COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
Decreto 306/2006
Apruébase la escala de remuneraciones para el personal de planta permanente del citado organismo. Cese de aplicación de los Decretos Nº 682/2004 y Nº 1993/2004, en dicho ámbito.
Bs. As., 21/3/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0276412/2005 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 2005), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO se tramitó el incremento salarial del personal dependiente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la estructura salarial de dichos trabajadores no ha sufrido modificación desde su aprobación ocurrida en el año 1996.
Que por el Decreto Nº 875 de fecha 20 de julio de 2005, se homologó el incremento salarial para los trabajadores de la Administración Pública Nacional comprendidos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.PA.).
Que dicho incremento se encontró limitado al personal comprendido en el régimen aludido precedentemente, sin contemplar al personal de la Administración Pública Nacional regido por las normas de la Ley Nº 20.744, de Contrato de Trabajo (T.O. 1976) y sus modificatorias.
Que el personal de planta permanente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, se encuentra regido en su relación laboral por el Régimen de Contrato de Trabajo, no habiendo sido alcanzados sus dependientes por los incrementos mencionados.
Que consecuentemente ha tomado intervención el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por conducto de Acta de fecha 24 de agosto de 2005, en el marco de lo actuado en el Expediente Nº 1128944/05, del Registro del Ministerio citado precedentemente, por la que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, se comprometió a elaborar una propuesta de incremento salarial en condiciones similares a las otorgadas al personal de la Administración Pública Nacional, para ser elevada a la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que asimismo mediante Acta Acuerdo de fecha 26 de agosto de 2005, suscripta por representantes de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN) se formalizó un preacuerdo de incremento de la escala salarial para el personal comprendido en el Régimen de la Ley Nº 20.744, de Contrato de Trabajo (T.O. 1976) y sus modificatorias.
Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la debida intervención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la escala de remuneraciones, que como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto, para el personal de planta permanente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS comprendido en el régimen de la Ley Nº 20.744, de Contrato de Trabajo (T.O. 1976) y sus modificatorias.
Art. 2º — A partir de la aprobación dispuesta en la presente medida, cesa la aplicación de los Decretos Nº 682 de fecha 31 de mayo de 2004 y Nº 1993 de fecha 29 de diciembre de 2004, en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida, será atendido con cargo a los créditos de las partidas específicas de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Carlos A. Tomada. — Felisa Miceli.
ANEXO I
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE
ESCALA SALARIAL
CARGOS
SUELDO BASICO
DEDICACION FUNCIONAL
ADICIONAL FUNCION CARGO JERARQUICO
TOTAL
AUDITOR
2280
2280
3360
7920
GERENTE
2280
2280
3360
7920
SUBGERENTE
1320
1320
2760
5400
JEFE DEPARTAMENTO
1200
1200
2400
4800
SENIOR A
2100
2100
4200
SENIOR B
1800
1800
3600
SEMISENIOR I
1500
1500
3000
SEMISENIOR II
1200
1200
2400
JUNIOR I
900
900
1800
JUNIOR II
775
775
1550
ADMINISTRATIVO I
750
750
1500
ADMINISTRATIVO II
575
575
1150
| CARGOS | SUELDO BASICO | DEDICACION FUNCIONAL | ADICIONAL FUNCION CARGO JERARQUICO | TOTAL |
|---|---|---|---|---|
| AUDITOR | 2280 | 2280 | 3360 | 7920 |
| GERENTE | 2280 | 2280 | 3360 | 7920 |
| SUBGERENTE | 1320 | 1320 | 2760 | 5400 |
| JEFE DEPARTAMENTO | 1200 | 1200 | 2400 | 4800 |
| SENIOR A | 2100 | 2100 | 4200 | |
| SENIOR B | 1800 | 1800 | 3600 | |
| SEMISENIOR I | 1500 | 1500 | 3000 | |
| SEMISENIOR II | 1200 | 1200 | 2400 | |
| JUNIOR I | 900 | 900 | 1800 | |
| JUNIOR II | 775 | 775 | 1550 | |
| ADMINISTRATIVO I | 750 | 750 | 1500 | |
| ADMINISTRATIVO II | 575 | 575 | 1150 |
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.