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ENERGIA GEOTERMICA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ENERGIA

Decreto N° 3.408/1979

Energía Geotérmica.

Apruébanse los Lineamientos para el Desarrollo de la misma.

Bs. As., 28/12/1979

VISTO el Expediente N° 668.900/1979 del Registro de la Secretaría de Estado de Energía, y

CONSIDERANDO:

Que por esas actuaciones se propicia la aprobación de los lineamientos

para el desarrollo de la Energía Geotérmica y la asignación de fondos

para la concreción de un programa de exploración geotérmica para el

desarrollo de otras fuentes energéticas no convencionales y para

proveer al uso racional de las disponibilidades energéticas concretando

en medidas los estudios sobre racionalización y conservación de la

energía.

Que es razonable que dichos fondos provengan de los combustibles no

renovables, toda vez que su destino está encaminado a obtener su

reemplazo parcial por formas de energía renovables, así como tambien a

evitar su incorrecta utilización.

Que es importante asegurar la continuidad de la investigación y

desarrollo de tecnologías para impulzar el aprovechamiento de otras

fuentes de energía no convencionales, asimismo formar conciencia en los

diferentes usuarios del significado de la conservación de la energía.

Que resulta conveniente que la faz inicial de estudio de los recursos geotérmicos sea coordinada y soportada por el Estado.

Que la Secretaría de Estado de Energía efectúa una propuesta en los sentidos señalados.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébense los

Lineamientos para el Desarrollo de la Energía Geotérmica, cuyo texto

forma parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Art. 2° - Destínanse,

provenientes del Fondo Nacional de la Energía (Decreto N° 22.389/45),

con destino a la explotación geotérmica, a la promoción de la

conservación de la energía y para contribuir a la investigación y

desarrollo de otras fuentes de energía no convencionales según la

distribución tentativa de planilla que como Anexo II forma parte

integrante del presente decreto los montos equivalentes en pesos a los

valores anuales que a continuación se detallan:

Año 1980: Dos millones quinientos mil dólares estadounidenses (u$s. 2.500.000).

Año 1981: Cinco millones de dólares estadounidenses (u$s. 5.000.000).

Año 1982: Siete millones quinientos mil dólares estadounidenses (u$s. 7.500.000).

Año 1983: Diez millones de dólares estadounidenses (u$s. 10.000.000).

Año 1984: Doce millones quinientos mil dólares estadounidenses (u$s. 12.500.000).

Dichos fondos no podrán destinarse a cubrir gastos de tipo

administrativo, los que serán solventados por las partidas

presupuestarias normales.

Art. 3° -La Secretaría de

Estado de Energía distribuirá anualmente los montos establecidos en el

artículo 2°, de acuerdo con los programas que aprueben las Secretarías

de Planeamiento de la Presidencia de la Nación y de Estado de Energía,

la Secretaría de Estado de Ciencia y Tecnología.

Art. 4° - Los montos anuales

señalados podrán incrementarse con fondos de otro origen que el

establecido. Autorízase a la Secretaría de Estado de Energía a percibir

donaciones destinadas a financiar la ejecución de los planes motivo de

este decreto.

Art. 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. y archívese.

VIDELA.

Juan R. Llerena Amadeo.

José A. Martínez de Hoz.

Albano E. Harguindeguy.

Anexo I

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LA ENERGIA GEOTERMICA

I - Fundamentos y antecedentes

El constante crecimiento del costo relativo a la búsqueda y extracción

de hidrocarburos, sumado al continuo incremento de su precio

internacional, ha determinado que un número cada vez más elevado de

países inviertan crecientes sumas de dinero en la investigación de

fuentes alternativas que permitan reemplazar a los derivados del

petróleo en ciertos aspectos del consumo energético.

Si bien en el corto plazo nuestro país no se encontrará en una

situación energetica apremiante cabe la reflexión de la importancia que

reviste el tomar conciencia de que este valioso recurso es perecedero y

lo que es fundamental, tiene usos económicamente más ventajosos que

algunas de sus aplicaciones actuales.

Esto ha llevado a pensar seriamente en cuál debe ser el esquema de

generación energetica en el mediano y en el largo plazo. La gran

incidencia que puede alcanzar la energía hidroeléctrica una vez

totalmente completado su aprovechamiento, no aparece sin embargo, como

solución definitiva en regiones de recursos hídricos insuficientes o

escasamente pobladas, donde no se justifica una gran inversión. Algo

semejante ocurre con la energía nuclear.

En consecuencia, es en estas regiones donde deben tenerse en cuenta las

singulares posibilidades que ofrecen las fuentes no convencionales,

como la energía geotérmica, casi siempre vinculada a las grandes

cadenas de montañas jóvenes, generalmente ricas en diversos recursos

naturales no aprovechables hoy en día por la carencia de energía. A su

vez, es importante también tener presente que la región cordillerana es

zona fronteriza, resultante por consiguiente un factor de máxima

prioridad desde el punto de vista geopolítico, el desarrollo de todos

sus recursos, especialmente los energéticos.

Surge entonces la necesidad y conveniencia de instrumentar una política

de promoción y desarrollo de la energía geotérmica con el fin de

facilitar, en un plazo razonable, el desenvolvimiento de zonas carentes

de energía. Como en todos los casos, sobre todo en materia energética,

es fundamental la correcta definición de objetivos y cursos de acción,

justificándose, por lo tanto, la formulación de los presentes

Lineamientos para el Desarrollo de la Energía Geotérmica.

La energía geotérmica en el mundo

La producción de electricidad mediante el uso de la energía geotérmica

data de 1904, fecha en la cual en Italia por primera vez se utilizó el

vapor emergente de la tierra para accionar una pequeña turbina. Recién

en 1960, ante el constante encarecimiento y frente a la posibilidad de

agotamiento de los recursos no renovables, fue haciéndose cada vez más

grande el número de países que se deciden a investigar el

aprovechamiento de esta fuente energética.

Es así que en la actualidad son varios los que poseen usinas

geotermoeléctricas en operación, y muchos más los que han iniciado

estudios al respecto. En el primer caso se pueden citar:

[IMG]

Otros países, como Nicaragua y Chile, están en proceso de licitación de

sus primeras centrales del orden de los 30 MW; muchos otros en diversas

etapas de la exploración e investigación de la factibilidad económica.

El costo actual de la generación de energía eléctrica de origen

geotérmico, aún siendo muy competitivo, registra importantes

variaciones que obedecen principalmente a la diversidad de fluidos

hidrotermales (temperatura, presión, salinidad) y de reservorios

(dimensiones, profundidad, régimen de recarga). Los costos promedio de

generación, potencia instalada y puesta en la red de transmisión de la

energía eléctrica en Estados Unidos, registraron en 1977 los siguientes

valores:

[IMG]

En los últimos años se han realizado importantes progresos en materia

de generación geotermoeléctrica mediante el denominado ciclo binario o

de fluido secundario, donde la turbina no es accionada por el fluido

hidrotermal, el cual, en cambio, transfiere su calor a otro de bajo

punto de vaporización, como freón, isobutano, o isobutano/propano, a

través de un intercambiador. Este sistema permite obtener energía

eléctrica mediante la utilización de fluidos hidrotermales de

temperaturas bajas a intermedias (90° a 150° C), en consecuencia, su

aplicación significa un cuantioso aumento de las reservas

geotermoeléctricas y posibilita la incorporación de extensas áreas al

uso eléctrico del recurso.

No es solamente desde el punto de la generación eléctrica que interesa

la energía geotérmica. Sus posibilidades de aplicación se van ampliando

rápidamente en diversos tipos de actividades que requieren utilización

de calor como procesos industriales, usos agrícolas, terapéuticos,

domiciliarios, etc.

Ejemplo de lo dicho se registra en Islandia, donde con una producción

de fluidos geotérmicos equivalente a 900 MW, una muy pequeña parte es

destinada a la generación eléctrica y el resto se utiliza

principalmente en calefacción de ambientes, invernaderos, secaderos de

pescado, procesos industriales como recuperación de sales del agua de

mar, secado de tierras de diatomeas, y otros.

También países como Rusia, Hungría y Polonia utilizan la energía

geotérmica de mediana temperatura para calefaccionar invernaderos y

piletas de natación. En Francia se ha volcado a la calefacción

ambiental.

Posibilidades de aprovechamiento de la energía geotérmica en la Argentina

El continente americano posee una de las regiones potencialmente más

importantes del mundo desde el punto de vista geotérmico, cual es la

Cordillera de los Andes en Sudamérica y su continuación en Centro y

Norteamérica. Esta región forma parte del denominado Cinturón de Fuego

del Pacífico y corresponde al borde occidental de la Placa Americana,

habiéndose evidenciado ya aprovechamientos económicamente rentables en

varios países.

En lo que hace a la Argentina, bastaría mencionar que todo su límite

occidental está constituido por la Cordillera de los Andes, con una

extensión de más de 3.000 Km. en su parte continental. La existencia de

vulcanismo reciente, y aún actuar en casi todo el largo de esta cadena

montañosa, la frecuencia de actividad sísmica, la presencia de una gran

cantidad de manifestaciones hidrotermales, son claros indicios de la

ocurrencia de cuerpos magmáticos relativamente cercanos a la

superficie, hecho que constituye una de las principales causas para la

formación de anomalías térmicas.

También en otras regiones del territorio nacional, que si bien no

perteneciendo a la cordillera propiamente dicha tienen alguna

vinculación indirecta con el proceso de su formación, se registran

manifestaciones superficiales de termalismo suficientemente

interesantes para utilizaciones diversas como calefacción,

refrigeración, calor industrial, procesamientos agrícolas y posible

producción de energía eléctrica por ciclos binarios.

Las características expuestas confieren, sin lugar a dudas, grandes

posibilidades para el estudio y eventual aprovechamiento de este

recurso.

II - Lineamientos para estructurar políticas de acción

La exploración de los recursos geotérmicos requiere el cumplimiento de

distintas etapas encaminadas a determinar la economicidad de su

aprovechamiento. Durante el transcurso de esas diferentes etapas se

conjugan los conceptos de riesgo e inversión de manera tal que en las

de máximo riesgo, como son las iniciales, la inversión no alcanza

valores elevados, mientras que en las siguientes, principalmente cuando

se encara la perforación de pozos profundos, los montos a invertir

crecen rápidamente hasta alcanzar cifras importantes.

Se entiende que, creadas las condiciones necesarias en el aspecto legal

y contando con un volumen de información técnica suficiente, puede la

actividad privada realizar, a su propio riesgo, los aportes de capital

y tecnologías que posibiliten el desarrollo y explotación del recurso,

en ocasión de encararse las etapas de mayores inversiones.

La revisión y el estudio de los antecedentes disponibles,

principalmente geológicos, que resultaban de interés para la

prospección, geotérmica del territorio nacional, ha permitido

determinar la existencia de varias regiones potencialmente

interesantes. Sin embargo, ese sólo conocimiento no es suficiente como

para valorizar el recurso en toda su amplitud. Se hace entonces

necesario contar con información más específica respecto de las

posibilidades que pueden ofrecer esas regiones como potencial

energético.

Dadas las características de los estudios que demanda la exploración

geotérmica y los montos de las inversiones, necesarios para

ejecutarlos, que escapan a las posibilidades técnico financieras de

instituciones como universidades y grupos científicos que investigan

otras fuentes de energía no convencional, se hace imprescindible

arbitrar los medios que permitan alcanzar en un plazo razonable, la

evaluación del recurso.

Resulta, de esta manera necesario que sea el Estado quien absorba el

costo de los trabajos que posibiliten alcanzar las condiciones mínimas

requeridas como para constituir un elemento de suficiente atracción

para el capital privado en las etapas de grandes inversiones. Es con

este criterio que se ha estructurado un primer Programa de Exploración

Geotérmica, con el cual, en un período de cinco años, se cumplirán

estudios tendientes a determinar las posibilidades energéticas de

quince zonas de interés.

Siendo actualmente los fluidos endógenos de propiedad de las

provincias, según lo establecido en el Código de Minería, y dado el

carácter eminentemente energético de su aprovechamiento, resulta

conveniente que los trabajos orientados a determinar su potencialidad

sean coordinados a nivel nacional por la Secretaría de Planeamiento de

la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Estado de Energía.

La responsabilidad que se asigna al Estado en la promoción inicial del

aprovechamiento de esta nueva fuente energética, y la consecuente tarea

de coordinar y orientar racionalmente las actividades, deberá contar

con la participación activa de las provincias, destinatarios directos,

en definitiva, de los aprovechamientos energéticos que estos estudios

posibiliten.

Esta coparticipación podrá concretarse tanto mediante la absorción

directa de parte del costo de las operaciones, como con el aporte de

instalaciones, elementos y personal que faciliten el cumplimiento en

término de los trabajos.

En razón de no existir prácticamente experiencia en este tipo de

estudios en el país, se hará imprescindible recurrir, por el momento, a

la contratación de empresas internacionales especializadas, para

asistir técnicamente al personal argentino en algunos casos, y en

otros, realizar la totalidad del trabajo, según convenga.

Es importante también que, durante la ejecución de los proyectos

exploratorios, se propicie el acercamiento de organismos provinciales,

nacionales, con delegaciones en el interior, universidades, etc., con

el fin de estimular la constitución de centros regionales que en el

futuro puedan brindar el necesario apoyo técnico.

No habrá que descartar, igualmente, la investigación que pueda

requerirse como consecuencia de posibilidades de aplicación geotérmica,

especialmente en usos no eléctricos, apoyándola y aún propiciándola

cuando fuera necesario.

III - Inversiones y financiación

Estando encaminado el estudio y aprovechamiento de la energía

geotérmica a la producción de electricidad y al reemplazo de otros

combustibles en procesos industriales, usos domiciliarios, etc., se ha

considerado que los recursos necesarios para financiar los trabajos

emergentes de los lineamientos para el desarrollo de la energía

geotérmica podrían provenir del impuesto a los combustibles no

renovables, a través del Fondo Nacional de la Energía, tal como

actualmente contribuyen al desarrollo de otras fuentes renovables como

la hidroeléctrica.

Las inversiones previstas en el primer Programa de Exploración

Geotérmica representan, en su totalidad, menos del 1% de lo que se

estima recaudar en el mencionado fondo en el mismo período, valor éste

que no modificaría básicamente el actual esquema de distribución de

recursos.

Por otra parte, conviene también tener en cuenta la posibilidad de

incrementar la disponibilidad de recursos mediante otras vías, como

donaciones, aportes provinciales, recuperación de parte de los montos

invertidos en la exploración en ocasión del traspaso de áreas a la

actividad privada, etc., acelerando de este modo los estudios y, como

consecuencia, la posibilidad de aprovechamiento de la energía

geotérmica.

IV - Organismo de aplicación

Teniendo en cuenta que la exploración de este recurso, y su eventual

aprovechamiento, está orientado tanto a la producción de energía

eléctrica como a un efectivo ahorro de los combustibles fósiles, y ante

la próxima creación de la Dirección General de Conservación de la

Energía en el seno de la Secretaría de Estado de Energía entre cuyas

funciones se cuenta el desarrollo y aplicación de las fuentes no

convencionales, aparece esta última como el organismo más idóneo, a

nivel nacional, para coordinar y orientar la exploración inicial de la

energía geotérmica.

Esta responsabilidad no puede interferir con el accionar de la

Secretaría de Estado de Ciencia y Tecnología toda vez que la finalidad

que ésta persigue es la investigación científica y el desarrollo de

tecnologías, mientras que la exploración geotérmica utiliza métodos

prospectivos de tipo geológico y geofísico principalmente.

Es importante destacar la estrecha colaboración que se mantiene con la

Secretaría de Estado de Minería, quien aporta personal y elementos que

complementan la labor hasta ahora realizada, y con la Secretaría de

Planeamiento de la Presidencia de la Nación en la coordinación con las

provincias y otros organismos.

Anexo II

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