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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 305/2014

Dase por designado el Director Nacional de Ejecución de Programas para la Agricultura Familiar.

Bs. As., 13/3/2014

VISTO el Expediente N° S01:0131229/2012 del Registro del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la

Administración Nacional para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014 aprobado

por las Leyes Nros. 26.728, 26.784 y 26.895, respectivamente, los

Decretos Nros. 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios

y complementarios, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3

de diciembre de 2008, 1.817 de fecha 8 de noviembre de 2011 y 168 de

fecha 3 de febrero de 2012, la Decisión Administrativa N° 175 de fecha

9 de abril de 2010, la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de

2012 del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración

Nacional para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014 aprobado por las Leyes

Nros. 26.728, 26.784 y 26.895, respectivamente, se dispuso el

congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha

de la sanción de las referidas normas, en las Jurisdicciones y

Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes

con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe

de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de

la disposición del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros

aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la

Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER

EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad

correspondiente.

Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 175 de fecha 9

de abril de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel

operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la

SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex -

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas pertenecientes al

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que asimismo, mediante la Resolución N° 1.091 de fecha 26 de octubre de

2012 del citado Ministerio, se aprobaron las segundas aperturas de la

estructura organizativa de las mencionadas Secretarías.

Que por el Decreto N° 168 de fecha 3 de febrero de 2012 se modificó el

organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y

PESCA.

Que por el Decreto N° 1.817 de fecha 8 de noviembre de 2011 se designó

al Ingeniero Agrónomo D. Juan Pablo IURMAN (M.I. N° 18.286.994), en UN

(1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de

Ejecución de Programas para la Agricultura Familiar de la SUBSECRETARIA

DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y

AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que el citado profesional ha presentado formalmente su renuncia a partir del 1 de abril de 2012.

Que para cubrir dicho cargo se propuso a la Ingeniera Agrónoma Da.

Nélida Graciela FREDDI (M.I. N° 17.416.841) hasta el 31 de diciembre de

2012.

Que para cubrir dicho cargo, encontrándose vacante a la fecha, se

propone al Médico Cirujano D. Ricardo Omar VISSANI (M.I. N° 11.972.217).

Que si bien los agentes que se proponen poseen condiciones de

experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo, deben ser exceptuados

de los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de

fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el Decreto N° 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus

modificatorios y complementarios, establece, entre otras medidas, un

régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran

los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para

cumplir funciones políticas, cuando su residencia sea permanente y se

encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km) de la

sede de los respectivos organismos que revistan.

Que el agente citado precedentemente tiene su residencia permanente en

la Ciudad de Córdoba, Provincia de CORDOBA, conforme lo acreditado con

la documentación pertinente.

Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una

excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7° del

Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios

2012, 2013 y 2014 aprobado por las Leyes Nros. 26.728, 26.784 y 26.895,

respectivamente, según corresponda.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de

2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 del

Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios

2012, 2013 y 2014 aprobado por las Leyes Nros. 26.728, 26.784 y 26.895,

respectivamente, y 1° del citado Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por aceptada

la renuncia presentada por el Ingeniero Agrónomo D. Juan Pablo IURMAN

(M.I. N° 18.286.994), al cargo de Director Nacional de Ejecución de

Programas para la Agricultura Familiar de la SUBSECRETARIA DE

AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA

FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a partir del

1 de abril de 2012.

Art. 2° —Dase por designada

transitoriamente a partir del 2 de abril de 2012 y hasta el 31 de

diciembre de 2012, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva

I, de Directora Nacional de Ejecución de Programas para la Agricultura

Familiar de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA

DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a la Ingeniera Agrónoma Da. Nélida

Graciela FREDDI (M.I. N° 17.416.841), autorizándose el correspondiente

pago, de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y

con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos

establecidos en el Artículo 14 del Anexo del mencionado Decreto N°

2.098/08, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7°

del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio

2012 aprobado por la Ley N° 26.728.

Art. 3° —Dase por designado

transitoriamente a partir del 1 de enero de 2013 y por el término de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del

presente decreto, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I,

de Director Nacional de Ejecución de Programas para la Agricultura

Familiar de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA

DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al Médico Cirujano D. Ricardo Omar

VISSANI (M.I. N° 11.972.217), autorizándose el correspondiente pago de

Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.)

aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por

el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con autorización

excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el

Artículo 14 del Anexo del mencionado Decreto N° 2.098/08, y con

carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° del Presupuesto

General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014

aprobado por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Art. 4° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de

selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los

Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto N° 2.098/08, dentro del

plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del

dictado del presente decreto.

Art. 5º — Inclúyese con

carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre

a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km) de la CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de las previsiones del Decreto N°

1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y

complementarios, al Médico Cirujano D. Ricardo Omar VISSANI (M.I. N°

11.972.217), a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la

fecha de dictado del presente decreto.

Art. 6° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA.

Art. 7º — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H.

Casamiquela.