CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS
Decreto 310/2007
Apruébase la estructura organizativa del citado
organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Ciencia,
Tecnología e Innovación Productiva del Ministerio de Educación, Ciencia
y Tecnología.
Bs. As., 29/3/2007
VISTO el Expediente Nº 606/06 en DOS (2) cuerpos del
registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE
EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, el Decreto Nº 1207 del 24 de octubre
de 1996, los Decretos Nros. 1661 y 1664, ambos del 27 de diciembre de
1996 y la Ley Nº 26.198, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1661 del 27 de diciembre de
1996, se establecieron las misiones y funciones, conducción, gestión y
control, fomento y ejecución de las actividades científicas y
tecnológicas del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS.
Que las actividades científicas y tecnológicas que
desarrolla el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS en las diferentes áreas del conocimiento son de prioritario
interés nacional.
Que el Gobierno Nacional ha manifestado su intención
de jerarquizar, entre otros, el sector científico y tecnológico,
constituyendo la presente medida un instrumento adecuado para tal fin.
Que la jerarquización de la actividad científico
tecnológica ha traído aparejado el fortalecimiento de las distintas
ramas de investigación y la incorporación de nuevos ámbitos de
estudios, para lo cual el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS ha venido desarrollando un programa de
incorporación de investigadores y becarios a los distintos programas.
Que por Decreto Nº 1207 del 24 de octubre de 1996 se
aprobó la estructura organizativa del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Que por el Decreto Nº 1664/96 se modificó el ANEXO
II del Decreto Nº 1207/96, en la parte correspondiente a la Gerencia de
Gestión Operativa, incorporándose al mismo la Responsabilidad Primaria
y Acciones correspondiente a la Asesoría Legal.
Que por Resolución Nº 1089 del 30 de junio de 1997
del entonces MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, se aprobaron las
aperturas inferiores de las unidades organizativas del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Que razones de índole operativas y reordenamiento
estratégico aconsejan proyectar una nueva conformación organizativa que
le permita al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS afianzar la red institucional de investigación y desarrollo en
todo el país y dotarla de los recursos de gestión necesarios para
cumplir en forma eficaz las importantes misiones y funciones a su cargo.
Que el artículo 7º de la Ley Nº 26.198 dispuso el
congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha
de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con
posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que razones de operatividad del organismo hacen
imprescindible la excepción al descongelamiento de los cargos de
conducción que se aprueban por el presente decreto.
Que el artículo 11 de la citada ley estableció que
las facultades otorgadas al señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán
ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la
CONSTITUCION NACIONAL y 11 de la Ley Nº 26.198.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Apruébase la estructura
organizativa del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE
EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de conformidad con los objetivos,
organigrama, responsabilidad primaria y acciones y dotación, los que
como ANEXOS I, II, III y IV forman parte integrante del presente
decreto.
Art. 2º— Apruébanse el Organigrama, la
Conformación y Características de las Unidades Tipo integrantes de la
RED INSTITUCIONAL del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS, que como ANEXOS V y VI forman parte integrante de la presente
medida.
Art. 3º— Facúltase al Directorio del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS a aprobar la
cantidad de DOCE (12) Coordinaciones de la Unidad de Administración
Territorial, de conformidad con el total de cargos aprobados y
financiados por las respectivas leyes de presupuesto.
Art. 4º— Apruébanse en el ámbito del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS las
Coordinaciones que se detallan de acuerdo al Listado y Acciones que
como ANEXOS VII y VIII, forman parte integrante de la presente medida.
Art. 5º— Los cargos correspondientes a
Gerente de Asuntos Legales, Gerente de Desarrollo Científico y
Tecnológico y Auditor Interno Titular que se aprueban por el presente
decreto, serán extraescalafonarios y tendrán una remuneración
equivalente al Nivel A Grado 0 Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL
DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA - Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).
Art. 6º— Exceptúase de la prohibición
contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.198, la cobertura de los
cargos vacantes financiados que se detallan en el ANEXO IX, que forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 7º— En un plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días de sustanciados los concursos de los puestos de conducción
que se aprueban en el presente decreto, el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, deberá aprobar el proyecto de
estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a
las que se aprueban por la presente medida. Hasta tanto ello ocurra, se
mantiene la vigencia de las aperturas inferiores existentes a la fecha
de publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados
de revista correspondientes.
Art. 8º— Facúltase al Directorio del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, previa
intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, a redistribuir y modificar el ANEXO IV
—Dotación— del presente decreto, en conformidad con el total de cargos
aprobados y financiados por las respectivas leyes de presupuesto.
Art. 9º— Deróganse los Decretos Nros. 1207
de fecha 24 de octubre de 1996 y 1664 del 27 de diciembre de 1996 y sus
normas modificatorias y/o complementarias.
Art. 10.— El gasto que demande el
cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo las partidas
específicas asignadas a la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION,
CIENCIA Y TECNOLOGIA - Entidad 103 CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Art. 11.— Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. —
Alberto A. Fernández. — Daniel F. Filmus.
ANEXO I
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS
(CONICET)
OBJETIVOS
Fomentar y subvencionar la investigación
científica y tecnológica, y las actividades de apoyo que apunten al
avance científico y tecnológico en el país, al desarrollo de la
economía nacional y al mejoramiento de la calidad de vida, considerando
los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional.
Fomentar el intercambio y la cooperación
científico-tecnológica dentro del país y con el extranjero.
Otorgar subsidios a proyectos de investigación.
Otorgar pasantías y becas para la capacitación y
perfeccionamiento de egresados universitarios, o para la realización de
investigaciones científicas en el país y en el extranjero.
Organizar y subvencionar institutos, laboratorios
y centros de investigación, que funcionen en universidades y en
instituciones oficiales o privadas, o bajo la dependencia directa del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Administrar las Carreras del Investigador
Científico y del Personal de Apoyo a la Investigación y al Desarrollo.
Instituir premios, créditos y otras acciones de
apoyo a la investigación científica.
Brindar asesoramiento a entidades públicas y
privadas en el ámbito de su competencia.
ANEXO II
[IMG]
*(GERENCIA
DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA incorporada con dependencia directa del
Directorio, por art. 1° de la*[Decisión
Administrativa N° 321/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=275138)*B.O.
21/5/2017)*
(DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS incorporada por art. 1° de laResolución N° 2189/2017del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas B.O. 5/9/2017)
ANEXO III
PRESIDENCIA
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir al funcionamiento y mejora institucional
mediante el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno, en
función de la normativa aplicable en la materia, contribuyendo al
funcionamiento y mejora institucional.
ACCIONES
Realizar auditorías administrativo contables,
operativas, legales y de sistemas de la gestión en la administración
central y la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS y proporcionar los informes correspondientes a
la conducción institucional y a las instancias de control externo del
sector público.
Proporcionar a la conducción institucional y a
las áreas auditadas los hallazgos y recomendaciones derivados de los
procesos de auditoría y efectuar el seguimiento de las observaciones.
Asesorar a la autoridad superior del organismo en
la determinación de las normas y procedimientos inherentes al sistema
de control interno.
Elaborar la información a solicitud de la
Sindicatura General de la Nación en lo atinente al desarrollo de sus
actividades y en cumplimiento de la normativa correspondiente.
DIRECCION DE RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Impulsar y atender las relaciones institucionales
con las organizaciones regionales e internacionales oficiales y
privadas, y con los organismos públicos nacionales y provinciales,
promoviendo, la celebración de convenios bilaterales y multilaterales.
ACCIONES
Contribuir a la articulación e integración de la
institución con su contexto mediante la administración de las
relaciones públicas e institucionales del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS con organismos públicos y
privados nacionales e internacionales en el marco de las políticas
institucionales, el aporte a la promoción, desarrollo y gestión de la
red institucional de ciencia y tecnología y la colaboración en el
desarrollo de fuentes de recursos financieros para el soporte de la
actividad Científica y Técnica.
Desarrollar, fortalecer y consolidar la imagen y
posicionamiento institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS a través del desarrollo de contenidos
comunicacionales y la administración de su difusión a través de los
medios y canales de comunicación.
Administrar la gestión y adjudicación de premios
institucionales a la innovación tecnológica en el marco de la gestión y
consolidación de las relaciones institucionales.
GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Prestar asesoramiento y asistencia jurídica al
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, dictaminar
sobre las decisiones de la institución en el ámbito de su competencia,
ejercer su representación en toda acción legal que le competa y
sustanciar recursos y sumarios administrativos.
ACCIONES
Dictaminar desde el punto de vista jurídico, a
partir de la interpretación de la normativa vigente acerca de las
decisiones que comprometan a la institución y prestar soporte jurídico
a la firma de actos administrativos que comprometan a la institución.
Prestar servicios de asesoramiento, asistencia
legal y servicios jurídicos a la conducción, gerencias de la
institución y red institucional, elaborar proyectos normativos de
alcance general y gestionar la difusión de los actos administrativos.
Ejercer la representación de la institución o
facultar a abogados del Estado en toda acción legal y administrativa.
Administrar el Digesto Normativo Institucional.
Gestionar las investigaciones administrativas y
sustanciación de sumarios.
Coordinar el proceso de elección de autoridades,
actuando como responsable del desarrollo del proceso electoral.
Gestionar la registración patrimonial de bienes
inmuebles.
GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES
DIRECCION DE SERVICIO JURIDICO
ACCIONES
Emitir el dictamen jurídico previo sobre
decisiones institucionales conforme al ordenamiento procesal vigente.
Prestar servicios de asesoramiento y asistencia
legal a la conducción, gerencias de la institución y red institucional.
Ejercer la representación legal de la institución
en toda acción legal y administrativa.
Prestar servicio de interpretación de la
normativa vigente requerida para la toma de decisiones institucionales.
Administrar el Digesto Normativo institucional.
Gestionar la registración patrimonial de bienes
inmuebles.
GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES
DIRECCION DE SUMARIOS
ACCIONES
Intervenir en la sustanciación de los sumarios
disciplinarios que ordenen instruir las autoridades del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Realizar las investigaciones de los hechos u
omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
Realizar las investigaciones de aquellos hechos u
omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la
realización de un sumario.
Supervisar la recopilación de los informes y la
documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la
responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos
competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
Fiscalizar la realización de diligencias a que
alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte
necesaria.
Mantener actualizado un registro unificado de
todos los sumarios en trámite en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES
DIRECCION DE CONTROL LEGAL Y TECNICO
ACCIONES
Analizar, asesorar y emitir opinión sobre los
aspectos técnico-formales de todo acto administrativo que comprometa a
la institución.
Prestar asistencia a los sectores respecto de la
elaboración de actos administrativos desde el punto de vista técnico
formal y de gestión.
Elaborar proyectos de actos administrativos de
alcance general dentro del marco normativo vigente.
Prestar asistencia legal y técnica requerida para
la sanción de actos administrativos que comprometan a la institución.
Administrar el proceso de protocolización de las
decisiones formales que comprometan a la institución.
Administrar el registro, la comunicación a las
unidades internas que correspondiere y ejercer la custodia de la
documentación formal que comprometa a la institución.
Ordenar y controlar la publicación de los actos
administrativos mediante los medios electrónicos y edición de los
boletines anuales.
GERENCIA DE EVALUACION Y PLANIFICACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir a la producción y mejoramiento de la
generación de conocimiento científico y tecnológico en el marco de la
red institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS mediante el soporte técnico a la formulación de las políticas
y estrategias institucionales en términos de planes que orienten y
faciliten la mejor asignación de recursos, el control y evaluación de
resultados e impactos de su aplicación, la generación de información
sobre el sistema de ciencia y tecnología y el apoyo técnico a la
gestión de evaluación e incorporación a la red institucional del
sistema de capital humano e iniciativas de producción de conocimiento
científico y tecnológico.
ACCIONES
Administrar los procesos de planificación,
control y evaluación de resultados institucionales de manera articulada
con el presupuesto institucional, proporcionar apoyo y asistencia a las
unidades que participan de su elaboración, consolidar y elaborar los
planes y la información de resultados institucionales y proporcionar a
la conducción política y gerencial asesoramiento, asistencia técnica e
información estratégica sobre el logro de resultados e impactos.
Coordinar los procesos de evaluación de recursos
humanos de la red institucional de ciencia y tecnología y de becarios a
través de los órganos asesores y proporcionar soporte técnico y
operativo a las instancias institucionales participantes.
Coordinar y apoyar la gestión de evaluación de
proyectos de investigación y desarrollo a través de órganos asesores y
proporcionar soporte técnico y operativo a las instancias
institucionales participantes.
Generar información y conocimiento sobre la
gestión y resultados en materia de ciencia y tecnología y ponerla a
disposición de los actores internos y externos al sistema.
Desarrollar, promover criterios, metodologías e
instrumentos de evaluación de la gestión y resultados de ciencia y
tecnología y prestar asistencia en su aplicación.
GERENCIA DE EVALUACION Y PLANIFICACION
DIRECCION DE COORDINACION DE ORGANOS ASESORES
ACCIONES
Coordinar y apoyar la gestión de evaluación de
ingresos y desarrollo de recursos humanos de la red institucional de
CyT a través de órganos asesores.
Coordinar y apoyar la gestión de evaluación de
ingresos y desarrollo de becarios de la red institucional de CyT a
través de órganos asesores.
Coordinar y apoyar la gestión de evaluación de
proyectos de investigación y desarrollo a través de órganos asesores.
Intervenir en la gestión de adjudicación de
premios a la innovación CyT mediante su evaluación a través de cuerpos
colegiados.
Prestar asistencia en el desarrollo de criterios,
metodologías e instrumentos de evaluación de la gestión y resultados de
ciencia y tecnología y su aplicación.
GERENCIA DE EVALUACION Y PLANIFICACION
DIRECCION DE PLANIFICACION Y EVALUACION INSTITUCIONAL
ACCIONES
Coordinar y administrar el proceso de
planificación, control y evaluación de resultados del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, prestando asesoramiento y
asistencia a las unidades organizativas en la elaboración de sus
respectivos planes y controles de manera articulada con el proceso de
elaboración y control presupuestario.
Desarrollar e implantar criterios, metodologías e
instrumentos de evaluación de la gestión y resultados de ciencia y
tecnología.
Proporcionar apoyo técnico en los procesos de
evaluación de recursos humanos y de becarios de la red institucional de
CyT y de proyectos de investigación y desarrollo a través de órganos
asesores.
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS (CONICET)
GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
*(Gerencia incorporada por art. 1° de
la*[Decisión
Administrativa N° 321/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=275138)*B.O.
21/5/2017)*
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Promover el desarrollo y transferencia de tecnologías generadas por el
Consejo, en forma exclusiva o en cooperación con otras organizaciones
públicas o privadas.
ACCIONES:
Promover la vinculación del Consejo con diversos actores sociales y
productivos, públicos y privados, nacionales e internacionales, para
atender sus demandas de innovación y servicios tecnológicos.
Promover iniciativas de desarrollo tecnológico que aborden los
desafíos planteados y posibiliten la generación de soluciones a los
mismos.
Relevar, sistematizar y facilitar la comunicación y el acceso a la
oferta tecnológica del Organismo por parte del medio socio-productivo,
entendiendo por aquella a las tecnologías, los servicios y capacidades
de desarrollo e innovación del Consejo.
Promover y gestionar la implementación de sistemas de protección de
los conocimientos y resultados de las investigaciones, en el ámbito
nacional e internacional, sean estos logrados por sí o en conjunto con
terceros.
Diseñar una apropiada estrategia de desarrollo y transferencia de
las tecnologías del Consejo a la sociedad.
Administrar los instrumentos de vinculación y transferencia del
Consejo, tales como convenios de I+D, convenios de licencia, servicios
tecnológicos, consorcios público privados, entre otros, con el objetivo
de hacer ágil y efectiva la vinculación y transferencia con terceros.
Proponer al Directorio del Consejo, nuevos instrumentos y la
actualización del marco normativo sobre la temática de vinculación y
transferencia que respondan adecuadamente a las necesidades de
vinculación y transferencia de tecnologías del Consejo y a los cambios
en el medio social y productivo, con el objetivo de hacer más efectivo
y expeditivo el aprovechamiento social de los conocimientos generados
por el Consejo.
Impulsar y gestionar iniciativas y proyectos que aborden temáticas
tecnológicas estratégicas para el país.
Registrar el impacto de las actividades de desarrollo y
transferencia tecnológica realizadas y brindar soporte operativo para
la adecuada evaluación de las mismas por parte de los órganos
competentes.
Administrar el financiamiento de las actividades de desarrollo y
vinculación tecnológica.
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS
(Acciones incorporadas por art. 1° de laResolución N° 2189/2017del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas B.O. 5/9/2017)
ACCIONES
Detectar las necesidades, problemas y oportunidades tecnológicas y
sociales, a nivel nacional, regional y local.
Impulsar y fortalecer territorialmente las capacidades de
vinculación y transferencia tecnológica del Consejo en las diversas
regiones del país, a través de la Red de Oficinas de Vinculación
Tecnológica.
Asistir en la identificación, formulación y gestión de proyectos de
investigadores del Consejo vinculados al Desarrollo Tecnológico y
Social e identificar los instrumentos de financiamiento disponibles
para los mismos.
Detectar, analizar y gestionar proyectos que posibiliten y
contribuyan a una mejor transferencia de tecnologías específicas o a la
aceleración del su desarrollo.
Evaluar técnica y económicamente, las tecnologías que se desarrollen
en el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
(CONICET), identificando sus posibilidades de transferencia.
Gestionar los procesos de protección de la propiedad intelectual, el
desarrollo y transferencia de las tecnologías del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), promoviendo la
vigilancia tecnológica.
Realizar el seguimiento de los proyectos de desarrollo tecnológico y
de las tecnologías transferidas por el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).
Negociar con terceras partes acuerdos de desarrollo y transferencia
de tecnologías del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS (CONICET), para beneficio del Consejo y la sociedad en su
conjunto.
Promover la generación de Empresas de Base Tecnológica a partir de
resultados de investigación del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), asistiendo a los agentes del Consejo
que se involucren en las mismas.
Promover la comunicación de las actividades de vinculación
tecnológica a la sociedad: medios de comunicación, ferias, congresos,
seminarios, y de los proyectos llevados a cabo por los investigadores
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET).
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir a la producción y mejoramiento de la
generación de conocimiento científico y tecnológico en el marco de la
red institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS mediante la promoción, desarrollo y consolidación de la misma,
la gestión de proyectos, la prestación de servicios y el desarrollo de
productos y fuentes de financiamiento para el sector científico y
tecnológico.
ACCIONES
Promover, desarrollar y gestionar una red
institucional de producción de ciencia y tecnología mediante el
desarrollo y consolidación de alianzas con instituciones nacionales e
internacionales públicas y privadas para la gestión y desarrollo de
CyT, la integración de recursos humanos a la misma incluyendo la
gestión de la disponibilidad de ámbitos institucionales de trabajo
científico tecnológico para los recursos humanos del sistema
institucional y la intervención en los desarrollos e implantaciones de
procesos de gestión.
Promover, desarrollar y gestionar, a través de
los integrantes de la red institucional del CONICET, proyectos de
investigación y desarrollo en el ámbito nacional e internacional,
explotación comercial de los resultados de la investigación y
transferencia de tecnología y prestación de servicios de ciencia y
tecnología al sector público y privado.
Realizar y promover el desarrollo de productos,
servicios y fuentes de recursos e instrumentos de gestión para la
producción de conocimiento científico y tecnológico.
Administrar el proceso de monitoreo, seguimiento
y control de gestión y resultados de la producción de ciencia y
tecnología realizado a través de la red institucional del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, coordinadamente con
las unidades organizativas responsables de los temas específicos, en el
marco de los sistemas de planificación, control y presupuesto
institucionales y proporcionar a la conducción política y gerencial
información estratégica sobre avances de gestión y logros de resultados.
Aprobar técnicamente las transferencias y gestión
de los fondos relativos a la investigación, innovación y transferencia
de tecnología.
Intervenir en la promoción y difusión de las
actividades y resultados de la producción de CyT.
*(Dirección de
Vinculación Tecnológica derogada en virtud de la modificación de la*[Decisión
Administrativa N° 321/2017](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=275138)*B.O.
21/5/2017)*
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE DESARROLLO Y GESTION DE UNIDADES
DIVISIONALES
ACCIONES
Coordinar la gestión de unidades divisionales de
la red institucional de producción de ciencia y tecnología de manera
articulada con las alianzas estratégicas nacionales e internacionales.
Gestionar la disponibilidad y adecuación de
ámbitos institucionales de trabajo científico tecnológico mediante un
uso adecuado de los recursos materiales en las unidades de la red
institucional.
Administrar el proceso de programación operativa,
financiamiento, control, monitoreo, seguimiento y evaluación de las
actividades y los resultados de las unidades divisionales de la red
institucional, coordinadamente con las unidades organizativas
responsables de los temas específicos.
Participar en el desarrollo de fuentes de
recursos de CyT y en los desarrollos de instrumentos de gestión de CyT.
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE CONVENIOS Y PROYECTOS
ACCIONES
Promover, desarrollar y gestionar una red
institucional de producción de ciencia y tecnología mediante el
desarrollo y consolidación de alianzas con instituciones nacionales e
internacionales.
Promover fuentes de recursos nacionales e
internacionales de CyT.
Administrar el proceso de convocatoria y
presentación de proyectos de investigación y desarrollo de CyT y
actividades de apoyo a los mismos.
Promover mecanismos de articulación con el sector
privado: identificación de acciones y áreas de complementación,
instrumentos de participación, búsqueda de estrategias y acciones para
la transferencia y desarrollo del sector.
Coordinar y supervisar la ejecución y
financiamiento de proyectos de investigación de CyT y participar en el
seguimiento de los mismos.
Implementar la gestión administrativa y ejecución
de los acuerdos y convenios de cooperación y el correspondiente
seguimiento de sus resultados.
Implementar la financiación de proyectos por
fuentes externas al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS.
Asistir en materia de su vinculación
institucional a los demás integrantes de la red institucional del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Participar en los desarrollos de instrumentos de
gestión de CyT.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir al adecuado funcionamiento y mejora
institucional mediante la oportuna prestación de servicios de gestión
administrativa de personal a todas las instancias de la administración
central y la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS y la provisión y desarrollo de los recursos
humanos necesarios para la misma mediante la incorporación,
capacitación y desarrollo de los recursos humanos.
ACCIONES
Coordinar la gestión administrativa de personal
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS en las
unidades centrales y en las restantes organizaciones de la red
institucional y aprobar administrativamente su liquidación de haberes.
Realizar la gestión administrativa de los
becarios de la red institucional de producción de ciencia y tecnología
y aprobar administrativamente los estipendios correspondientes.
Coordinar, administrar y prestar soporte a la
gestión de incorporación de recursos humanos y becarios de la red
institucional y del personal de la administración central del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y administrar los
requisitos de compatibilidad con otras actividades
científico-tecnológicas de los mismos.
Coordinar, administrar y prestar soporte a la
gestión de capacitación y desarrollo de investigadores, personal de
apoyo y becarios de la red institucional y del personal de la
administración central del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
Gestionar la administración de los recursos
humanos y becarios del CONICET.
Gestionar y proveer de la información necesaria
para la liquidación de haberes de los recursos humanos del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, así como para la
liquidación de estipendios de los becarios.
Gestionar administrativamente la incorporación de
los recursos humanos y becarios seleccionados por el CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
Gestionar los procesos de capacitación, promoción
y desarrollo de los recursos humanos y becarios del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Gestionar las convocatorias para la selección e
incorporación de los recursos humanos y becarios del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Administrar la gestión académica de la actividad
de investigación y desarrollo de los recursos humanos y becarios del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE ORGANIZACION Y SISTEMAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir al desarrollo y mejoramiento de la
capacidad de gestión de la administración central del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS central y su red
institucional mediante el desarrollo e implantación de instrumentos de
transformación institucional hacia la gestión electrónica de trámites y
proporcionar servicios de gestión documental, informática y de
comunicaciones.
ACCIONES
Proporcionar a los usuarios de la red
institucional y a la administración central del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS el soporte de gestión
electrónica de trámites y realizar la gestión de atención y orientación
de usuarios.
Realizar la ingeniería y reingeniería de los
procesos de gestión de la administración central y la red institucional
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y
proporcionar soporte y asistencia a su implantación institucional,
incluyendo diseños de normas y procedimientos y asistencia técnica a
las puestas en marcha.
Realizar los desarrollos informáticos requeridos
para los procesos de gestión de la administración central y la red
institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS; realizar las correspondientes implantaciones de los sistemas
en cuanto a software y hardware así como proporcionar asistencia
técnica a usuarios en las puestas en marcha y promover acciones de
certificación de calidad de procesos.
Administrar la infraestructura informática y de
comunicaciones de la institución en cuanto a software y equipamiento y
realizar la gestión de su mantenimiento.
Proporcionar a toda la organización el servicio
de gestión de documentación administrativa, incluyendo su recepción y
distribución a través de mesas de entrada y soporte de gestión
electrónica de trámites.
GERENCIA DE ORGANIZACION Y SISTEMAS
DIRECCION DE GESTION DE USUARIOS Y RED
ACCIONES
Proporcionar a los usuarios de la red
institucional y a la administración central del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS el soporte de gestión
electrónica de trámites y la atención y orientación de los usuarios
mediante call center.
Proporcionar a la administración central del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS el servicio
de recepción y distribución de documentación a través de mesa de
entrada y salida observando los plazos de tramitación cuando sea
pertinente.
Administrar y mantener la información electrónica
referida a los trámites y su seguimiento.
Administrar y mantener el archivo de
documentación del organismo.
GERENCIA DE ORGANIZACION Y SISTEMAS
DIRECCION DE INGENIERIA DE PROCESOS
ACCIONES
Realizar la ingeniería y reingeniería de los
procesos de gestión de la administración central y la red institucional
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Coordinar la implantación y puesta en marcha de
las mejoras organizativas y desarrollo institucional en el ámbito de la
administración central y de la red institucional del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y proporcionar soporte y
asistencia técnica en la elaboración de métodos, procedimientos,
manuales y capacitación de usuarios.
Participar en los desarrollos informáticos
institucionales incluyendo asistencia técnica a su diseño,
especificación, implantación y puesta marcha.
Promover acciones de certificación de calidad de
los procesos de gestión.
GERENCIA DE ORGANIZACION Y SISTEMAS
DIRECCION DE INFORMATICA
ACCIONES
Administrar, mantener y operar la infraestructura
informática y de comunicaciones de sede central en cuanto a software,
equipamiento, redes de datos y seguridad informática.
Realizar los desarrollos informáticos requeridos
para los procesos de gestión de la administración central y la red
institucional del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS y las correspondientes implantaciones de los sistemas en
cuanto a infraestructura informática y de comunicaciones, así como
proporcionar asistencia técnica a usuarios.
Participar en la ingeniería y reingeniería de los
procesos de gestión de la administración central y la red institucional
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Estudiar y analizar las tendencias y novedades en
Tecnología Informática y Comunicaciones (TIC) y evaluar la conveniencia
de su incorporación en la institución.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir al adecuado funcionamiento y mejora
institucional mediante la oportuna prestación de servicios
administrativo financieros, contables, presupuestarios de liquidación
de los haberes y de compras y contrataciones a las unidades integrantes
de la red institucional en el marco de las relaciones con las
instancias administrativo financieras públicas y prestar servicios
administrativos, logísticos y de mantenimiento a las unidades centrales.
ACCIONES
Administrar el proceso de elaboración
presupuestaria y realizar el control de la ejecución del presupuesto de
manera articulada con la planificación estratégica y el control de
gestión institucional.
Realizar la gestión contable, patrimonial y la
administración de fondos de la institución.
Administrar el control de rendiciones de gastos e
ingresos institucionales.
Administrar el proceso de compras y
contrataciones de bienes y servicios de la institución.
Realizar el control y seguimiento de recursos
asignados a unidades ejecutoras e investigadores para la producción de
ciencia y tecnología, intervenir desde el punto de vista presupuestario
en el financiamiento de proyectos de I y D, en la gestión de recursos
humanos, becas, premios y servicios a terceros.
Prestar el servicio de liquidación de haberes de
todo el personal del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS y estipendios a becarios.
Administrar la gestión de desarrollo de
infraestructura física y la gestión de servicios de mantenimiento y
soporte logístico de las unidades centrales de la institución.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE PRESUPUESTO
ACCIONES
Administrar el proceso de elaboración
presupuestaria y realizar el control de la ejecución del presupuesto de
manera articulada con la planificación estratégica y el control de
gestión institucional, prestando asistencia técnica a las restantes
unidades para el establecimiento de necesidades, control, seguimiento y
mantenimiento de las relaciones con los organismos oficiales en materia
presupuestaria.
Intervenir, desde el punto de vista
presupuestario, en el financiamiento de proyectos de investigación y
desarrollo, incorporación de recursos humanos de la red institucional y
de la administración central del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS, otorgamiento de becas externas e internas,
otorgamiento de premios a la innovación y ejecución de servicios
arancelados a terceros.
Intervenir, desde el punto de vista
presupuestario, en el financiamiento de los haberes del personal de la
red institucional y de la administración central del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Intervenir, desde el punto de vista
presupuestario, en el financiamiento de compras y contrataciones.
Coordinar y proyectar los mecanismos conforme a
la delegación de facultades, para la realización de control de
ejecución presupuestaria.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE UNIDAD DE CONTROL
ACCIONES
Realizar el control de la rendición de gastos de
funcionamiento de la red institucional.
Realizar el control de la rendición de gastos de
la administración central del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Realizar el control de la rendición de gastos de
los proyectos de investigación CyT.
Realizar el control de ingresos y gastos de los
servicios tecnológicos de alto nivel (STAN).
Realizar el control de ingresos y gastos de
servicios arancelados a terceros (SAT).
Realizar el control de ingresos y gastos por
convenios.
Realizar el control de ingresos y gastos de las
unidades de vinculación tecnológica.
Realizar el control de la devolución de fondos
por becas.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE CONTABILIDAD
ACCIONES
Gestionar la registración de la contabilidad por
partida doble de todas las modificaciones patrimoniales, a partir de
procedimientos aprobados.
Elaborar el balance patrimonial en conjunto con
los estados de ejecución presupuestaria que sean requeridos, con
motivos de los cierres parciales o de ejercicio.
Realizar la gestión de la registración detallada
de los bienes patrimoniales del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS central y su red institucional, garantizando la
integración con la contabilidad de partida doble.
Realizar la gestión de la ejecución
presupuestaria en las etapas de compromiso y devengado.
Tramitar la aprobación de las facturas de
proveedores de bienes y servicios que reúnan la documentación de apoyo
necesaria para ello, la liquidación de los valores a pagar que surjan
de las mismas y la emisión de la orden de pago correspondiente.
Producir los informes que requieran los distintos
responsables de dependencias del organismo y terceros involucrados,
sobre estados parciales o totales de activos y pasivos de la
contabilidad de partida doble.
ANEXO IV
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA
Y TECNOLOGIA
ENTIDAD: 103 CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
ESCALAFON: 300- ESCALAFON DECRETO 993/91 - SINAPA
CATEGORIA 01: ACTIVIDADES CENTRALES y PROGRAMA 17:
EXHIBICION PUBLICA E INVESTIGACION EN CIENCIAS NATURALES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA
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ANEXO IV
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION: 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA
Y TECNOLOGIA
ENTIDAD: 103 CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
ESCALAFON: Decreto Nº 1572/76 y modificatorios con
las modificaciones del Decreto Nº 2756/84 y Decreto Nº 429/87.
PROGRAMA 16: FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Y
PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
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ANEXO VI
RED INSTITUCIONAL DEL CONICET
CONFORMACION Y CARACTERISTICAS DE LAS UNIDADES TIPO
INTEGRANTES DE LA RED
La Red Institucional del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS se halla conformada por:
I.- CENTRO CIENTIFICO TECNOLOGICO - (CCT)
Los CENTROS CIENTIFICOS TECNOLOGICOS (CCT) son
estructuras funcionales de amplio espectro temático, cuyo objetivo
primordial es asegurar un ámbito apropiado para la ejecución de
investigaciones científicas, tecnológicas y de desarrollo en el espacio
físico y de influencia que le compete. El CCT debe contribuir a
interrelacionar las UNIDADES EJECUTORAS (UE) y los grupos de
investigación en la zona de su inserción; brindar servicios de apoyo
prioritariamente a las UE y los grupos de investigación que le están
formalmente vinculados y también a terceros; y articular y mantener
relaciones de cooperación y difusión con la comunidad. Los CCT podrán
promover la constitución de parques tecnológicos o incubadoras de
empresas que posibiliten la articulación con el sector productivo de
bienes y servicios.
Los CCT dependen administrativamente del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, y para su
funcionamiento constará de un Consejo Directivo y un Consejo Asesor.
El CCT estará dirigido por un Consejo Directivo
integrado por todos los directores de Unidades Ejecutoras vinculadas al
CCT. El Consejo Directivo tendrá como labor principal coordinar la
labor científica, diseñar la política de servicios y supervisar la
labor administrativa de la Unidad de Administración Territorial del CCT.
El Director del CCT durará dos años en su función,
con posibilidad de una reelección consecutiva. Será elegido por el
Consejo Directivo de entre los directores y vice-directores de las UE
vinculadas al CCT, que elevará la propuesta al Directorio del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, junto con el plan
de gestión a ejecutar. El Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS en situaciones excepcionales
podrá contemplar un mecanismo de selección alternativo.
El Consejo Asesor está integrado por representantes
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y de las
Universidades Nacionales u otros organismos nacionales o provinciales
de C y T que participen con doble o múltiple dependencia en los
convenios de funcionamiento de las UE del CCT, y por aquellas
instituciones públicas y privadas con asiento en la zona de influencia
del CCT que sean invitadas a participar del mismo.
II.- UNIDADES EJECUTORAS (UE)
Las Unidades Ejecutoras son Centros, Institutos o
Unidades Ejecutoras en Red, indistintamente. Son unidades de
investigación que, bajo la responsabilidad de un director, realizan
tareas de investigación científica, tecnológica o de desarrollo,
organizadas en varias líneas de trabajo; cuenta con una infraestructura
de personal y equipamiento adecuada a la índole de su actividad, y
forma investigadores y técnicos, según las disposiciones del artículo
31 Decreto Nº 1661/96.
Los directores de UE deberán designarse por concurso
público, y por un período determinado de tiempo de acuerdo a la
normativa del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS y de las instituciones, que por convenio, establezcan una
dependencia conjunta para las mencionadas unidades.
Los directores son los responsables institucionales
de la UE y tienen a su cargo el funcionamiento de la misma a través de
las normativas correspondientes en cada caso.
Las principales responsabilidades de las Unidades
Ejecutoras de Tipo A son:
• es responsable de la conducción y coordinación de
actividades de investigación científica y tecnológica, de formación de
recursos humanos y transferencia de tecnología. Su administración se
realizará a través de los servicios de la UAT del CCT en el que se
encuentran incluidas.
• es responsable de mantener la relación de la red
bajo su responsabilidad con las universidades e instituciones públicas
y privadas nacionales e internacionales de CyT, en el marco de las
vinculaciones institucionales del CCT del que forme parte, en
coordinación con el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS Central, a través de la Gerencia de Desarrollo Científico y
Tecnológico.
Las principales responsabilidades de las Unidades
Ejecutoras de Tipo B son:
• es responsable de la conducción y coordinación de
actividades de investigación científica y tecnológica, de formación de
recursos humanos y transferencia de tecnología. Su administración se
realizará a través de una UAT propia de manera articulada con la
Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico.
• es responsable de mantener la relación de la red
con las universidades e instituciones públicas y privadas nacionales e
internacionales de CyT, en coordinación con el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Central, a través de la Gerencia
de Desarrollo Científico y Tecnológico.
Las principales responsabilidades de las Unidades
Ejecutoras de Tipo C son:
• es responsable de la conducción y coordinación de
actividades de investigación científica y tecnológica, de la formación
de recursos humanos y transferencia de tecnología. Su administración se
realizará en el área central a través de la Gerencia de Desarrollo
Científico y Tecnológico.
• es responsable de mantener la relación de la red
con las universidades e instituciones públicas y privadas nacionales e
internacionales de CyT, en coordinación con el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Central, a través de la Gerencia
de Desarrollo Científico y Tecnológico.
III.- Grupos Vinculados a Unidades Ejecutoras
La modalidad de trabajo en red permite la
integración de un grupo de investigación aislado, con número de
investigadores por debajo de la masa crítica, con UE de temática afín,
constituyéndose a partir de esta asociación un Grupo Vinculado. En este
tipo de vinculación el responsable científico del nodo asociado es el
Director de la UE. El desempeño y producción de los investigadores del
nodo se reportará en la memoria anual de la UE. La asociación de Grupos
Vinculados a UE del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS deberá ser autorizada por el Directorio, que analizará
propuestas fundamentadas del Director de las UE y los investigadores
que integran el nodo. Este tipo de vinculación podría ser instrumental
para llevar a cabo iniciativas estratégicas de la institución, como la
creación y/o fortalecimiento de núcleos en zonas periféricas. La
nucleación puede dar inicio como Grupo Vinculado, deviniendo a UE con
planes de crecimiento pautado.
IV.- UNIDADES EJECUTORAS EN RED - (UER)
Las Unidades Ejecutoras en Red (UER) constituyen
asociaciones de investigadores situados en diferentes lugares de
trabajo vinculados por una temática científica común mediante soportes
informáticos adecuados e interacción directa periódica, que se
conforman con el propósito de llevar adelante planes científicos y
tecnológicos vinculantes y formar recursos humanos en su especialidad.
Cada lugar de trabajo se constituye en un nodo de la UER.
La creación de Unidades Ejecutoras en Red (UER), en
un país con la extensión territorial de Argentina, y la existencia de
numerosos grupos de investigación aislados y de reducido tamaño, es una
alternativa de organización viable para una problemática muy compleja.
La viabilidad del modelo en red para las UER depende, por un lado, de
la disponibilidad de soportes informáticos y de comunicación adecuada,
pero sobre todo de una modalidad de trabajo científico que sólo puede
surgir de los mismos grupos de investigación (nodos) que integren la
red. Teniendo en cuenta que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS abarca virtualmente todo el espectro de las
ciencias, la organización de las UER deberá tener la versatilidad
suficiente como para atender esa característica esencial de la
institución. En todo caso hay un solo principio común para toda UER,
independiente de las disciplinas, que es la coherencia temática que
deben tener los nodos de una red. Una UER no se constituye del
amalgamamiento de nodos inconexos, y para su creación deberá
demostrarse esta coherencia en términos de un plan de interacción
concreto y completo y la masa crítica en conjunto de la UER. En este
sentido, para la creación de una UER se deberán reunir requisitos
similares a los de las UE, y al igual que éstas un Director designado
por el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS será
el responsable científico de la misma.
La constitución de una UER deberá ser aprobada por
el Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS a instancia de los investigadores que integran los distintos
nodos de la red, y con el aval de las instituciones de las que
eventualmente dependan, que elevarán una propuesta fundada para la
constitución de la misma.
V.- UNIDAD DE ADMINISTRACION TERRITORIAL - (UAT)
Las UAT son unidades de administración, prestación
de servicios y vinculación tecnológica de los CCT y su objetivo es
propender a que las UE realicen la menor cantidad de tarea
administrativa posible y optimizar recursos. Cada UAT tiene una
jurisdicción territorial claramente delimitada con las siguientes
competencias:
Administración y seguimiento de proyectos y
actividades relacionadas (internas y externas) de los CCT y sus UE
vinculadas. Administración de servicios de apoyo a los CCT y sus
unidades ejecutoras vinculadas.
Administración de gastos e inversiones
compartidos con los centros vinculados;
Administración de gastos de funcionamiento y
equipamiento de los centros vinculados;
Administración de Recursos Humanos con lugar de
trabajo en instituciones localizados en su área de influencia
(universidades, ONGs, etc.).
Coordinación de las actividades de transferencia
de tecnología y venta de servicios a terceros.
El responsable de cada UAT será designado por
concurso de antecedentes, subordinado directamente al Consejo Directivo
del CCT. Este responsable (GERENTE O COORDINADOR ADMINISTRATIVO) tendrá
a su cargo una planta de personal para las funciones de administración,
recursos humanos, organización, informática y redes, gestión de
proyectos y subsidios y transferencia de tecnologías.
VI.- UNIDADES ASOCIADAS-(UA)
Se denomina así a aquellas Unidades de Investigación
y Desarrollo en instituciones con las que el CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS establece convenios en base a su
relevancia científico-tecnológica, y que a propuesta de éstas, quieran
integrarse al sistema de Unidades de CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS en carácter de UA. Las UA podrán
ser lugares de trabajo para investigadores, personal de apoyo y
becarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS, pero esta relación no implica compromiso económico alguno por
parte del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS de
contribuir al mantenimiento de dichas unidades. Su incorporación como
UA deberá ser aprobada por el voto de las dos terceras partes del
Directorio luego de la evaluación de antecedentes del grupo de
investigación y su plan de acción.
La selección de autoridades y el modo de gobierno de
la UA será de exclusiva incumbencia de la institución de contraparte,
manteniendo la individualidad y autonomía de sus respectivas
estructuras técnicas y administrativas, asumiendo sus responsabilidades
consiguientes.
Para el reconocimiento de UA, la institución
interesada en obtener esta categoría, representada por su titular, hará
la presentación formal ante el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS acompañada de la documentación que avale el
mérito a su relevancia científico- tecnológica dentro del Sistema
Nacional de Ciencia y Tecnología.
La documentación requerida incluye una descripción
de la Institución que solicita ser reconocida como UA del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, con proyecto de
investigación, listado de personal que se desempeña en la misma y
estatutos por los cuales se rige. El Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS evaluará la pertinencia de
aceptación de la Institución solicitante, y designará una terna de
investigadores para hacer una evaluación "in situ" de la misma, la cual
deberá incluir al menos un miembro del Directorio del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS. Con los resultados de la
evaluación volverá a considerar el tema estableciendo si es procedente
la asociación con la Institución considerada.
Las UA deberán ser evaluadas académicamente, en su
desarrollo Científico Tecnológico en forma periódica por especialistas
designados a tal efecto por el Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y autoridades de la Institución
contraparte del convenio según el caso.
ANEXO VII
COORDINACIONES
PRESIDENCIA
- COORDINACION SECRETARIA TECNICA DEL DIRECTORIO -
Nivel B
GERENCIA DE EVALUACION Y PLANIFICACION
DIRECCION DE COORDINACION DE ORGANOS ASESORES
- COORDINACION DE COMISIONES ASESORAS - Nivel B
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE VINCULACION TECNOLOGICA
- COORDINACION DE PRESTACION DE SERVICIOS Y
ASESORIAS - Nivel B
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE VINCULACION TECNOLOGICA
- COORDINACION DE PROMOCION Y COMERCIALIZACION DE
TECNOLOGIA - Nivel B
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
- COORDINACION DE ADMINISTRACION DE PERSONAL - Nivel
B
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
- COORDINACION DE CARRERA DEL INVESTIGADOR - Nivel B
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
- COORDINACION DE BECAS - Nivel B
GERENCIA DE ADMINISTRACION
- COORDINACION DE LIQUIDACION DE HABERES - Nivel B
ANEXO VIII
PRESIDENCIA
COORDINACION SECRETARIA TECNICA DEL DIRECTORIO
ACCIONES
Administrar la agenda, orden del día y registro
de actas y sesiones del Directorio.
Proporcionar soporte administrativo y operativo
al Directorio y la Conducción.
Proporcionar al Directorio y la Presidencia la
asistencia operativa requerida para el desarrollo de sus actividades y
realizar el seguimiento de los asuntos y gestiones en proceso a cargo
de la Conducción.
GERENCIA DE EVALUACION Y PLANIFICACION
DIRECCION DE COORDINACION DE ORGANOS ASESORES
COORDINACION DE COMISIONES ASESORAS
ACCIONES
Realizar la coordinación con las Comisiones
Asesoras del proceso de evaluación de ingresos, informes anuales y
bienales y promociones de los investigadores de la Carrera.
Realizar la coordinación con las Comisiones
Asesoras del proceso de evaluación de ingresos e informes parciales y
finales de los becarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE VINCULACION TECNOLOGICA
COORDINACION DE PRESTACION DE SERVICIOS Y ASESORIAS
ACCIONES
Promover, desarrollar y gestionar una Red
Institucional entre Unidades y personal de CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS para la eficaz gestión de las
asesorías y servicios a terceros.
Promover, desarrollar y gestionar, a través de
los integrantes de la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, la venta de servicios, y
asesorías para terceros sobre la base de tecnología disponible, y de
las capacidades y/o instrumental exclusivo del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS; la celebración de contratos, la
gestión administrativa y el correspondiente seguimiento de las
actividades derivadas.
Organizar con la red institucional del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS un sistema de
mejoramiento en los servicios ofrecidos, tendiendo al aseguramiento de
la calidad con acreditaciones externas.
GERENCIA DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
DIRECCION DE VINCULACION TECNOLOGICA
COORDINACION DE PROMOCION Y COMERCIALIZACION DE
TECNOLOGIA
ACCIONES
Promover, desarrollar y gestionar una Red
Institucional entre Unidades y personal de CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS para la eficaz comercialización
y resguardo de la propiedad intelectual del producto de investigación y
tecnologías derivadas.
Promover, desarrollar y gestionar, a través de
los integrantes de la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS el resguardo de la propiedad
intelectual e industrial de los productos de investigación que den
origen a una tecnología.
Promover, desarrollar y gestionar, a través de
los integrantes de la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, la transferencia y/o venta de
los productos de la investigación que den origen a tecnología
apropiable.
Implementar la gestión administrativa de los
acuerdos y convenios de transferencia para una distribución de
beneficios actuales y futuros.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACION DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
ACCIONES
Coordinar el procesamiento de novedades de
liquidación de haberes de los recursos humanos del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, así como para la liquidación de
estipendios de los becarios.
Coordinar la administración de los legajos de los
recursos humanos y becarios del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACION DE CARRERA DEL INVESTIGADOR
ACCIONES
Coordinar la gestión del proceso de ingresos de
investigadores a la Carrera.
Coordinar la gestión del proceso de presentación
de informes anuales y bienales y promociones de investigadores de la
Carrera.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACION DE BECAS
ACCIONES
Coordinar la gestión del proceso de ingresos de
becarios al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Coordinar la gestión del proceso de presentación
de informes parciales y finales de becarios del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
COORDINACION DE LIQUIDACION DE HABERES
ACCIONES
Realizar el proceso de liquidación de haberes de
todo el personal de la administración central y la red institucional
del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Realizar el proceso de liquidación de estipendios
a becarios de la red institucional del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS.
Realizar la gestión de impuestos vinculados con
la liquidación de haberes.
ANEXO IX
CARGOS A DESCONGELAR
- AUDITOR ADJUNTO CONTABLE - Nivel B
- AUDITOR ADJUNTO OPERACIONAL - Nivel B
- JEFE AUDITOR LEGAL - Nivel B
- JEFE AUDITOR SISTEMAS - Nivel B
- AUDITOR SUPERVISOR CONTABLE - Nivel B
- AUDITOR SUPERVISOR OPERACIONAL - Nivel B
- DIRECTOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES - Nivel B
- COORDINADOR SECRETARIA TECNICA DEL DIRECTORIO -
Nivel B
- DIRECTOR DEL SERVICIO JURIDICO - Nivel B
- DIRECTOR DE SUMARIOS - Nivel B
- DIRECTOR DE CONTROL LEGAL y TECNICO - Nivel B
- GERENTE DE EVALUACION Y PLANIFICACION - Nivel A
- DIRECTOR DE COORDINACION DE ORGANOS ASESORES -
Nivel B
- COORDINADOR DE COMISIONES ASESORAS - Nivel B
- DIRECTOR DE PLANIFICACION y EVALUACION
INSTITUCIONAL - Nivel B
- DIRECTOR DE VINCULACION TECNOLOGICA - Nivel B
- COORDINADOR DE PRESTACION DE SERVICIOS Y ASESORIAS
- Nivel B
- COORDINADOR DE PROMOCION Y COMERCIALIZACION DE
TECNOLOGIA - Nivel B
- DIRECTOR DE DESARROLLO y GESTION DE UNIDADES
DIVISIONALES- Nivel B
- DIRECTOR DE CONVENIOS y PROYECTOS - Nivel B
- GERENTE DE RECURSOS HUMANOS - Nivel A
- DIRECTOR DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS -
Nivel B
- COORDINADOR DE ADMINISTRACION DE PERSONAL - Nivel B
- DIRECTOR DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS - Nivel
B
- COORDINADOR DE CARRERA DEL INVESTIGADOR - Nivel B
- COORDINADOR DE BECAS - Nivel B
- GERENTE DE ORGANIZACION y SISTEMAS - Nivel A
- DIRECTOR DE GESTION DE USUARIOS y RED - Nivel B
- DIRECTOR DE INGENIERIA DE PROCESOS - Nivel B
- DIRECTOR DE INFORMATICA - Nivel B
- GERENTE DE ADMINISTRACION - Nivel A
- COORDINADOR DE LIQUIDACION DE HABERES - Nivel B
- DIRECTOR DE PRESUPUESTO - Nivel B
- DIRECTOR DE UNIDAD DE CONTROL - Nivel B
- DIRECTOR DE CONTABILIDAD - Nivel B
- SECRETARIO GENERAL DEL MUSEO ARGENTINO DE CIENCIAS
NATURALES "BERNARDINO RIVADAVIA" - Nivel B
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InfoLEG
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