ADMINISTRACION PUBLICA

Rango Decreto
Publicación 2020-04-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Decreto 328/2020

DCTO-2020-328-APN-PTE - Autorización.

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2020

VISTO

el Expediente N° EX-2020-18824535-APN-ONEP#JGM, la Ley de Ministerios

(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de

1992) y sus modificatorias, la Ley Marco de Regulación de Empleo

Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002

y su modificatorio, la Ley N° 27.541 y los Decretos Nros. 355 del 22 de

mayo de 2017 y su modificatorio 859 del 26 de septiembre de 2018, 1035

del 8 de noviembre de 2018 y su modificatorio 36 del 14 de diciembre de

2019, 260 del 12 de marzo de 2020, 287 del 17 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que

por el Decreto N° 355/17, modificado por su similar N° 859/18, se

reglamentaron las facultades constitucionales del Jefe de Gabinete de

Ministros para designar autoridades con rango inferior a Subsecretario

en el ámbito de la administración centralizada y descentralizada.

Que,

por su parte, por el artículo 2° del Decreto N° 355/17 se estableció

que “Toda designación transitoria de personal en cargos de planta

permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a

Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de

conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe

de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública

Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la

Jurisdicción o Entidad de que se trate…”.

Que, a su vez, a

través del Decreto N° 1035/18 se facultó a los Ministros, Secretarios

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus

respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos

descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que

oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las

designaciones y/o últimas prórrogas y en su artículo 4° dispuso que

todas las designaciones transitorias vencían el 31 de diciembre de

2019, y en el artículo 3° del Decreto N° 36/19 se prorrogó dicho plazo

hasta el 31 de marzo de 2020.

Que con el fin de asegurar el

normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades que

conforman la Administración Pública Nacional, resulta necesario que las

prórrogas de las designaciones de los trabajadores, las trabajadoras,

los funcionarios y las funcionarias las ejecuten las propias

jurisdicciones, por lo que se considera necesario y oportuno que debe

cesar tal complejidad, procediendo a la derogación del artículo 4° del

Decreto N° 1035/18 sustituido por el artículo 3° del Decreto N° 36/19.

Que,

en otro orden de ideas, por el Decreto N° 260/20, modificado por su

similar N° 287/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria

establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada

por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el

Coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que en este

contexto de emergencia sanitaria se debe hacer que los procedimientos

resultan lo más ágiles, expeditivos y eficientes posibles, sin dañar

por esto la transparencia que debe primar en ellos.

Que de

acuerdo a lo expuesto, razones operativas hacen conveniente autorizar a

los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de

organismos descentralizados a prorrogar, mientras dure la emergencia

sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, las designaciones

transitorias de Directores/as Nacionales, Directores/as Generales,

Subdirectores/as Generales, Directores/as, Jefes/as de Unidad y

Coordinadores/as con Funciones Ejecutivas que oportunamente fueran

dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o últimas

prórrogas, por un nuevo plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO

1°.- Autorízase a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y

a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades

máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la

emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las

designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las

mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Asimismo,

cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se

dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

ARTÍCULO

2°.- Dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de prórroga se

deberá notificar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°.- Derógase el artículo 4° del Decreto N° 1035/18, sustituido por el artículo 3° del Decreto N° 36/19.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO

5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO

OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 01/04/2020 N° 16221/20 v. 01/04/2020

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