DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto S 3625/1975

Bs. As., 1/12/1975

VISTO lo propuesto por el Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, se aprobó la

estructura del Ministerio de Defensa para dotarlo de los elementos

básicos que le permitieran actuar, en forma inmediata, como instrumento

orgánico para el cumplimiento de las competencias asignadas por la Ley

Nº 20.524.

Que en la citada etapa de estructuración se incorporaron a la

jurisdicción ministerial las áreas de planificación para la defensa y

la seguridad que habían actuado originariamente en otros niveles del

Gobierno Nacional.

Que en el referido proceso de integración se mantuvieron los

lineamientos estructurales existentes en las áreas mencionadas con el

propósito de analizar, a través de su desenvolvimiento en el nuevo

ámbito jurisdiccional, las necesidades reales en ese campo específico y

proyectar, en consecuencia, un rediseño orgánico ajustado a los

requerimientos del entorno actual, tanto en lo referente a los

organismos de la defensa como a la situación general nacional e

internacional.

Que la estructura proyectada posibilita la realización de estudios,

evaluaciones y propuestas en los asuntos inherentes al planeamiento de

la defensa cuya responsabilidad primaria compete al Ministerio de

Defensa, introduciendo a la vez una reducción de costos y del número de

recursos humanos asignados a las distintas áreas.

Que la experiencia recogida ha permitido determinar que por tratarse de

un cuerpo interfuerzas en el que participan otros sectores de Gobierno,

es conveniente reintegrar a la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad

una situación estructural acorde con su particular modalidad de

funcionamiento, regida por la Ley Nº 12.913, el Decreto Nº 9.329, del

11 de octubre de 1963, y disposiciones complementarias.

Que las dotaciones propuestas cumplimentan las previsiones de los

Decretos Nos. 746, del 21 de marzo de 1975, y 1.921, del 14 de julio de

1975, previendo la transferencia a la planta de personal permanente de

aquellos agentes que, cumpliendo funciones imprescindibles de ese

carácter, revistan actualmente en la planta de personal temporario

aprobada por el decreto Nº 2.111, del 30 de diciembre de 1974.

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 234, del 24 de enero

de 1969, el presente decreto debe tener carácter rectificatorio del

decreto que aprobó la estructura vigente en el Ministerio de Defensa.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícase

el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el que se aprobó la

estructura orgánico-funcional del Ministerio de Defensa, la que, en lo

referente a la Subsecretaría de Planeamiento para la Defensa, se

ajustará al organigrama, misiones y funciones, agrupamiento funcional y

dotaciones y memorando descriptivo de tareas que, como Anexos I, II,

III y IV, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Derógase el Decreto

Nº 2.111, del 30 de diciembre de 1974, correspondiente a la dotación de

personal temporario, a partir de la fecha de la incorporación de los

agentes que revistan en la misma, a la planta de personal permanente

que se aprueba por el presente acto.

Art. 3° —Establécese un plazo

de TREINTA DIAS (30) a partir de la fecha de la incorporación del

personal temporario a la planta de personal permanente, para la

elevación por parte del Ministerio de Defensa del correspondiente

proyecto de transferencia de partidas presupuestarias.

Art. 4° — El gasto que demande

la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente decreto

será financiado con cargo a la Función 2.90 - Jurisdicción 45 -

Programa 004 - Carácter 0 - Servicio Administrativo 370 - Inciso 11 -

Partida Principal 1110 del Presupuesto para la Administración Pública

Nacional para el Ejercicio 1975.

Art. 6° — Comuníquese y archívese. — MARTINEZ DE PERON.

NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición

web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

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