HIDROCARBUROS - INCORPORACION AL CODIGO DE MINERIA
TENGASE POR LEY DE LA NACION, CUMPLASE, COMUNIQUESE, INSERTESE EN EL REGISTRO NACIONAL, PUBLIQUESE Y ACHIVESE.
REGIMEN DE LAS MINAS DE PETROLEO E HIDROCARBUROS FLUIDOS
Decreto N° 321
Buenos Aires, Marzo 26 de 1935
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, insértese en el Registro Nacional, publíquese y achívese.
JUSTO
Luis Duhau
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.