CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2014-03-20
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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CONTRATOS

Decreto 303/2014

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Bs. As., 13/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0004040/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº

3066/OC-AR, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, el

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” por un monto

de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S 24.000.000).

Que el objetivo general del Programa es contribuir al aumento de la

productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del

capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas. Para

lograr este objetivo, el Programa incluirá DOS (2) componentes con

acciones e instrumentos para ayudar a que más profesionales argentinos

se formen a nivel de postgrado en el exterior y un mayor número de

empresas y de instituciones de ciencia y tecnología capaciten a sus

recursos humanos en centros de excelencia internacionales.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2)

componentes: (i) “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” y (ii)

“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS a través de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO,

denominada en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, así como toda otra documentación

relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR

y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución

del “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, siempre y cuando no

constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni

deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 40 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005)

y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 3066/OC-AR a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES (U$S

24.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Becas

en Ciencia y Tecnología”, que consta de las Estipulaciones Especiales

integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas

por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Unico, cuyas copias autenticadas

forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo,

forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III,

las copias autenticadas de las “Políticas para la Adquisición de Bienes

y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y las

“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados

por el Banco Interamericano de Desarrollo”, respectivamente, ambas

correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

Nº 3066/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° —Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID Nº 3066/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1°

de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase a la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la SUBSECRETARIA DE

GESTION Y EMPLEO PUBLICO, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Becas en Ciencia y Tecnología”, quedando facultada para realizar todas

las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del

Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo

de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.