DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-11-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2914/1976

Bs. As., 19/11/1976

VISTO lo informado por el Comando en Jefe de la Armada y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario proceder a la actualización del Pliego de Bases y

Condiciones Generales para efectuar Licitaciones, que utiliza la

COMISION ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIONES DEL COMANDO EN JEFE DE LA

ARMADA - Ley Nº 20124, para las contrataciones comprendidas en su

régimen, toda vez que su texto debe recoger nuevos aspectos de la

realidad económica y de la experiencia administrativa en la materia;

Que por razones de economía y racionalización en el procedimiento es

conveniente facultar a la Autoridad de Aplicación de dicha Ley Nº 20124

en la jurisdicción del Comando En Jefe de la Armada, a dictar y poner

en vigencia los nuevos Pliegos de Bases y Condiciones para sus

contrataciones, como asimismo sus ulteriores modificaciones;

Que sin perjuicio de ello, es indispensable facultar a dicha Autoridad

de Aplicación para ratificar las decisiones tomadas en actuaciones

donde se verificaron alteraciones en la economía de los contratos

administrativos vigentes en el lapso comprendido entre el 4 de junio de

1975 y la fecha de entrada en vigor de la Ley Nº 21.391;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Facúltase a la

COMISION ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIONES DEL COMANDO EN JEFE DE LA

ARMADA - Ley Nº 20124 a dictar y poner en vigencia los nuevos Pliego de

Bases y Condiciones Generales para efectuar Licitaciones, y sus

ulteriores modificaciones.

Art. 2°— Facúltase a la

Comisión indicada en el artículo 1º precedente, en su carácter de

Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 20124, para ratificar las

decisiones respectivas, derivadas de la alteración en la economía de

los contratos administrativos vigentes entre el 4 de junio de 1975 y la

fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 21.391.

Art. 3° —Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.