EXPORTACIONES
ELEVASE AL DIEZ POR CIENTO EL PORCENTAJE DE REINTEGROS FIJADO POR EL DECRETO nº 140/70
EXPORTACIONES
DECRETO Nº 3.058
Bs. As., 29/12/70
VISTO el Decreto Nº 140/70, y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente elevar porcentaje de reintegros existente según el sistema vigente, para otorgar un nivel de estímulo adecuado;
Que dicha elevación es la que, por otra parte, resulta compatible con el nuevo régimen de reintegros implantado con carácter opcional, por el Decreto Nº 3.056;
Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 6.671/63, modificado por la Ley Nº 18.893;
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Elévase al diez por ciento (10 %) el porcentaje de reintegros fijado por el Decreto Nº 140/70 y sus disposiciones complementarias.
Art. 2º — El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEVINGSTON.
Aldo Ferrer.
Leonardo Anidjar.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.