JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2017-05-19
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 20
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**JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS**

Decreto 348/2017

Modificación. Decreto N° 237/2015.

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2017

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente Nº EX-2016-00491329-APN-DGTAYL#SFM, los Decretos Nº

12 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 237 de fecha 22 de diciembre de

2015; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015, se creó

el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, en la órbita de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 237 de fecha 22 de diciembre de 2015, se

estableció la conformación y estructura organizativa del SISTEMA

FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS y su organigrama y acciones

específicas, entre las que se destacan producir y promover contenidos

relacionados con el arte, la cultura, la educación y la ciencia,

procurando llegar a público de todas las edades en todo el país; la

administración y operación del Proyecto CENTRO CULTURAL DEL

BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER” y del Parque

Temático Interactivo del “Proyecto TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO,

CIENCIA, TECNOLOGÍA Y ARTE”.

Que, en esta instancia, resulta necesario modificar la estructura

organizativa del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS y,

asimismo, crear, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES

FEDERALES el organismo desconcentrado CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES.

Que, asimismo, con dependencia de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

de la citada Jurisdicción, resulta procedente la creación del PARQUE

TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, como

organismo desconcentrado.

Que, a su vez, resulta necesario homologar y derogar diversas unidades

pertenecientes al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el Nomenclador de Funciones

Ejecutivas de dicho Sistema.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE

RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PÚBLICO de la

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la

SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado

intervención en razón de sus competencias en la materia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el

artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I al artículo 2º del Decreto Nº 237

de fecha 22 de diciembre de 2015, por el obrante en el Anexo I

(IF-2017-09013487-APN-JGM), que forma parte integrante del presente

Decreto.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo II del Decreto Nº 237 de fecha 22

de diciembre de 2015, la parte correspondiente a los Objetivos de la

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS y de la SUBSECRETARÍA DE CENTROS

TEMÁTICOS Y EXPRESIONES FEDERALES del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo

II (IF-2017-09013941-APN-JGM), que forma parte integrante del presente

Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyense del Anexo II del Decreto Nº 237 de fecha 22

de diciembre de 2015, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la

DIRECCIÓN NACIONAL de EXPRESIONES FEDERALES, dependiente de la

SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS

PÚBLICOS del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, de

conformidad con el detalle obrante en el Anexo III

(IF-2017-09015225-APN-JGM), que forma parte integrante del presente

Decreto.

ARTÍCULO 4°.- Créase, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE EXPRESIONES

FEDERALES de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS del SISTEMA FEDERAL

DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS, el organismo desconcentrado PALACIO LIBERTAD, CENTRO CULTURAL DOMINGO FAUSTINO

SARMIENTO. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 4°, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

*(Denominación del organismo desconcentrado

CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS

KIRCHNER”, creado por el presente artículo sustituido por PALACIO LIBERTAD, CENTRO CULTURAL DOMINGO FAUSTINO

SARMIENTO, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada

vez que se hace referencia al organismo citado en primer término, por art. 12 delDecreto N° 993/2024B.O. 7/11/2024.)*

ARTÍCULO 5º.- El organismo desconcentrado “PALACIO LIBERTAD, CENTRO CULTURAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” tiene como objetivos:

1.

Planificar, diseñar, desarrollar y promover actividades de carácter permanente y transitorio, en el ámbito de su competencia.

2.

Fomentar la divulgación de la música, las artes visuales, las artes

escénicas y el arte en general, en coordinación con las áreas

competentes de la Administración Pública Nacional.

3.

Elaborar planes, programas y actividades culturales destinados al

sector juvenil que fomente su interacción con las artes en todas sus

expresiones.

4.

Impulsar ciclos y espacios para la infancia, promoviendo actividades

especiales de música y artes que también abarquen a la familia en su

conjunto.

5.

Coordinar la elaboración de una grilla de instituciones y

organizaciones que participen en actividades a realizarse en el ámbito

del organismo.

6.

Desarrollar en su programación acciones destinadas a la inclusión de

expresiones artísticas regionales e internacionales que amplíen el

acceso de la población a este tipo de propuestas.

7.

Impulsar las expresiones culturales emergentes, a través de la generación de espacios de intercambio multidisciplinarios.

8.

Concebir y promover acciones relacionadas con la formación de nuevas

audiencias y con el fomento de su participación en las actividades

artísticas que se desarrollen en el organismo.

9.

Diseñar programas y acciones de participación ciudadana, debates de

actualidad, reflexión y propuestas que reflejen los diversos intereses

de la población.

10.

Funcionar como centro de convocatoria y participación de los

grandes eventos artísticos, culturales, diplomáticos, sociales,

científicos y de interés ciudadano que se desarrollen en el ámbito de

la cultura nacional. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 5°, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

(Artículo sustituido por art. 13 delDecreto N° 993/2024B.O. 7/11/2024.)

ARTÍCULO 6º.- El Titular del organismo desconcentrado “PALACIO

LIBERTAD, CENTRO CULTURAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” tendrá rango y

jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel

A, Grado 0, Función Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, será

designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y tendrá las siguientes

funciones:

a. Programar, producir y organizar las actividades permanentes y temporarias en el ámbito de su competencia.

b. Implementar programas educativos y culturales que promuevan la

difusión de la música y las artes, en coordinación con las áreas

competentes.

c. Desarrollar programas y acciones tendientes a promover el conocimiento y la divulgación del arte nacional e internacional.

d. Mantener actualizado el inventario, registro y documentación de los bienes del organismo.

e. Intervenir en los planes y programas tendientes a promover la capacitación permanente del personal del organismo.

f. Elaborar el proyecto de presupuesto anual del organismo.

g. Proponer el nombramiento del personal, la contratación de expertos, administrando su promoción y desempeño.

h. Proponer la celebración de acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 6°, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

(Artículo sustituido por art. 13 delDecreto N° 993/2024B.O. 7/11/2024.)

ARTÍCULO 7º.- *(Artículo derogado por

art. 24 del*[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 8º.- *(Artículo derogado por

art. 24 del*[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 9º.- El organismo desconcentrado CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES

cuenta para el cumplimiento de sus funciones con los siguientes

recursos:

a. Los fondos provenientes de las partidas presupuestarias que a tales

efectos se le asignen y los que se generen por las actividades que se

desarrollen en el Organismo.

b. Los recursos provenientes de donaciones y legados que reciba el

ESTADO NACIONAL con cargo a ser imputados al presupuesto del organismo

desconcentrado CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 9°, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

ARTÍCULO 10.- Créase el PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA,

TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, como organismo desconcentrado en el ámbito

de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 10, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

(Nota Infoleg: por art. 17 del[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)*B.O. 5/4/2020 se transfiere el organismo desconcentrado PARQUE

TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE,

creado por el presente artículo del ámbito de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y

COMUNICACIÓN

PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del

MINISTERIO DE CULTURA.)*

ARTÍCULO 11.- El PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA,

TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE tiene como objetivos:

1.

Impulsar la organización de eventos de promoción, difusión,

desarrollo e innovación de la ciencia, la tecnología y el arte, como

contribución y apoyo al conocimiento, en coordinación con las áreas

competentes de la Administración Pública Nacional.

2.

Promover el desarrollo de un espacio idóneo y federal de

participación abierta de acceso a las expresiones tecnológicas,

científicas, educativas y artísticas y la itinerancia de los contenidos

de dicha índole en todo el país.

3.

Fomentar la generación de ciclos y espacios para la infancia,

promoviendo actividades especiales de ciencia, arte y tecnología

destinadas a la familia. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 11, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

ARTÍCULO 12.- El Titular del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO,

CIENCIA,

TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE tendrá rango y jerarquía de Director

Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función

Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado

por Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,

será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y tendrá las siguientes

funciones:

a. Conducir las actividades del PARQUE TECNÓPOLIS DEL

BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, ejerciendo su

representación.

b. Intervenir en la definición del cronograma de los eventos a

realizarse en la sede del Organismo.

c.

Aprobar el reglamento general de expositores y asistentes del PARQUE

TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE y el

reglamento interno para montaje y desmontaje.

d. Implementar

programas y acciones educativas y culturales que promuevan la difusión

de la ciencia, la tecnología y el arte, en coordinación con las áreas

competentes de la Administración Pública Nacional.

e.

Desarrollar programas y acciones tendientes a promover el conocimiento

y divulgación de la ciencia, la tecnología y el arte nacional, en el

ámbito de su competencia.

f. Administrar y gestionar los recursos patrimoniales, humanos y

económicos a su cargo.

g. Mantener actualizado el inventario, registro y documentación de los

bienes del Organismo.

h. Intervenir en los planes y programas tendientes a la capacitación

permanente del personal del Organismo.

i.

Elaborar el proyecto de presupuesto anual del Organismo y elevarlo a la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA.

j. Proponer en el nombramiento del personal, la contratación de

expertos, administrando su promoción y desempeño.

k. Proponer la celebración de acuerdos y convenios en el ámbito de su

competencia. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 12, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

(Artículo sustituido por art. 16 del[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 13.- *(Artículo derogado por

art. 24 del*[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 14.- *(Artículo derogado por

art. 24 del*[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 15.- El PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA,

TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE cuenta para el cumplimiento de sus funciones

con los siguientes recursos:

a. Los fondos provenientes de las partidas presupuestarias que a tales

efectos se le asignen y los que se generen por las actividades que se

desarrollen en el Organismo.

b. Los recursos provenientes de donaciones y legados que reciba el

ESTADO NACIONAL con cargo a ser imputados al presupuesto del PARQUE

TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE. (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 15, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

ARTÍCULO 16.- Facúltase al titular del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previa

intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de

la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a

aprobar la estructura organizativa de nivel inferior de los DOS (2)

Organismos Desconcentrados que se crean por el presente Decreto, la que

deberá prever un incremento máximo sobre el remanente de cargos

facultados para las aperturas inferiores del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS

Y CONTENIDOS PÚBLICOS por el artículo 3º de la Decisión Administrativa

Nº 762 de fecha 27 de julio de 2016 de DOS (2) Coordinaciones del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el

Decreto Número 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus

modificaciones, las que a través del acto de aprobación serán

incorporadas en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la

Jurisdicción, con Nivel IV (Coordinación). (Nota Infoleg: por art. 15 delDecreto N° 346/2025*B.O. 22/5/2025 se deroga el presente artículo 16, a partir de la

entrada en vigencia de la

adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE CULTURA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme a las disposiciones de la medida

de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN

OFICIAL.)*

ARTÍCULO 17.- Homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones

Ejecutivas los cargos pertenecientes al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y

CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, según el

detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo

(IF-2017-09016257-APN-JGM) que forman parte integrante de la presente

medida.

ARTÍCULO 18.- Asígnase al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS

PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la cantidad de DOS

(2) cargos vacantes de planta permanente de la reserva de cargos

aprobada por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5

de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de

dicha medida, en los términos del artículo 2° de la Decisión

Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicados a

la facultad concedida en el artículo 16 del presente decreto,

correspondiendo asignarles Nivel B (DOS (2) cargos) del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, según lo dispuesto en el artículo 20 del

Anexo del Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, conforme Planilla Anexa

al presente artículo (IF-2017-09016628-APN-JGM) que forma parte

integrante de esta medida.

ARTÍCULO 19.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto

se atenderá con los créditos específicos asignados a la JURISDICCIÓN 25

  • JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 20.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese — E/E MICHETTI. — Marcos Peña.

ANEXO I

[IMG]

IF-2017-09013487-APN-JGM

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

OBJETIVOS:

1.

Colaborar en la generación de contenidos del Polo de Producción

Audiovisual y en las señales Encuentro, Paka Paka y Depor TV, en el

marco de los convenios celebrados con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y

DEPORTES.

2.

Supervisar la administración y operación del PARQUE TECNÓPOLIS DEL

BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.

3.

Participar en la administración y funcionamiento de la formulación y

ejecución de políticas de inclusión digital, con criterio federal, en

el ámbito de su competencia.

4.

Participar en la integración digital de espacios culturales a través

de una red federal de cultura digital, en el ámbito de su competencia.

5.

Gestionar políticas públicas de promoción de contenidos para actores

locales.

6.

Formular y propiciar la celebración de convenios nacionales e

internacionales, en el ámbito de su competencia.

7.

Intervenir en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e

internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia.

8.

Intervenir en la coordinación de la cooperación internacional en el

ámbito de su competencia.

9.

Dirigir la política cultural que se desarrolle desde el organismo

desconcentrado “CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES”.

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES

OBJETIVOS:

1.

Entender en la elaboración del plan anual de gestión y el cronograma

de actividades en el marco de un manejo sustentable en los parques

temáticos y centros culturales existentes o a crearse en el ámbito de

su competencia.

2.

Supervisar la administración y operación del organismo

desconcentrado “CASAS DE CONTENIDOS FEDERALES”.

3.

Definir los eventos a realizarse en el marco de las actividades

establecidas por el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS en

el marco de su competencia.

4.

Entender en la generación de contenidos específicos inherentes a la

ciencia, la tecnología, la educación, la cultura y el arte en sus más

diversas expresiones, con criterio federal e inclusivo, en el ámbito de

su competencia.

5.

Fomentar la interacción social brindando contenidos que tiendan a la

unidad de todos los sectores, ampliando el espectro del conocimiento a

todas las ideologías, credos, géneros y edades.

6.

Privilegiar el espacio público y la oferta tecnológica, científica,

educativa y artística como lugar de reencuentro de los argentinos y de

ciudadanos de otros países, propendiendo a la divulgación del

conocimiento.

IF-2017-09013941-APN-JGM

ANEXO III

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

SUBSECRETARIA DE EXPRESIONES FEDERALES

DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPRESIONES FEDERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES en la generación de

contenidos específicos inherentes a la cultura en sus más diversas

expresiones, con criterio federal e inclusivo, en el ámbito de su

competencia.

ACCIONES:

1.

Desarrollar una plataforma para la producción de bienes culturales

del país, en el ámbito de su competencia.

2.

Procurar el desarrollo de un medio idóneo y federal de participación

abierta para el acceso a la cultura.

3.

Brindar contenidos específicos inherentes a la cultura, fomentando

la interacción social y la unidad de todos los sectores, ampliando el

espectro a todas las ideologías, credos, géneros y edades.

4.

Planificar la utilización del espacio público para realizar ofertas

de contenidos diversos que promuevan la divulgación de conocimientos y

el cambio cultural, en el ámbito de su competencia.

5.

Promover la interacción con los espacios culturales del país,

reconociendo la diversidad de los contenidos generados regionalmente y

profundizando el intercambio a nivel federal.

6.

Promover la itinerancia de contenidos inherentes a la ciencia, la

tecnología, la educación y el arte en todo el país, en el ámbito de su

competencia.

IF-2017-09015225-APN-JGM

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

HOMOLOGACIONES

Unidad Organizativa

Nivel

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES

DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPRESIONES FEDERALES

I

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS

DEROGACIONES

Unidad Organizativa

Nivel

SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS TEMÁTICOS

I

IF-2017-09016257-APN-JGM

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 18

PRESUPUESTO 2017

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORIA

CANTIDAD DE CARGOS

PERSONAL PERMANENTE

ANEXO II Decisión Administrativa

Nº 284/17

PERSONAL DEL SINEP - Decreto

Nº 2098/08 y modificatorios

  • 2

Subtotal Escalafón

  • 2

ANEXO V Decisión Administrativa

Nº 284/17

PERSONAL DEL SINEP - Decreto

Nº 2098/08 y modificatorios

  • 2

Subtotal Escalafón

  • 2

TOTAL

0

IF-2017-09016628-APN-JGM

Antecedentes Normativos*- Artículo 4°, Denominación "CASAS DE

CONTENIDOS FEDERALES" sustituida por la de denominación CENTRO CULTURAL

DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS

KIRCHNER”, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada

vez que se hace referencia al organismo citado en primer término, por

art. 15 del*[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020);(Nota Infoleg: por art. 17 del[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)*B.O. 5/4/2020 se transfiere el organismo desconcentrado CENTRO CULTURAL

DEL

BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, creado por el

presente artículo del ámbito de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN

PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del

MINISTERIO DE CULTURA.);*- Artículo 5° sustituido por art. 16 del[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020;

- Artículo 6° sustituido por art. 16 del[Decreto

N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020.

Unidad Organizativa Nivel
SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPRESIONES FEDERALES I
Unidad Organizativa Nivel
--- ---
SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE EXPRESIONES FEDERALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS TEMÁTICOS I
CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS
--- ---
PERSONAL PERMANENTE
ANEXO II Decisión Administrativa
Nº 284/17
PERSONAL DEL SINEP - Decreto
Nº 2098/08 y modificatorios - 2
Subtotal Escalafón - 2
ANEXO V Decisión Administrativa
Nº 284/17
PERSONAL DEL SINEP - Decreto
Nº 2098/08 y modificatorios + 2
Subtotal Escalafón + 2
TOTAL 0

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