EXPROPIACIONES
TENGASE POR LEY DE LA NACION, CUMPLASE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE A LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL Y ARCHIVESE.
AUTORIZASE LA EXPROPIACION DE BIENES EN CONCEPTO DE UTILIDAD PUBLICA
PODER EJECUTIVO NACIONAL
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Decreto N° 29.050/1948
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, públiquese, dése a
la Dirección General del Registro Nacional y archívese.
PERON.
Ramón A. Cereijo.
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