SECRETARIA DE COMUNICACION Y PRENSA

Rango Decreto
Publicación 2020-04-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Decreto 353/2020

DCTO-2020-353-APN-PTE - Dáse por designado Director Nacional de Comunicación Internacional.

Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2020

VISTO

el Expediente N° EX-2020-14855589-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los

Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y

complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del

10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y 195 del 28 de febrero de

2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se

estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a

partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el

artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el

Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de

personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios, vacantes

y financiados presupuestariamente, en las Jurisdicciones y unidades

organizativas dependientes de la Presidencia de la Nación, de

conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el

Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó

el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado

por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, la

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que

por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y

sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los

correspondientes a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el artículo 6° del citado

decreto se estableció que hasta tanto se concluya con la

reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 195/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría.

Que

resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante

y financiado de Director/a Nacional de Comunicación Internacional de la

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de cumplir en

tiempo y forma con las necesidades del servicio.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que

ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las

atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL y por el artículo 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO

1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del 19 de

diciembre de 2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles, al señor Mario César HUCK (D.N.I. N° 30.139.664) en el cargo

de Director Nacional de Comunicación Internacional de la SUBSECRETARÍA

DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se

autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva

Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa

la presente designación transitoria con autorización excepcional por no

reunir el señor HUCK los requisitos mínimos establecidos en el artículo

14 del dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el
artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los

requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº

2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,

contados a partir del 19 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 3º.- El

gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido

con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 – 01

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.-

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO

OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 09/04/2020 N° 16861/20 v. 09/04/2020

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