DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-12-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3558/1977

Bs. As., 21/11/1977

VISTO el Expediente ID 7 8600/161, lo informado por el Comando en Jefe

del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa,

y

CONSIDERANDO:

Que los señores Agregados Militares a las Embajadas en distintos países

de América no disponen de inmuebles de propiedad del Estado Nacional

Argentino para su uso;

Que debido a ello, dichos funcionarios deben alquilar su respectiva

vivienda, lo cual les ocasiona una erogación mensual elevada y que

periódicamente su importe aumenta aun más, creándole serios problemas;

Que además de lo expresado, los locadores no siempre se avienen a

renovar el contrato anterior, por lo cual periódicamente también y

especialmente al reemplazo de esos funcionarios, el entrante se

encuentra ante un problema que debe solucionar perentoriamente y con

todos los apremios derivados de su reciente arribo al lugar;

Que a fin de solucionar todos esos inconvenientes, el Comando en Jefe

del Ejército encaró la compra de inmuebles con destino a vivienda de

servicio para los señores Agregados Militares a las Embajadas

Argentinas en diversos países de América, entre los cuales se halla la

REPUBLICA DE COLOMBIA;

Que analizados los antecedentes de probables inmuebles a adquirir que

los citados funcionarios hicieron llegar, se destacó una “comisión”

técnica de asesoramiento, integrada por personal militar y civil del

Comando de Ingenieros para efectuar un estudio técnico legal previo

para la compra de tales inmuebles;

Que como resultado de dicha “comisión”, se obtuvo la posibilidad, en

firme de adquirir la casa habitación de propiedad de la señora ANA

MARIA PINZON de MANRIQUE, ubicada en la ciudad de BOGOTA, en la

transversal CATORCE (14), distinguida en sus puertas de entrada con los

números 115-18 y encerrada por los siguientes linderos: Por el NORTE,

en VEINTINUEVE (29) metros, con casa de DANIEL RUIZ; por el SUR, con

propiedad del Doctor ARTURO BARRERA; por el ORIENTE, con propiedad del

Coronel EDUARDO MORA; y por el OCCIDENTE, con la transversal CATORCE

(14), siendo su precio la cantidad de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL

PESOS COLOMBIANOS ($C 4.600.000,-), pagadero al contado, más CINCUENTA

MIL PESOS COLOMBIANOS ($C 50.000,-) para gastos de escrituración,

debiéndose girar en su equivalente en dólares estadounidenses;

Que por la especial situación resultante de lo reducido de los

ofrecimientos de inmuebles adecuados al uso a que serían destinados y a

la inexistencia de predisposición por parte de sus propietarios en

concretar un ofrecimiento formal por un precio estable y por un plazo

prudencial, no existió la posibilidad de efectuar concurso de precios;

Que tampoco pudo contarse con una tasación en su estricto sentido, lo

cual se suplió con el asesoramiento de un Ingeniero de actuación en el

medio civil local;

Que por todo ello, la presente operación deberá concretarse por

contratación directa, siendo de aplicación las disposiciones contenidas

en el artículo 56, apartado 3, incisos c), d) y h) de la Ley de

Contabilidad;

Que la Comisión Administrativa - Ley 12737, del Comando de Ingenieros

del Comando en Jefe del Ejército, mediante su Resolución Nro 376

dictada el 11 de octubre de 1977 aprobó la presente operación; habiendo

tomado la Intervención Nro 3675/77 la Delegación en el Comando de

Ingenieros del Tribunal de Cuentas de la Nación;

Que a fin de concretar la misma, debe autorizarse a S E el señor

Embajador y/o al señor Agregado Militar a la Embajada Argentina en la

REPUBLICA DE COLOMBIA para que firme las minutas, escrituras y todo

instrumento público y/o privado necesario para formalizar la operación

de acuerdo con los usos y costumbres del lugar y para que pague las

sumas convenidas;

Que asimismo, para el amueblamiento y completamiento de este inmueble

se asignó la cantidad de VEINTITRES MIL DOLARES (U$S 23.000,-);

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase lo

actuado por la Comisión Administrativa - Ley 12737 del Comando de

Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército y se autoriza la compra del

inmueble situado en la ciudad de BOGOTA, en la transversal CATORCE

(14), distinguida en sus puertas de entrada con los números 115-18,

propiedad de la señora ANA MARIA PINZON de MANRIQUE, en el precio total

de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS ($C 4.600.000,-),

pagadero al contado, más CINCUENTA MIL PESOS COLOMBIANOS ($C 50.000,-)

para gastos de escrituración.

Art. 2° — Los gastos que

demande el cumplimiento del presente decreto, cuyo monto asciende a la

cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL DOLARES (U$S 185.000,-) deberán

ser imputados al “Presupuesto General de la Administración Central:

2.01 - 46 - 001 - 0.376 - 000 - 5 - 51 - Partida Principal 5133 -

Bienes Preexistentes - ME - Ejercicio 1977”.

Art. 3° — Autorizase a S E el

señor Embajador Argentino en la REPUBLICA DE COLOMBIA y/o al señor

Agregado Militar en la misma Embajada para que, en forma conjunta,

separada o alternativamente, firmen - de acuerdo con los usos y

costumbres del lugar - en nombre y representación del Estado Nacional

Argentino (Comando en Jefe del Ejército), las minutas, escrituras y

todo documento o instrumento público y/o privado que sea menester para

formalizar la operación.

Art. 4° — El inmueble adquirido

será destinado a vivienda de servicio para el señor Agregado Militar a

la Embajada Argentina en la REPUBLICA

DE COLOMBIA.

Art. 5° — Transfiérase a la

cuenta del nombrado señor Agregado Militar, la suma total de CIENTO

OCHENTA Y CINCO MIL DOLARES (U$S 185.000,-) en la que se halla incluida

la cantidad de VEINTITRES MIL DOLARES (U$S 23.000,-), asignada para

amueblamiento y completamiento del inmueble adquirido.

Art. 6º — Comuníquese, dése a

la Dirección Nacional del Registro Oficial, tomen nota el Tribunal de

Cuentas de la Nación y la Contaduría General de la Nación y archívese.

— VIDELA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.