MONUMENTO HISTORICO NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2022-06-15
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL

Decreto 312/2022

DCTO-2022-312-APN-PTE - Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-29995442-APN-DGD#MC y la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES

HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE

CULTURA, ha resuelto proponer la declaratoria como Monumento Histórico

Nacional del PABELLÓN CENTENARIO de la Ciudad de SALTA, Provincia de

SALTA.

Que la construcción de este emblemático edificio, proyectado en el

marco de las celebraciones del Centenario de la Batalla de Salta y de

la Independencia Argentina, comenzó en enero de 1914 durante la gestión

de Robustiano PATRÓN COSTAS como Gobernador de la Provincia y de

Agustín USANDIVARAS como Intendente de la Ciudad de SALTA.

Que se inauguró en 1916 con el nombre PABELLÓN CENTENARIO, también

conocido popularmente como el PABELLÓN DE LOS LAGOS por situarse a la

vera de los lagos existentes en el Parque San Martín.

Que la Municipalidad de SALTA encargó el proyecto y la obra al

arquitecto italiano Francesco GIANOTTI, quien tuvo destacada actuación

en esta ciudad y realizó obras que significaron un gran aporte urbano y

edilicio, entre ellas la remodelación del Parque San Martín.

Que el PABELLÓN CENTENARIO se proyectó con la intención de sustituir a

la antigua Cantina de los Lagos del Parque San Martín y para ser

utilizado como confitería, café y restaurant.

Que hasta 1931 funcionó como confitería y cinematógrafo concesionado

por la Municipalidad y luego el interventor nacional actuante como

Gobernador de Salta, Raymundo MEABE, arrendó el edificio al Sporting

Tennis Club que lo tuvo como sede hasta septiembre de 1949.

Que desde el año 1950 se estableció en este edificio el MUSEO

PROVINCIAL DE CIENCIAS NATURALES y la ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS

NATURALES de SALTA, actual MUSEO DE CIENCIAS NATURALES “LIC. MIGUEL

ÁNGEL ARRA” de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES de la UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SALTA.

Que este pabellón funcionó como un centro cultural, científico y

educativo de SALTA y del noroeste argentino y fue, asimismo, escenario

de relevantes acontecimientos sociales.

Que el edificio constituye un singular ejemplo de la transición entre

el estilo neoclásico y el racionalismo modernista, propio de comienzos

del siglo XX, destacándose también su relación espacial con el parque y

los cerros.

Que dado el importante valor cultural e histórico que representa el

bien descripto es que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y

DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 1º

ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional al PABELLÓN

CENTENARIO sito en la Calle Mendoza Nº 2 de la Ciudad de SALTA,

Provincia de SALTA (Datos Catastrales: Capital 01, Sección C, Manzana

10, Parcela 2, Matrícula 8216).

ARTÍCULO 2º.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE

BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos

en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las

normas complementarias, y deberá practicar las inscripciones

correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad

Inmueble.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Tristán Bauer

e. 15/06/2022 N° 44754/22 v. 15/06/2022

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