CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2023-06-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 313/2023

DCTO-2023-313-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-60002046-APN-DGDA#MEC y el Modelo de

Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370 propuesto para ser suscripto entre

la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370 el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Apoyo a Políticas Públicas para el

Crecimiento Sostenible y Resiliente de Argentina II”, por un monto de

hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (USD

350.000.000).

Que el objetivo general del citado Programa consiste en contribuir a un

crecimiento sostenible y resiliente de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i)

fortalecer la capacidad del gobierno para la planificación y

financiamiento de la acción climática, (ii) impulsar políticas que

contribuyan a la economía circular y la descarbonización y (iii)

desarrollar un marco favorable para las finanzas sostenibles.

Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3)

componentes: (1) Marco Institucional para la Acción Climática, (2)

Tecnología e Innovación que contribuya a la economía circular y la

descarbonización y (3) Finanzas Sostenibles.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°

ARL1370, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria

de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370 y acuerde

las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del

“Programa de Apoyo a Políticas Públicas para el Crecimiento Sostenible

y Resiliente de Argentina II”, siempre y cuando no constituyan cambios

sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un

incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral

pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo BID N° AR-L1370 propuesto para ser suscripto son los usuales

que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado

Préstamo.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°

AR-L1370 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (USD 350.000.000),

destinado a financiar el “Programa de Apoyo a Políticas Públicas para

el Crecimiento Sostenible y Resiliente de Argentina II”, que como ANEXO

I (IF-2023-62299853-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante de esta

medida.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario

o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a

suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el

Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370 y su documentación adicional,

conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente

decreto.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario

o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a

convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370, cuyo

Modelo se aprueba por el artículo 1° de esta medida, siempre que no

constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos

ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al

procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Apoyo a Políticas Públicas para el Crecimiento Sostenible y Resiliente

de Argentina II” al MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual quedará facultado

para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la

ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos

contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° AR-L1370 que se

aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/06/2023 N° 45482/23 v. 22/06/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.