DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-09-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3574/1977

Bs. As., 24/11/1977

VISTO, lo dispuesto en la Ley Nº 20.429, el Decreto “S” Nº 2150/76 y lo previsto en el Artículo 33 del Decreto “S” Nº 4639/73, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación del personal civil de la

Secretaría de Inteligencia de Estado, afectado a actividades de

inteligencia y a la seguridad de bienes y de personas cuya custodia

estuviere bajo su responsabilidad como así también la atención de su

propia seguridad personal.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — La Secretaría de

Inteligencia de Estado podrá autorizar a su personal civil la tenencia

y portación de las armas de fuego de su propiedad particular o de las

que pertenezcan al citado Organismo.

Art. 2° — Las autorizaciones de

portación deberán contar con la previa aprobación del Secretario de

Inteligencia de Estado, y serán acordadas con criterio restrictivo.

Art. 3° — Los formularios a

utilizar los proveerá el Registro Nacional de Armas con conocimiento

del Ministerio de Defensa, y serán firmados por el funcionario que

designe el Secretario de Inteligencia de Estado.

Art. 4° — Regístrese, comuníquese y archívese. — VIDELA.

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