ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2022-06-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS

Decreto 289/2022

DCTO-2022-289-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-36150913-APN-DNRYRT#MT, la Ley N°

11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°

18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación

de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.591 de Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente

conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus

modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre

de 2021, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio

Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional

homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus

modificatorios y el Acta Acuerdo del 20 de abril de 2022 de la Comisión

Negociadora del citado Convenio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones

colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y

sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado

por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la citada Ley

N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y

normas complementarias, arribaron a un acuerdo por el que se convino un

incremento en las retribuciones del personal permanente y no permanente

incluido en el ámbito del citado Convenio Colectivo de Trabajo y la

actualización de los valores del Régimen de percepción del Premio

Estímulo a la Asistencia.

Que, en tal contexto, se acordó un incremento en las retribuciones

mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes aprobadas

vigentes al 31 de mayo de 2021 para el personal de cada uno de los

escalafones y organismos comprendidos en el Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por

el Decreto N° 214/06, con vigencia a partir del 1° de mayo de 2022.

Que también se acordó en el marco de lo manifestado precedentemente que

se establecerán los valores y escalas retributivas de los escalafones y

entidades comprendidas en el Convenio Colectivo de Trabajo General, así

como los montos equivalentes a la Compensación por Viáticos, el

Adicional por Prestaciones de Servicios en la Antártida, el Reintegro

por Gastos de Comida y la Compensación por Gastos Fijos de Movilidad,

según los Anexos correspondientes, producto de la aplicación del

porcentaje propuesto.

Que, asimismo, se fijó el importe del Reintegro Mensual por Gastos de

Guarderías o Jardines Maternales a partir del 1° de mayo de 2022.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo

79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo

General para la Administración Pública Nacional, homologado por el

Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la

intervención prevista en los artículos 7°, 10 y concordantes de la

mencionada Ley N° 24.185.

Que en atención a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de

la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),

tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de

la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos

que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por

cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la Ley N° 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción

del Acta Acuerdo del 20 de abril de 2022 que dispone su vigencia a

partir del 1° de mayo de 2022.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes han tomado la intervención que les compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 20 de abril de 2022 y

sus Anexos I a XXIX de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo General para la Administración Pública Nacional sobre el

incremento de las retribuciones de todo el personal permanente y no

permanente, comprendido en su ámbito de aplicación, que como ANEXOS

IF-2022-39920189-APN-DNRYRT#MT e IF-2022-49327551-APN-SSCPR#JGM forman

parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia del incremento retributivo acordado en la

Cláusula Primera del Acta Acuerdo que se homologa por el artículo 1°

del presente será a partir del 1° de mayo de 2022, en las condiciones

establecidas por las partes intervinientes.

ARTÍCULO 3°.- La retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y

permanente de los y las agentes habilitados y habilitadas para realizar

servicios extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos

por terceros, no deberá superar el monto de PESOS SETENTA Y UN MIL

TRESCIENTOS VEINTICUATRO ($71.324) a partir del 1° de mayo de 2022.

Para determinar dicha retribución no se considerarán: los grados

extraordinarios que pudieran corresponder a cada agente afectado o

afectada, el valor de la Compensación por Zona, el Adicional por Tramo

en los casos y Nivel de Tramo que corresponda, las Compensaciones

Transitorias acordadas por el Acta Acuerdo de fecha 30 de noviembre de

2011, homologada por el Decreto N° 39 del 9 de enero de 2012, la

Compensación Transitoria acordada mediante la Cláusula Cuarta del Acta

Acuerdo de fecha 29 de mayo de 2015, homologada por el Decreto N° 1118

del 12 de junio de 2015, la Compensación por Gastos Incurridos

establecida en el Decreto Nº 750 del 18 de marzo de 1977 y sus

modificatorios, como asimismo el Premio Estímulo a la Asistencia

acordado por el Acta de fecha 23 de mayo de 2019, homologado por el

Decreto Nº 445 del 28 de junio de 2019 y sus modificatorios, y las

sumas fijas remunerativas no bonificables mensuales dispuestas en el

Decreto N° 56 del 13 de enero de 2020, mientras conserven la naturaleza

asignada por su norma de creación.

ARTÍCULO 4°.- Extiéndese el porcentaje de incremento salarial al que

refiere la Cláusula Primera del Acta Acuerdo que se homologa por el

artículo 1º del presente a las retribuciones de las Autoridades

Superiores de las Jurisdicciones, Entidades y Organismos del PODER

EJECUTIVO NACIONAL, incluidas las comprendidas en el Decreto Nº 838/94

y sus modificatorios, en el régimen del Decreto N° 1716/92 y su

normativa complementaria y en el Decreto N° 140/07 a partir de la fecha

que se indica en el artículo 2º del presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que el porcentaje de incremento salarial

previsto en la Cláusula Primera del Acta Acuerdo que se homologa por el

artículo 1° del presente será de aplicación para las remuneraciones del

personal civil de inteligencia de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA y

de los y las Profesionales Residentes Nacionales que se desempeñan en

los Establecimientos Hospitalarios e Institutos y Organismos que

dependen del MINISTERIO DE SALUD y en el HOSPITAL DE PEDIATRÍA

S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, a partir de la fecha que se

menciona en el artículo 2° del presente decreto.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 435 del 22 de marzo

de 2012 y sus modificatorios que establece el monto de la asignación de

becas, en orden a los valores que se detallan a continuación:

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ARTÍCULO 7°.- El porcentaje de incremento al que refiere el Acta

Acuerdo que se homologa por el artículo 1º del presente no será

extensivo a las sumas fijas remunerativas no bonificables mensuales

dispuestas en el Decreto N° 56/20.

ARTÍCULO 8°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - E/E Matías Lammens

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/06/2022 N° 39750/22 v. 01/06/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

[IMG]

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de ABRIL de 2022, siendo las 14:00 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN,

ante el Dr. Agustín CARUGO Director de la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS LABORAL

DEL SECTOR PÚBLICO, asistido por el Dr. Lisandro AYASTUY, en el marco

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General

Tiomologado por Decreto N° 214/06, COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI,

el Sr. SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lie. Gastón

SUÁREZ, acompañados por la Lie. Paula RECALDE y Líe. Cristina COSAKA,

por el MINISTERIO DE ECONOMÍA,

la Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lie. Florencia María JALDA, todos

ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en

representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

Sres. Felipe CARRILLO, Diego GUTIERREZ, Alejo CONDE y la Sra. Alejandra

LOPEZ ATIA, con el asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y en

representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)

el Sr. Secretario General Hugo GODOY junto a Sres. Rodolfo AGUIAR y

Flavio VERGARA, con el asesoramiento de la Dra. Mariana AMARTINO.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, en el uso de la palabra el Estado Empleador MANIFIESTA:

PRIMERA:

Otorgar un incremento salarial en las retribuciones del personal

permanente y no permanente incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo

General homologado por Decreto N° 214/06, del DIEZ POR CIENTO (10 %) a

partir del 1o de mayo de 2022, aplicable sobre las retribuciones

mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes aprobadas

vigentes al 31 de mayo de 2021.

SEGUNDA:

En el marco de lo manifestado en la cláusula precedente se establecerán

los valores y escalas retributivas de los escalafones y entidades

comprendidas en el Convenio Colectivo de Trabajo General, así como los

montos equivalentes a la Compensación por Viáticos, el Adicional por

Prestaciones de Servicios en la Antártida, el Reintegro por Gastos de

Comida, la Compensación por Gastos Fijos de Movilidad. A tal efecto, el

Estado Empleador se compromete a acompañar a las actuaciones de

homologación de la presente Acta los Anexos correspondientes, producto

de la aplicación del porcentaje propuesto.

Con respecto al Reintegro Mensual por Gastos de Guarderías o Jardines Maternales, se fija su importe en la suma de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 11.754.-) a partir del 01/05/2022.

TERCERA:

Incrementar los montos mensuales del Premio Estimulo a la Asistencia de

acuerdo al porcentaje y vigencia establecidos en la cláusula primera de

la presente, fijándolos de conformidad al cuadro que se acompaña a

continuación:

PREMIO ESTIMULO A LA ASISTENCIA

(Montos mensuales en pesos)op

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Cedida la palabra a la representación sindical U.P.C.N., MANIFIESTA:

que acepta de manera integral la propuesta del Estado

Empleador.---------------------------------------------

Cedida la palabra a la representación sindical A.T.E., MANIFIESTA: que

acepta de manera integral la propuesta del Estado

Empleador.--------------------------------------------

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento las propuestas efectuadas por el estado Empleador, y conforme lo

manifestado precedentemente por las representaciones sindicales, se

tiene por perfeccionado el acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-

IF-2022-39920189-APN-DNRYRT#MT

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ANEXO I

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL (CCTG) PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (APN) HOMOLOGADO POR DECRETO Nº 214/06

MONTOS EN PESOS CORRESPONDIENTES A LAS UNIDADES RETRIBUTIVAS (U.R) DE

LOS ESCALAFONES Y ORGANISMOS ENCUADRADOS DENTRO DEL CCTG PARA LA APN

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ANEXO II

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL (CCTG) PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (APN) HOMOLOGADO POR DECRETO Nº 214/06

MONTOS EN PESOS CORRESPONDIENTES A LAS UNIDADES RETRIBUTIVAS (U.R) DE

LOS ESCALAFONES Y ORGANISMOS ENCUADRADOS DENTRO DEL CCTG PARA LA APN,

INDICE UNO DEL PERSONAL DOCENTE CIVIL DE LOS DISTINTOS NIVELES Y

MODALIDADES DE LA ENSEÑANZA DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD y

MODULO BASICO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE

AVIACION CIVIL (ANAC).

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ANEXO III

CUERPO DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES

Remuneraciones vigentes al 1°/05/2022 - (En pesos)

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ANEXO IV

COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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ANEXO V

PERSONAL EMBARCADO DE LA DIRECCION NACIONAL DE CONSTRUCCIONES PORTUARIAS Y VIAS NAVEGABLES

ASIGNACION DE LA CATEGORIA A PARTIR DEL 1º/05/22 - EN PESOS

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(A PARTIR DEL 1º/05/22 - EN PESOS)

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(A PARTIR DEL 1º/05/22 - EN PESOS - POR DIA)

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(A PARTIR DEL 1º/05/22 - EN PESOS)

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ANEXO VI

CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO

Remuneraciones vigentes a partir del 1°/05/22 - En pesos

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ANEXO VII

PERSONAL DEL ESCALAFON GUARDAPARQUES

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22- En pesos

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Adicional remunerativo no bonificable vigente a partir del 1º/05/22 - En pesos

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Suma fija remunerativa y bonificable vigente a partir del 1º/05/22 - En pesos

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ANEXO VIII

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

En el marco del incremento salarial

acordado por medio de la presente Acta y en orden a la vigencia

establecida por la misma, se detalla que se incrementan las

retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes

aprobadas vigentes al 30/04/2022 correspondientes al personal de la

Autoridad Regulatoria Nuclear, en un 10% a partir del 1°/05/2022,

calculado sobre los montos vigentes al 31/05/2021.

ANEXO IX

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22- En pesos

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ANEXO X

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22

(En pesos)

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(1) La remuneración mínima se calcula tomando solamente el monto fijo mínimo.

(2) Se calcula tomando al monto fijo máximo como si fuera el 70% del total a pagar.

(3) El tope máximo de remuneración variable consiste en aplicar el 30% a la remuneración máxima.

ANEXO XI

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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ADICIONAL POR TITULO VIGENTE A PARTIR DEL 1º/05/22 - En pesos

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ANEXO XII

RÉGIMEN PARA EL PERSONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLOS DE LAS FUERZAS ARMADAS

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22- (En pesos)

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ANEXO XIII

RÉGIMEN PARA EL PERSONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLOS DE LAS FUERZAS ARMADAS

Suplemento Especial Remunerativo y No Bonificable Vigente a partir del 1º/05/22 - En pesos

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ANEXO XIV

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22

(En pesos)

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ANEXO XV

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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ANEXO XVI

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22

(En pesos)

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ANEXO XVII

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS

Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y Tecnológica a partir del 1º/05/22

(En pesos)

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ANEXO XVIII

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

Remuneraciones Vigentes a partir del 1º/05/22

(En pesos)

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ANEXO XIX

COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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SUMA FIJA REMUNERATIVA

NO BONIFICABLE

A partir del 1°/05/22 -En pesos

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ANEXO XX

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

Remuneraciones vigentes a partir del 1°/05/22

(En pesos)

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ANEXO XXI

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Remuneraciones vigentes a partir del 1°/05/22

(En pesos)

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ANEXO XXII

ESCALAFON DEL PERSONAL DE LA EX COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

(LEY 27.078)

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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ANEXO XXIII

PERSONAL DE LA EX - DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

Remuneraciones vigentes a partir del 1º/05/22 - (En pesos)

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ANEXO XXIV

PERSONAL DE LA EX - DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

IMPORTES MENSUALES A RECONOCER EN CONCEPTO DE ADICIONAL POR TITULO

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