DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-29
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 3

RECTIFICANSE LOS DECRETOS N° 2286, DEL 14 DE MAYO DE 1969; N° 6668, DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1971; N° 493, DEL 23 DE ENERO DE 1973 Y N° 155, DEL 21 DE ENERO DE 1975 POR LOS CUALES SE APROBO Y RECTIFICO RESPECTIVAMENTE LA ESTRUCTURA ORGANICO-FUNCIONAL DEL VICARIATO CASTRENSE PARA LAS FUERZAS ARMADAS EN LO REFERENTE A SU AGRUPAMIENTO FUNCIONAL.

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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3130/1979

Bs. As., 10/12/1979

VISTO el Decreto N° 155, del 21 de enero de 1975 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa,

y

CONSIDERANDO:

Que el volumen creciente de tareas y la multiplicidad de actividades

que encara el Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas hacen

necesaria una adecuación de su estructura orgánico-funcional a sus

actuales exigencias.

Que el redimensionamiento previsto es mínimo con relación a las reales

necesidades encuadrándose dentro de las pautas vigentes de contención

del gasto público.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 234/69, cuando se

modifica una estructura el presente debe tener el carácter de

rectificatorio de aquel que la aprobó.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícanse los

Decretos N° 2286, del 14 de mayo de 1969; N° 6668, del 31 de diciembre

de 1971; N° 493, del 23 de enero de 1973 y N° 155, del 21 de enero de

1975 por los cuales se aprobó y rectificó respectivamente la estructura

orgánico-funcional del Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas en

lo referente a su Agrupamiento Funcional que como Anexo I y Ia forman

parte integrante del presente.

Art. 2° — El gasto que demande

la aplicación de lo dispuesto precedentemente se imputará a la

Jurisdicción 45 - Finalidad 2 - Función 90 - Programa 003 “Conducción y

Administración” Inciso 11 - Partida Principal 1110.

Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.

ANEXO I

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ANEXO Ia.

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