ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2026-01-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

ACUERDOS

Decreto 37/2026

DECTO-2026-37-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2026

VISTO el Expediente N° EX-2025-130702321-APN-DNRYRT#MCH, la Ley N°

11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus

modificaciones, la Ley N° 18.753, la Ley de Ministerios N° 22.520

(texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus

modificatorias, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional N° 24.185 y su modificatoria, la Ley

Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus

modificaciones, La Ley de Presupuesto General de la Administración

Nacional N° 27.798, los Decretos Nros. 447 del 17 de marzo de 1993, 192

del 5 de abril de 2023, 8 del 10 de diciembre de 2023, 86 del 26 de

diciembre de 2023, 804 del 12 de noviembre de 2025, el Convenio

Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional

homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus

modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal

del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el

Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y el

Acta Acuerdo del 28 de noviembre de 2025, reabierta el 26 de diciembre

de 2025 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 y su modificatoria establece el régimen aplicable

a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración

Pública Nacional y sus empleados e instituye al ex-MINISTERIO DE

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de

Aplicación.

Que por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios se homologó el Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), concertado entre el Estado empleador y los

sectores gremiales.

Que por el Decreto N° 8/23 se adecuó la organización Ministerial del

PODER EJECUTIVO NACIONAL, reformulándose la Ley de Ministerios N°

22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Que por el artículo 10 del precitado decreto se estableció que los

compromisos y obligaciones asumidos, entre otros, por el entonces

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estarán a cargo del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considerándose transferidos los créditos

presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus

cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las

estructuras correspondientes.

Que por el artículo 23 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por

Decreto N° 438/92) y sus modificatorias se estipularon las competencias

del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el referido Decreto N° 86/23, entre otras cuestiones, se aprobó

la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y,

asimismo, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los que se encuentra intervenir en la

fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la

gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la Ley N° 24.185 y su

modificatoria se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus

modificatorios y complementarios, y se suscribieron las Actas del 28 de

noviembre de 2025, por la cual se pasó a un cuarto intermedio, y del 26

de diciembre de 2025, declarando reabierto el acto.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°

24.185 reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas

complementarias, lograron un acuerdo cuya Cláusula Primera establece

que hasta tanto se efectúe una revisión integral y se evalúen los

mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de

Dirección Pública, incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por

el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, se prorroga a partir del 1°

de diciembre de 2025, fecha en que operó el vencimiento de su última

prórroga, conforme lo acordado mediante Acta de fecha 23 de julio de

2025 homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el 31

de diciembre de 2025, la entrada en vigencia de los artículos

sustituidos mediante la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27

de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N°

192/23.

Que por la Cláusula Segunda, en razón de lo dispuesto en la citada

Cláusula Primera, se acordó prorrogar a partir del 1° de diciembre de

2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, la entrada en vigencia de la

incorporación del artículo 24 bis al Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y

complementarios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de

fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del

Decreto N° 192/23.

Que por la Cláusula Tercera se prorroga en igual término la entrada en

vigencia de la derogación de los artículos 19, 20, 38 y 84 y el inciso

3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por

el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dispuesta

por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de

2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

Que por la Cláusula Cuarta se establece que hasta tanto tenga lugar la

entrada en vigencia de todo lo acordado, las disposiciones de los

artículos mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de

2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23, serán las

que resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788

del 25 de noviembre de 2019, con las modificaciones que hubieren tenido

lugar.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185 y su modificatoria.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo

79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo

General para la Administración Pública Nacional, homologado por el

Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, y los recaudos previstos por el

artículo 2° del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por

el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeciones.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones

introducidas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la

Administración Pública Nacional.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO

DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención prevista en los artículos

4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la citada Ley N° 24.185 y su Decreto

Reglamentario N° 447/93.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185 y su modificatoria.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo del 28 de noviembre de 2025,

reabierta el 26 de diciembre de 2025, de la Comisión Negociadora del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXOS

(ACTA-2025-131959937-APN-DNC#MCH e IF-2026-01532077-APN-DNC#MCH) forman

parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La vigencia de las disposiciones del Acta que se homologa

rigen conforme lo establecido por las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Manuel Adorni - Sandra Pettovello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/01/2026 N° 3637/26 v. 26/01/2026

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

[IMG]

EX-2025-130702321- -APN-DNRYRT#MCH

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de

noviembre de 2025, siendo las 12:20 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO

dependiente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,

ante la Lic. Juliana CALIFA, a cargo de la Jefatura del Departamento de

Relaciones Laborales N° 1, en el marco del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial (CCTS) del personal del Sistema Nacional de Empleo

Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, COMPARECEN: por

la **SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN

PRESUPUESTARIA DE LA SECRETARIA EJECUTIVA, DE LA VICEJEFATURA DE

GABINETE EJECUTIVA, DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Ctdor. Fernando Benito STABILE, DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL, por el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO, Lic. Rosana REGGI, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA**,

el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Ing. Rodrigo CABADO, acompañado

por la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO, todos ellos por parte del

Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), el Sr. Diego GUTIERREZ, el Sr. Alejo CONDE, y en representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)el Sr. Nicolás RIAL UBAGO y el Dr. Rodrigo EXPOSITO.

Declarado abierto por la funcionaria actuante, luego de intercambiar opiniones, se acuerda pasar a un cuarto intermedio.

Oídas que fueron las partes, la Autoridad de Aplicación deja constancia

que oportunamente serán convocadas para la celebración de la

correspondiente audiencia.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante la actuante que así lo

CERTIFICA.------------------------------

[IMG]

[IMG]

"2024 - AÑO DE I.A RECONSTRUCCION DE LA NACIÓN ARGENTINA"

EX-2025-130702321- -APN-DNRYRT#MCH

// En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de

DICIEMBRE de 2025, siendo las 15:00 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO

dependiente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,

y mediante audiencia virtual, ante el Dr. Lisandro AYASTUY, y

reabriendo el acto de fecha 28 de noviembre de 2025, en el marco de la

Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para

el personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP),

COMPARECEN: por LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Secretario Ejecutivo Lic. lan Lionel VIGNALE acompañado por el Lic. Marcelo Iván ROMANO, por el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO,

la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

Lic. Rosana REGGI, acompañada por la Lic. Mariela LIUNI, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA,

el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Ing. Rodrigo CABADO, acompañado

por el Dr. Jorge CARUSO y la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO todos

ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en

representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

los Sres. Diego GUTIERREZ, Alejo CONDE 1 y Sras. Alejandra LOPEZ ATIA y

Jesica KRAMER, con el asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y en

representación de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres. Flavio VERGARA, Nicolás RIAL UBAGO, asesorados por la Dra. Mariana AMARTINO.

Declarado reabierto el acto de fecha 28 de noviembre de 2025 por el

funcionario actuante se cede la palabra al Estado Empleador quien MANIFIESTA:

Que atento la prórroga de la entrada en vigencia del Régimen de

Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por

el Decreto N° 214/06, se somete a consideración de esta Comisión

Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP) las cláusulas

que se detallan a continuación:

PRIMERA:

Hasta tanto las partes efectúen una revisión integral y evalúen los

mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de

Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de

Trabajo General para la Administración Pública Nacional, prorrogar a

partir del 01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última

prórroga, conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de

2025 homologada por el artículo 1° el Decreto N° 804/25, y hasta el

31/12/25, la entrada en vigencia de los artículos sustituidos mediante

la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por

el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

SEGUNDA:

Conforme lo dispuesto en la Cláusula Primera, prorrogar a partir del

01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,

conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de 2025

homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el

31/12/25, la entrada en vigencia de la incorporación del artículo 24

bis, al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del

Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), Decreto N° 2098/08 y

modificatorios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de

fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

TERCERA:

Acorde lo manifestado en la Cláusula Primera, prorrogar a partir del

01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,

conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de 2025

homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el

31/12/25, la entrada en vigencia de la derogación de los artículos 19,

20, 38 y 84, y el inciso 3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial (CCTS) para el personal del Sistema Nacional del

Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y

modificatorios, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de

fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.

CUARTA:

En virtud de lo expuesto en las cláusulas que anteceden, y hasta tanto

tenga lugar su entrada en vigencia, las disposiciones de los artículos

mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por el

artículo 1o del Decreto N° 192/23 antes citada, serán las que

resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19,

con las modificaciones que hubieren tenido lugar.

Cedida la palabra a la representación de UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN) quien MANIFIESTA: Que acepta la propuesta del Estado Empleador.

En el uso de la palabra la representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) quien MANIFIESTA: Que rechaza la propuesta del Estado Empleador y se manifestara por acta complementaria.

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

conforme lo manifestado precedentemente por las representaciones

Sindicales, y atento la mayoría establecida en la Resolución N° 1822/21

que conforma los valores porcentuales, en conformidad con el artículo

4° de la Ley N°a 24.185 y su Decreto Reglamentario N° 447/93, se tiene

por perfeccionado el presente acuerdo.

No siendo para más se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante el funcionario actuante que así lo

CERTIFICA.-----------------

IF-2026-01532077-APN-DNC#MCH

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.