ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 33/2024
**DECTO-2024-33-APN-PTE - Decreto N°
50/2019. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-152755927-APN-DGDYL#MI, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios)
estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los
negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para
posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que resulta necesario modificar la conformación organizativa del
MINISTERIO DEL INTERIOR y los Objetivos de sus Secretarías y
Subsecretarías.
Que, asimismo, procede establecer el ámbito jurisdiccional de actuación
de los organismos desconcentrados y descentralizados del citado
Ministerio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por
el siguiente:
“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
-SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS
SECRETARÍA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE TURISMO
- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES”.
ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el obrante
en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154622383-APN-MI) al presente artículo,
que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por
el siguiente:
“VI – MINISTERIO DEL INTERIOR
Organismos Descentralizados
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
SECRETARÍA DE INTERIOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)
**Empresas y Entes del Sector Público
Nacional**
SECRETARÍA DE TURISMO,
AMBIENTE Y DEPORTES
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)
COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)
ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)”.
ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los
que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.
ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,
las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal
con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos
vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/01/2024 N° 1005/24 v. 09/01/2024
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 3°**
(ANEXO II)
VI.- MINISTERIO DEL INTERIOR
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.
Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a
los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus
funciones institucionales.
Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales,
ceremonial y protocolo.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen
institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de
la Jurisdicción.
Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.
Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos para generar información de gestión en
coordinación con las áreas competentes.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos
Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que
se proyecten durante el ejercicio financiero.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así
también en los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones efectuadas por los servicios Administrativos
Financieros del Ministerio.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes
muebles e inmuebles y de servicios del Ministerio.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
del Ministerio.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que
respecta a la emisión de dictámenes.
Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los
requerimientos del Poder Judicial.
Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia
en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación
con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los
sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el
Ministerio.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios
Administrativos Financieros del Ministerio y en la evaluación de su
cumplimiento.
Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en
el Ministerio.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos del Ministerio.
Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
OBJETIVOS
Articular las actividades político-institucionales que, en el marco
de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno
Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.
Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional,
tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional
y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales, con miras al desarrollo federal.
Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de
Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.
Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en
los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y
municipales.
Entender en la formulación y ejecución de políticas de
descentralización y coordinar las políticas inherentes a la
regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo
regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Asistir al Ministro en lo relativo al régimen jurídico de las aguas
de los ríos interprovinciales y sus afluentes.
Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la
promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.
Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales,
organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo
e implementación de los programas y acciones de su competencia.
Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la
solución de problemáticas regionales o de interés común y a la
optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.