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TRANSFERENCIA DE ACCIONES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

TRANSFERENCIA DE ACCIONES

Decreto 304/98

**Autorizase a la firma Meller Sociedad Anónima, a transferir

acciones, a los accionistas integrantes del consorcio Aguas Argentinas

Sociedad Anónima, de acuerdo a lo establecido en el Contrato

de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable

y Desagües Cloacales.**

Bs. As., 18/3/98

B.O., 24/3/98

VISTO el expediente Nº 0477/98 del registro de la SECRETARIA

DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA

DE LA NACION, por medio del cual tramita la presentación

efectuada por la firma MELLER SOCIEDAD ANONIMA, requiriendo autorización

para la transferencia de sus acciones en AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD

ANONIMA, a los demás accionistas de la Concesionaria. y

CONSIDERANDO:

Que en el CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y

DESAGUES CLOACALES, aprobado por Decreto N° 787 de fecha

22 de abril de 1993, se estipula que los socios integrantes de

la sociedad concesionaria, deberán ser las mismas personas

que conformaron al adjudicatario, en las participaciones comprometidas

en la oferta.

Que asimismo en el mencionado contrato se prevé la posibilidad

de transferir acciones siempre que se mantenga la participación

del socio operador en un VEINTICINCO POR CIENTO 125%) del capital

social, y el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) en propiedad del

grupo adjudicatario (Conforme Cláusulas 2.3.2, 2.3.3 y

2.3.5 del referido Contrato).

Que el Estatuto Social de la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD

ANONIMA, aprobado por Decreto N° 787 de fecha 22 de abril

de 1993, establece en su artículo 4° inciso b) la

emisión - entre otras - de "...acciones Clase E, valor

nominal PESOS UNO ($ 1) Y un Voto por acción, 3.240.000

acciones ordinarias, transferibles previa autorización

del PODER EJECUTIVO...".

Que por las presentes actuaciones la Empresa MELLER SOCIEDAD ANONIMA

solicita autorización para transferir las 3.240.000 acciones

de su propiedad a diversos integrantes del Consorcio AGUAS ARGENTINAS

SOCIEDAD ANONIMA.

Que las limitaciones expuestas en los considerandos precedentes,

encuentran su fundamento en el carácter intuito personae

del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES

CLOACALES, especialmente en el Artículo XIII del Anexo

IX del mencionado Contrato.

Que por otra parte, el PLIEGO DE CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES

TECNICAS PARTICULARES, aprobado por Resolución N°

186 de la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (HOY,

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS

Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 24 de Junio de 1992, incluía

una previsión idéntica a la comentada del Contrato,

en su Capítulo 6., Punto 6.3.

Que resulta oportuno y conveniente fijar un plazo de SESENTA (60)

días, a partir de la publicación del presente, para

hacer efectiva la transferencia solicitada.

Que, dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectividad,

la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, deberá notificar

dicha circunstancia, a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO

SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter

de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión.

Que, esta instancia no formula objeciones a la transferencia accionaria,

atento a que la misma se efectuara dentro del propio grupo adjudicatario,

no vulnerándose las cláusulas del CONTRATO DE CONCESION

DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION

DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y

DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION

NACIONAL y la Ley Nº 23.696, y de conformidad con lo establecido

por el Decreto Nº 787/ 93.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º.-Autorízase a la firma MELLER

SOCIEDAD ANONIMA, a transferir 3.240.000 acciones ordinarias,

Clase E, de su propiedad, valor nominal PESOS UNO ($ 1) y un voto

por acción, a los accionistas integrantes del consorcio

AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, SUEZ LYONNAISE DES EAUX, SOCIEDAD

COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA, SOCIEDAD GENERAL DE AGUAS

DE BARCELONA y BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA,

en un todo de acuerdo a lo estipulado en el CONTRATO DE CONCESION

DEL SERVICIO DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES,

aprobado por DECRETO Nº 787/93.

Art. 2º-Concédese un plazo de SESENTA (60)

días para hacer efectiva la transferencia accionaria, que

se autoriza por el artículo 1°.

Art. 3º-La empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA,

dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectivizada la mencionada

transferencia, deberá notificar dicha circunstancia a la

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la

PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de Autoridad de

Aplicación del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE PROVISION

DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.

Art. 4º-Comuníquese el dictado del presente

acto a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA del ESTADO y SEGUIMIENTO

DE LAS PRIVATIZACIONES del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, y

al ENTE TRIPARTITO de OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.