concordantes, complementarias y las que en el

futuro las sustituyan.

4.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de B, C, D, E o F según se encontrara equiparado el o

la agente que desarrolle funciones generales de asistencia en las

tareas relativas al control y fiscalización efectuadas a bordo de

buques pesqueros para el cumplimiento del régimen federal de pesca y

las normas complementarias en la materia: Ley N° 24.922 y sus

modificatorias, Decreto Reglamentario N° 748/99, Resolución N° 327 de

fecha 4 de julio de 2000 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA,

PESCA Y ALIMENTACIÓN del ex -MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus

modificatorias, Disposición N° 424 de fecha 29 de septiembre de 2004 de

la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y AGRICULTURA y sus modificatorias,

Disposición N° 554 de fecha 28 de octubre de 2004 de la SUBSECRETARÍA

DE PESCA Y ACUICULTURA, de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

PRODUCCIÓN y sus modificatorias , Resolución N° 7 de fecha 17 de mayo

de 2018 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, Resolución N° 26 de fecha 16 de

diciembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, Resolución N° 22 de

fecha 18 de diciembre de 2014 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y las

concordantes, complementarias y las que en el futuro las sustituyan.

5.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de Nivel A, B, C, D según se encontrara equiparado el

o la agente que desarrolle funciones profesionales de inspección y/o

fiscalización efectuadas a los fines de verificar el cumplimiento de la

normativa que regula la comercialización de carnes, granos y lácteos y

subproductos de la cadena agroalimentaria: Leyes N° 21.453, N° 21.740,

N° 25.507 y N°25.345 en su art. 12, por el Decreto-Ley N° 6.698 de

fecha 6 de agosto de 1963, modificado por la Resolución N° 592, en su

art. N° 1 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, los

Decretos N° 1343 de fecha 27 de noviembre de 1996, el N° 1405 de fecha

4 de noviembre de 2001, N° 2647 de fecha 23 de diciembre de 2002, N°

1067 de fecha 31 de agosto de 2005, la Resolución 109 de fecha 7 de

marzo de 2006 registro de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS DEPENDIENTE DEL EX MINISTERIO DE ECONOMÍA

Y PRODUCCIÓN, Resolución 21-E/2027 de fecha 23 de febrero de 2017 del

ex - Ministerio de Agroindustria y las concordantes, complementarias y

las que en el futuro las sustituyan.

6.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de B, C, D, E Y F según se encontrara equiparado el o

la agente que desarrolle funciones generales de asistencia en las

tareas relativas al control y fiscalización efectuadas para el

cumplimiento de la normativa que regula la comercialización de carnes,

granos y lácteos y subproductos de la cadena agroalimentaria: Leyes N°

21.453, N° 21.740, N° 25.507 y N°25.345 en su art. 12, por el

Decreto-Ley N° 6.698 de fecha 6 de agosto de 1963, modificado por la

Resolución N° 592, en su art. N° 1 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOS, los Decretos N° 1343 de fecha 27 de noviembre de

1996, el N° 1405 de fecha 4 de noviembre de 2001, N° 2647 de fecha 23

de diciembre de 2002, N° 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, la

Resolución 109 de fecha 7 de marzo de 2006 registro de la entonces

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS DEPENDIENTE DEL

EX MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, Resolución 21-E/2027 de fecha

23 de febrero de 2017 del ex - Ministerio de Agroindustria y las

concordantes, complementarias y las que en el futuro las sustituyan.

Las referida Compensación será de aplicación siempre que el o la agente

cumpla con los requisitos mínimos de acceso al nivel escalafonario en

que se encuentra asimilado.

En caso que el referido personal contratado, como consecuencia de su

incorporación a la Planta Permanente comience a percibir el suplemento

previsto en el artículo 87, la Compensación que se establece por la

presente deberá ser absorbida por el mismo.

CLAUSULA SEGUNDA: A partir del

1/04/22, el personal encuadrado en el presente CCTS que se hallare

contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las

modalidades previstas por el artículo 9 de la Ley 25.164 en el ámbito

del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, y que desarrolle funciones en

puestos profesionales y generales orientados a la inspección y/o

fiscalización, percibirá una Compensación Transitoria que

consistirá:

1.

en una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIERTO (45%) de la

Asignación básica de Nivel A, B, C o D según se encontrara equiparado

el o la agente que desarrolle funciones profesionales de inspección y/o

fiscalización efectuadas a los fines de asegurar la identidad y calidad

de las semillas y la propiedad intelectual de las creaciones

fitogenéticas y garantizar que la producción y comercialización de las

mismas cumpla con la normativa aplicable en la materia: Ley N° 20.247,

Ley N° 25.845, Decreto 2183/91, Decreto 2817/91, Resolución N° 215 de

fecha 6 de octubre de 1999, la Resolución N° 270 de fecha 4 agosto a

2015, Resolución N° 77 de fecha 14 de junio de 2000 ,

RESOL-2018-378-APN-INASE#MA, RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA N° 4.248 del

Ministerio de Agroindustria, SENASA, INASE y AFIP, Resolución 207 de

fecha 23 de junio de 2016 del INASE, Resolución 579-E de fecha 4 de

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