RADIODIFUSION

Rango Decreto
Publicación 1998-04-08
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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RADIODIFUSION

Decreto 369/98

**Ratifícase la Resolución del Comité Federal

de Radiodifusión N° 46/97, que modificó la

frecuencia asignada para la estación de radiodifusión

sonora por modulación de frecuencia a la sociedad "Auditas

Sociedad Anónima" (e.f.) y autorizó a la citada

firma a comenzar las emisiones regulares del servicio mencionado.**

Bs. As., 3/4/98

B.O : 8/4/98

VISTO el Expediente del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

N° 383/94, el Decreto N° 1144/94 y la Resolución

N° 0046-COMFER/97, y

CONSIDERANDO:

Que la resolución citada en el Visto modificó la

frecuencia 91.7 Mhz asignada para la estación de radiodifusión

sonora por modulación de frecuencia, a la sociedad "AUDITAS

SOCIEDAD ANONIMA" (e.f.) -hoy VOTIONIS SOCIEDAD ANONIMA-,

por la 98.3 Mhz, en el Canal 252, Categoría A, PRE= 100

y HMA= 150 metros, coordinadas a nivel internacional.

Que, al propio tiempo, la citada resolución autorizó

a la firma AUDITAS SOCIEDAD ANONIMA (en formación)-hoy

VOTIONIS SOCIEDAD ANONIMA-a comenzar las emisiones regulares del

servicio mencionado en el considerando precedente.

Que el artículo 27 de la Ley N° 22.285 faculta al

PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del COMITE FEDERAL DE

RADIODIFUSION y previa intervención de la ex Secretaria

de Estado de Comunicaciones, hoy Comisión Nacional de Comunicaciones,

a variar las frecuencias y las potencias adjudicadas a los servicios

de radiodifusión.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 19 de la

Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549,

deviene necesario ratificar, en su totalidad, la Resolución

N° 0046-COMFER/97.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por el Art. 99. inc, 1° de la Constitución Nacional

y por la Ley N° 22.285.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Ratifícase la Resolución

N° 0046-COMFER/97, de fecha 28 de febrero de 1997, cuya copia

autentica, como Anexo I forma parte integrante del presente.

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo 1. La documentación

no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.