ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-01-09
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 9
Historial de reformas JSON API

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 33/2024

**DECTO-2024-33-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152755927-APN-DGDYL#MI, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de

diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios)

estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los

negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para

posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar la conformación organizativa del

MINISTERIO DEL INTERIOR y los Objetivos de sus Secretarías y

Subsecretarías.

Que, asimismo, procede establecer el ámbito jurisdiccional de actuación

de los organismos desconcentrados y descentralizados del citado

Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por

el siguiente:

“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

-SUBSECRETARÍA LEGAL

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SECRETARÍA DE INTERIOR

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el obrante

en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154622383-APN-MI) al presente artículo,

que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por

el siguiente:

“VI – MINISTERIO DEL INTERIOR

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

SECRETARÍA DE INTERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)

**Empresas y Entes del Sector Público

Nacional**

SECRETARÍA DE TURISMO,

AMBIENTE Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)”.

ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,

las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal

con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos

vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/01/2024 N° 1005/24 v. 09/01/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 3°**

(ANEXO II)

VI.- MINISTERIO DEL INTERIOR

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a

los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus

funciones institucionales.

4.

Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales,

ceremonial y protocolo.

5.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen

institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6.

Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de

la Jurisdicción.

7.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos

Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y

administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del

Ministerio.

3.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas en la formulación y

programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que

se proyecten durante el ejercicio financiero.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6.

Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así

también en los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y

demás adquisiciones efectuadas por los servicios Administrativos

Financieros del Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes

muebles e inmuebles y de servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Coordinar el suministro de información pública en los términos de

la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento

del Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que

respecta a la emisión de dictámenes.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los

requerimientos del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación

con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los

sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el

Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios

Administrativos Financieros del Ministerio y en la evaluación de su

cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los Servicios Administrativos Financieros del

Ministerio, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

3.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los

recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos

necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en

el Ministerio.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general de los Servicios Administrativos Financieros del

Ministerio.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1.

Articular las actividades político-institucionales que, en el marco

de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno

Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.

2.

Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional,

tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional

y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales, con miras al desarrollo federal.

3.

Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de

Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo

dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.

4.

Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en

los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y

municipales.

5.

Entender en la formulación y ejecución de políticas de

descentralización y coordinar las políticas inherentes a la

regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo

regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL.

6.

Asistir al Ministro en lo relativo al régimen jurídico de las aguas

de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

7.

Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la

promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

8.

Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales,

organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo

e implementación de los programas y acciones de su competencia.

9.

Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la

solución de problemáticas regionales o de interés común y a la

optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.

10.

Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los

sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad

de gestión.

11.

Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento

institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.

12.

Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la

evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados

provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en

general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones

objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal

entre la Nación y las provincias.

13.

Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las

provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios,

en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión

de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE

ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las

provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.

14.

Asistir al Ministerio en su participación en el FONDO FIDUCIARIO

FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, y en

lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su

competencia.

15.

Asistir al Ministerio en el monitoreo y seguimiento del

cumplimiento de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de

aplicación de las normas que establecen su competencia.

16.

Participar, en coordinación con los organismos competentes en la

materia, en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la

protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la

naturaleza, coordinando con los gobiernos provinciales.

17.

Elaborar medidas que sirvan como insumo para la definición de las

políticas que hacen a la protección de la comunidad y colaborar con los

entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres

naturales o causados por el hombre y a ilícitos que, por naturaleza,

sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1.

Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel

provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo

económico y social.

2.

Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a

nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3.

Coordinar, con las distintas dependencias del Ministerio y con los

demás Ministerios con competencia en la materia, los aspectos

vinculados con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo

provincial y municipal.

4.

Participar en el análisis de la determinación, encuadre y

seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del

Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

5.

Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de asistencia

a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en

coordinación las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

6.

Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos

correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen

de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control

de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes

especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

7.

Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento

del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y

municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento

de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

8.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las

relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.

9.

Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la

planificación estratégica regional.

10.

Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de

convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

con entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos

internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y

acciones de su competencia.

11.

Proponer a la Secretaría acciones de prevención y respuesta

requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del

hombre y de la naturaleza, coordinando con los Gobiernos Provinciales y

con los organismos con competencia en la materia.

12.

Asistir a la Secretaría, en la formulación de las medidas y

políticas para la protección de la comunidad y colaborar, en el ámbito

de su competencia, con los entes nacionales, provinciales o privados

para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a

ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1.

Coordinar la implementación de los proyectos referidos al

mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a

la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al

fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas

públicas de los gobiernos municipales.

2.

Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de

promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos,

como así también diseñar los instrumentos adecuados para su

implementación y capacitación.

3.

Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales,

entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos

internacionales, en el marco de su competencia.

4.

Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades

municipales, así como en el intercambio de información para la

elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de

las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.

5.

Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de

funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su

competencia.

6.

Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional,

nacional y sectorial en materia de su competencia.

7.

Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la

planificación estratégica de micro-regiones.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1.

Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia

poblacional y de migraciones y elaborar estudios sobre la situación

demográfica del país en los aspectos de su composición poblacional, su

distribución territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.

2.

Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias

para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras

áreas de la Jurisdicción.

3.

Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le

competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y

normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4.

Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la

legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e

intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario

Permanente a las agrupaciones políticas.

5.

Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de

reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de

propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de

aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6.

Asistir al Ministerio en las propuestas de reforma de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se

reúnen a tal efecto.

7.

Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de

sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la sanción de leyes de amnistía

política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

8.

Dirigir la realización estudios e investigaciones que sirvan de

insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la

identidad nacional.

9.

Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras en el

área de su competencia y llevar un registro actualizado de las mismas.

10.

Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de

frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.

11.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley

N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo

relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de

frontera.

12.

Intervenir en la gestión de los centros de frontera.

13.

Asistir al Ministerio en lo concerniente a los actos de carácter

patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos

nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo

relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.

14.

Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.

15.

Mantener la vinculación institucional en materia poblacional y

migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

16.

Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA

NACIÓN.

17.

Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO

NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

18.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su

competencia.

19.

Evaluar y proponer al Ministerio políticas de descentralización y

federalización del Sector Público Nacional.

20.

Participar en los consejos federales constituidos a los fines de

realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de

competencia del Ministerio.

21.

Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex

Combatientes de Malvinas.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia

poblacional y migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2.

Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de

política demográfica e identidad nacional.

3.

Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales

que producen información sobre el comportamiento de variables

demográficas y migratorias.

4.

Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el

comportamiento de las variables demográficas y sobre sus

particularidades sociales, económicas y regionales.

5.

Proponer proyectos de normas inherentes a las migraciones internas e

internacionales.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y

supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

7.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

8.

Proponer a la Secretaría proyectos de políticas de descentralización

y federalización del Sector Público Nacional.

9.

Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera

previstos de la Ley N° 22.352.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

OBJETIVOS

1.

Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación

vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos

políticos.

2.

Participar en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL

y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.

3.

Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios

que le competen y participar en la difusión pública de los

procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto

eleccionario

4.

Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro

Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del

padrón electoral.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de reformas y adecuación

de la legislación en materia de partidos políticos, y participar en la

concesión de franquicias y distribución de los aportes del Fondo

Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

6.

Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la

legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar

y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las

instituciones democráticas.

7.

Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la

implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de

opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas

modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema

político.

8.

Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos

eleccionarios y difundir sus resultados.

9.

Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de

las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus

instituciones representativas.

10.

Promover la realización de actividades político-institucionales y

el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del

gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11.

Asistir a la Secretaría en los temas conexos con la declaración de

estado de sitio, las intervenciones del gobierno federal a las

provincias, la sanción de leyes de amnistía política y en lo relativo a

la concesión del derecho de asilo.

12.

Intervenir en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex

Combatientes de Malvinas.

13.

Intervenir, en el ámbito de sus competencias, en el marco de la Ley

General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165.

14.

Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la

Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO

NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de

Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la

Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N°

1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional

sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la formulación de las políticas de turismo, ambiente y

deportes en el ámbito nacional.

2.

Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos

vinculados al turismo, al ambiente y a los deportes, conforme las

directrices que imparta el Ministro.

3.

Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa

inherente al ámbito de su competencia.

4.

Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y

proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y

estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.

5.

Asistir al Ministerio en la formulación, implementación y ejecución

de la política ambiental y su desarrollo sostenible, en el marco de lo

dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los

aspectos técnicos relativos a la política ambiental y a la gestión

ambiental de la Nación, a los regímenes normativos relativos al

ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

6.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de

programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo,

como también proyectos de participación público-privada y programas de

financiamiento internacional para el sector turístico, deportivo y

ambiental.

7.

Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con

competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión

de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.

8.

Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a

las directrices que imparta el Ministerio, en la representación de la

REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y

eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su

competencia.

9.

Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos

con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales,

de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en

el ámbito de sus competencias.

10.

Asistir al Ministerio en lo relativo a la convocatoria y

coordinación operativa de las actividades del Consejo Nacional del

Deporte y la Actividad Física y del Consejo Federal de Turismo.

11.

Asistir al Ministro en sus competencias vinculadas con el Consejo

Federal del Medio Ambiente (COFEMA).

12.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el fomento de la

‘Marca País Argentina”, en coordinación con los demás organismos

nacionales con competencia en la materia.

13.

Gestionar los programas de turismo social y responsable dirigidos a

los grupos vulnerables de la sociedad.

14.

Entender en las actividades turísticas y deportivas que se

desarrollen en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.

15.

Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora

del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo

de la biotecnología, en el ámbito de su competencia.

16.

Promover la generación y difundir la información estadística sobre

las áreas de su competencia.

17.

Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad

turística en el país, así como en el establecimiento de planes,

programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del

turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y

sostenible.

18.

Asistir al Ministerio en la conducción del INSTITUTO NACIONAL DE

PROMOCIÓN TURÍSTICA, como así también en el Comité Interministerial de

Facilitación Turística y entender en lo relativo a la promoción

turística internacional.

19.

Asistir al Ministerio en la Administración del FONDO NACIONAL DE

TURISMO.

20.

Participar en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional” y

de interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones

naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o

históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de

promoción turística nacional o internacional.

21.

Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA y para fines exclusivamente vinculados al sector

turístico, en la política nacional de navegación aerocomercial, así

como en las acciones referidas a la percepción, depósito y

fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos

regulares o no regulares de pasajeros.

22.

Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23.

Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y

a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales,

áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y

fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su

competencia.

24.

Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los

asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación

de los recursos naturales.

25.

Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación,

protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no

renovables.

26.

Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del

territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma

continental, en el ámbito de su competencia.

27.

Asistir al Ministro en el control y fiscalización ambiental y en la

prevención de la contaminación.

28.

Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos

vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los

domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o

cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el

ámbito de competencia del Ministerio.

29.

Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante

emergencias naturales y catástrofes climáticas.

30.

Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y

programas relacionados con la mitigación y adaptación climática,

vinculadas a la preservación ambiental.

31.

Asistir al Ministerio en sus funciones de autoridad de aplicación

de la Ley N° 26.815 y entender en la organización, sostenimiento y

gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego.

32.

Contribuir a alcanzar los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS)

y sus metas, relacionados con los temas de su competencia.

33.

Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del

deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.

34.

Asistir al Ministro en su participación como socio fundador del

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N°

26.573.

35.

Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas de promoción

de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las

distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas

y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las

federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité

Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento

Deportivo (ENARD).

36.

Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados

por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo

para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los

clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

37.

Intervenir en la coordinación y ejecución programas de promoción y

desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los

estándares internacionales de cada disciplina.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE TURISMO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de

turismo en el ámbito nacional.

2.

Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el

área de su competencia, conforme las directrices que imparta la

Secretaría.

3.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la

Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la

actividad turística.

4.

Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y

fiscalización de prestadores turísticos.

5.

Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y

sus modificatorias.

6.

Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados

por el Ministerio, en el ámbito de su competencia.

7.

Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones

relacionadas con las inversiones en materia turística.

8.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de

las obras de infraestructura turística a nivel nacional.

9.

Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el

ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de

programas y proyectos con financiamiento internacional.

10.

Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector

turístico.

11.

Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las

relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales,

provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter

público y/o privados vinculados a la actividad turística.

12.

Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los

lineamientos establecidos por la Secretaría.

13.

Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de

Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el área de su competencia.

14.

Promover la innovación y transformación digital en el sector

turístico.

15.

Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector

turístico y de las políticas implementadas.

16.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación

de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las

acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del

impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no

regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.

17.

Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y

desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el

crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional

receptivo, de manera responsable y sostenible.

18.

Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y

privadas, en el ámbito de su competencia.

19.

Coordinar y ejecutar la asignación de apoyo económico a entidades

públicas y/o privadas, en el marco de sus competencias específicas en

materia turística.

20.

Proponer a la Secretaría un plan plurianual de desarrollo de la

"Marca País Argentina”, con criterios e indicadores que permitan un

adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación,

conforme los objetivos de gestión y en el ámbito de su competencia.

21.

Entender en las estrategias institucionales para el fomento y

prestación del turismo social y responsable y de las Unidades

Turísticas de Embalse y Chapadmalal.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y

ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, de

acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

demás normas y Convenios que regulan la materia.

2.

Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos

relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad

ambiental.

3.

Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos,

bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.

4.

Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los

asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de

vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

5.

Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no

gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo

sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el

estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.

6.

Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública

ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.

7.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de

políticas y programas para la preservación de los parques y reservas

nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.

8.

Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación,

monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco

de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de

Bosques Nativos.

9.

Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas,

programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención,

monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.

10.

Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento

ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su

plataforma continental.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y

fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

12.

Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a

la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto

Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.

13.

Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el

ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de

programas y proyectos con financiamiento internacional.

14.

Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental,

en el marco de sus competencias.

15.

Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos

vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los

domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o

cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el

ámbito de competencia del Ministerio.

16.

Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL

ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a

la política ambiental nacional.

17.

Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y

proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su

funcionamiento como ámbito de concertación federal de política

ambiental.

18.

Participar, en el ámbito de su competencia, en los temas relativos

a la aplicación de la Ley N° 26.815 y colaborar con la Secretaría en la

organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo

del Fuego creado por la Ley mencionada.

19.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e

implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados

con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.

20.

Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de

Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el ámbito de su competencia.

21.

Intervenir en la implementación de la política de educación

ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a

esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL

HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.

22.

Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control

tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23.

Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales,

regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas

vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política

ambiental en las políticas públicas sectoriales.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo en el país

de la actividad física y deportiva en todas sus formas.

2.

Participar en la planificación del uso de los recursos aplicados al

desarrollo del deporte en general.

3.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia

articulada para el fomento del deporte, en el diseño de programas y

proyectos, en su etapa de desarrollo y alto rendimiento a nivel

federal, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo

partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo

nacional.

4.

Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo

nacional, regional e internacional.

5.

Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio

de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos

nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales y con instituciones privadas.

6.

Asistir a la Secretaría en la promoción de sistemas integrados de

planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de

infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente

el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de

tecnología aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de

competencias internacionales que se desarrollan en el país.

7.

Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el

ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de

programas y proyectos con financiamiento internacional.

8.

Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento

deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los

organismos públicos o privados correspondientes.

9.

Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el

deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción

de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de

competencia y práctica.

10.

Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que

actúan en las actividades físicas y deportivas.

11.

Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo

para personas con discapacidad.

12.

Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del

deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares

internacionales de cada disciplina.

13.

Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas,

subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el

fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos

beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los

beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su

regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación

correspondiente.

14.

Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo

(ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

15.

Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios

competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento

Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo

preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y

deportivas.

16.

Entender en la promoción de la investigación científica en el campo

del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su

nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su

rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los

organismos competentes en la materia.

17.

Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo

de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del

deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con

competencia en la materia.

18.

Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.

19.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas

de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva

en las distintas disciplinas deportivas, dentro de los programas y

juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las

federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), el Comité

Paralímpico Argentino (COPAR), y el Ente Nacional de Alto Rendimiento

Deportivo (ENARD).

20.

Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos

federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR),

instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo

especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de

cada torneo.

21.

Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la

representación del Ministerio ante la Comisión Nacional Antidopaje.

22.

Diseñar, en articulación con el MINISTERIO DE SALUD, estrategias

para la asistencia médica en competencias deportivas.

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