ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2011-12-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 292/2011

Declárase el año 2012 como el “Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”.

Bs. As., 28/12/2011

VISTO y CONSIDERANDO:

Que Manuel Belgrano nació en Buenos Aires el 3 de junio de 1770, cursó

sus estudios en el Colegio de San Carlos y luego en las Universidades

de Salamanca y Valladolid en el Reino de España; graduándose como

Abogado y asumiendo en el año 1794 —en Buenos Aires— como Secretario

del Consulado, desde donde, entre otras actividades, fomentó la

educación.

Que durante las invasiones inglesas, en 1806, se incorporó a las milicias criollas para defender la ciudad.

Que cumplió un rol protagónico en la Revolución de Mayo de 1810 siendo

nombrado vocal de la Primera Junta, cargo que dejó el 22 de septiembre

del mismo año para asumir el mando de la expedición al Paraguay con el

grado de General en Jefe.

Que en el año 1812, el Primer Triunvirato dispuso la utilización de una

escarapela nacional de dos colores: blanco y azul celeste, conforme al

diseño propuesto por Belgrano, quien la hizo lucir a sus tropas.

Que el 27 de febrero de 1812, creó una bandera con los mismos colores

de la escarapela, reuniendo a sus tropas en Rosario, a orillas del río

Paraná y les ordenó a sus oficiales y soldados que le juraran fidelidad.

Que en ese sentido, cabe señalar que recientemente el HONORABLE

CONGRESO DE LA NACION sancionó la Ley Nº 26.721 mediante la cual se

designó al referido 27 de febrero de 2012, “Día del Bicentenario de la

creación y primera jura de la bandera argentina”.

Que Manuel Belgrano siempre demostró su amor por la Patria ya que, no

siendo militar, decidió con coraje asumir dicho rol cuando el país lo

necesitara.

Que cabe destacar especialmente el episodio que se conoce como el

“Exodo Jujeño”, en el cual el día 23 de agosto de 1812 el ejército

patriota comenzó la heroica retirada del pueblo de Jujuy con dirección

a Tucumán. Ello porque ante la inminencia del avance del poderoso

ejército español desde el norte, el General Belgrano emitió un bando

disponiendo el abandono de la ciudad, en términos contundentes: había

que dejar la tierra arrasada.

Que así se hizo, siendo Belgrano el último en dejar la ciudad, que fue

encontrada desolada luego por el enemigo; cumpliéndose en el año 2012

el Bicentenario de este notable suceso, siendo éste otro de los motivos

que merecen la honra a la memoria del Prócer.

Que en el año 1816 Belgrano participó activamente en el Congreso de

Tucumán, el cual declaró nuestra Independencia y, asimismo, decretó

como insignia nacional la bandera por él creada.

Que la vida e historia de Manuel Belgrano, por su honradez, valentía,

patriotismo y por sus ideas en pos de la libertad, la independencia

nacional, la igualdad y el fomento de la educación constituyen un

ejemplo a seguir por la ciudadanía argentina.

Que dicha reseña permite observar los extraordinarios servicios que

prestó a su país tanto en las luchas por lograr su independencia como

en los inicios de su organización institucional, inspirado en las ideas

políticas más avanzadas de su tiempo.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL considera importante resaltar y

difundir en el año 2012, la labor de quien realizara tan importantes

aportes al país.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase el año 2012 como el “Año de Homenaje al doctor D. MANUEL BELGRANO”.

Art. 2º — Dispónese que a

partir del 1º de enero de 2012, toda la papelería oficial a utilizar en

la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así

como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar en el

margen superior derecho un sello con la leyenda “2012 - Año de Homenaje

al doctor D. MANUEL BELGRANO”.

Art. 3º — En orden a lo

establecido en el artículo 1º del presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL

auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos

que contribuyan a la difusión en el país de la trayectoria pública del

doctor D. MANUEL BELGRANO.

Art. 4º — Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.

Art. 5º — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.