DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3207/1975

Bs. As., 20/10/1975

VISTO lo informado por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1631 de fecha 27 de noviembre de 1974 se autorizó a

la Fuerza Aérea Argentina a destacar en la República de Bolivia un

equipo de asesores en operaciones y mantenimiento de aviones Sabre

F-86F.

Que por Decreto Supremo Nº 12.439 del corriente año el Gobierno de la

República de Bolivia ha autorizado la celebración de un Convenio de

Cooperación Técnica con la Fuerza Aérea Argentina por el cual ésta se

compromete a destacar en ese país una Misión de Asesores en Operaciones

y Mantenimiento de aviones Sabre F-86F.

Que los Comandantes Generales de las Fuerzas Aéreas Argentina y

Boliviana suscribieron el mencionado Convenio en representación de

ambos Gobiernos en la ciudad de La Paz el 2 de abril de 1975.

Que el artículo 3º del mencionado Convenio establece que la duración de

la estadía de los Asesores será de dos (2) años siendo prorrogable por

mutuo acuerdo.

Que resulta necesario aprobar el Convenio de referencia.

Que corresponde dictar la medida administrativa pertinente.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Convenio de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República

Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia, suscripto por los

Comandantes Generales de las Fuerzas Aéreas Argentina y Boliviana en la

ciudad de La Paz el 2 de abril de 1975, cuyo texto forma parte del

presente Decreto.

Art. 2° — La Misión de Asesores

de Operaciones y Mantenimiento a que se refiere el Convenio mencionado

en el Artículo 1° precedente será desempeñada por el personal designado

por Decreto Nº 1631 de fecha 27 de noviembre de 1974 siendo de

aplicación las condiciones y régimen previstos por el mismo con las

adiciones y modificaciones que se detallan en el presente decreto.

Art. 3° —Modifícase el

Artículo 2° del Decreto Nº 1631/74 extendiendo la duración de la

comisión de referencia a dos (2) años aproximadamente a partir de la

fecha de traslado a la República de Bolivia.

Art. 4° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, serán imputados a:

2.20 - 48 - 001 - 0.381 - 1 - 1 - 11 - 1113 - 043

2.20 - 48 - 001 - 0.381 - 1 - 1 - 11 - 1143

2.20 - 48 - 001 - 0.381 – 1 - 1- 11 - 1163

2.20 - 48 - 001 - 0.381 1 - 1 - 12 - 1220 - 227

2.20 - 48 - 001 - 0.381 - 1- 1- 12 - 1223 - 227

2.20 - 48 - 001 - 0.381 - 1 - 1 - 12 - 1223 - 237

2.20 - 48 - 001 - 0.381 - 1 - 1 - 12 - 1223 - 250, del Ejercicio

Presupuestario 1975 y sus similares que se asignen para Ejercicios

venideros.

Art. 5° — Comuníquese y archívese. — MARTINEZ DE PERON.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.