MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 336/92
Modificación del Decreto Nº 2015/66 relacionado con el Reglamento de Docmentos de Identidad y de Viaje.
Bs. As., 24/2/92
VISTO el Expediente Nº 106-000378/91 registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del mencionado Expediente se propicia la modificación de los artículos 11 y 53 del Reglamento de Documentos de Identidad y Viaje, aprobado por Decreto Nº 2015/66, modificado por Decreto Nº 1983/85.
Que las disposiciones reglamentarias cuya modificación se propicia, establecen el plazo de vigencia del Pasaporte Argentino y de los certificados de Viaje que expide la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, fijándolo en CINCO (5) años en el extranjero y CUATRO (4) años en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que la experiencia recogida a lo largo de los CINCO (5) años de vigencia de las mencionadas disposiciones, exhibe como resultado el acaecimiento de situaciones confusas en relación a la validez del Pasaporte Argentino, en ocasión de los controles llevados a cabo por autoridades extranjeras.
Que las referidas situaciones se traducen en molestias para los titulares de dichos documentos y en restricciones a su libre circulación internacional.
Que por otra parte, en la actualidad no se detectan razones de real valía que justifiquen la vigencia dual de Pasaportes y Certificados de Viaje.
Que en función de lo expuesto surge razonable la modificación del texto reglamentario consignado.
Que el presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 86, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA: