MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 373/2004
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 31/3/2004
VISTO el Expediente Nº E-26124-2003 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1300 del 22 de julio de 2002, 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y 141 del 4 de junio de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la ley citada en el Visto y sus modificaciones se establecieron los Ministerios que conforman la organización de la Administración Pública Nacional y sus competencias.
Que, oportunamente y mediante el Decreto Nº 1300 del 22 de julio de 2002, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que mediante el Decreto Nº 141 del 4 de junio de 2003 fueron modificadas las competencias del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, mediante el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el objeto de evitar la superposición de acciones y fortalecer el cumplimiento de las políticas sociales.
Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del mencionado reordenamiento.
Que para ello, se requiere una nueva conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.
Que, sin que tal medida implique incrementar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, resulta necesario efectuar una reestructuración en la composición de los mismos aprobados para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en virtud de la Ley Nº 25.827.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el Apartado XXII, correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, del Anexo I del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, correspondiente al Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, el que quedará redactado de conformidad con lo expresado en el Anexo al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese el Apartado XXII, correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, del Anexo II del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, correspondiente a Objetivos, el que quedará redactado de conformidad con lo expresado en el Anexo al presente artículo.
Art. 3º — Transfiérese la Dirección Nacional de Políticas de Adultos Mayores de la ex SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con todas sus competencias, como asimismo con el correspondiente cargo de Director Nacional, Función Ejecutiva Nivel I, al CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4º — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos - para el Ejercicio 2004, aprobada por Decisión Administrativa Nº 2 del 14 de enero de 2004 de conformidad con lo expresado en el Anexo al presente artículo.
Art. 5º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de acuerdo con el "Organigrama", "Responsabilidad Primaria y Acciones", y "Dotación", los que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto.
Art. 6º — Establécese que, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).
Art. 7º — Establécese que, hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por el presente, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 8º — Derógase el Decreto Nº 1300 del 22 de julio de 2002, con excepción de los artículos 6º y 8º de dicha norma.
Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner. — Roberto Lavagna.
ANEXO AL ARTICULO 1º
XXII - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
— SECRETARIA DE COORDINACION
— SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
— SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ECONOMIA SOCIAL
— SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
— SECRETARIA DE COMUNICACION SOCIAL
— SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
ANEXO AL ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION
Objetivos:
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
Asistir en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
Efectuar la planificación, coordinación y asistencia a las actividades administrativas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas y desconcentradas dependientes.
Administrar los depósitos que dependan del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al efecto.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todas los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos, descentralizados.
Entender en la administración y control del funcionamiento técnico administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole social con financiamiento internacional, y controlar el cumplimiento de los compromisos financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos internacionales en el área de competencia del Ministerio.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
Objetivos:
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de una Red Federal de políticas nacionales que hagan eje en la persona y en su desarrollo a partir de la equidad territorial y la justicia social y estén destinadas a orientar, programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar acciones tendientes a la promoción y protección de la familia, la sociedad civil y las organizaciones de la comunidad, en especial a los sectores comunitarios vulnerables o en riesgo social.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en todo lo relativo al desarrollo local, mediante intervenciones que promuevan la participación de los distintos actores locales y la coordinación del acceso al crédito destinado a los emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos, apoyando su articulación con los demás sectores de la sociedad.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política alimentaria que asegure el derecho a una alimentación adecuada y suficiente de toda la población y en especial la atención de las necesidades básicas nutricionales de la población en condiciones de vulnerabilidad y riesgo de subsistencia.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la coordinación de la gestión de las áreas del Ministerio, en lo referente a la articulación del cumplimiento de la política social.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño y ejecución de la política de fortalecimiento de la familia, niñez, adolescencia y tercera edad, desde el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA en todo el territorio nacional, teniendo en cuenta las necesidades especiales de la población en condiciones de vulnerabilidad.
Articular con el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA en todo el territorio nacional las políticas particulares de protección institucional que den respuestas a los requerimientos de la minoridad y la tercera edad.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la gestión de los proyectos internacionales de cooperación técnica del Ministerio.
Promover desde subsidios, créditos y políticas de gestión, el financiamiento de proyectos de inversión social, en Localidades y Municipios de extrema pobreza, que den respuesta a las necesidades más apremiantes de la comunidad gestionando convenios para la provisión de fondos con las Provincias o Municipios.
Procurar la participación de los Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES en la promoción del desarrollo comunitario y productivo, a través de los instrumentos de consenso que resulten pertinentes para fortalecer una Red Federal de políticas sociales.
Crear y promover las condiciones para el desarrollo social a partir de articulaciones progresivas entre el Estado y la sociedad civil y entre las actividades económicas y sociales.
Entender en la elaboración de información y publicaciones de los servicios sustantivos el área social, a través de la promoción de la educación popular y la concientización de la población en materia social.
Intervenir en el asesoramiento pertinente junto al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en la formulación de políticas habitacionales y de infraestructura para sectores en situación de vulnerabilidad social.
Diseñar y coordinar políticas sociales destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad social.
Consolidar un sistema integral de información social en el área de su competencia.
Generar instrumentos de mediación política entre las diferentes jurisdicciones de Gobierno, las Organizaciones de la sociedad civil y los demás actores sociales, en el marco de complementariedad de los ámbitos público y privado.
Supervisar y coordinar la vinculación institucional con la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - (Programa Arraigo) y supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES).
Supervisar y coordinar la vinculación institucional con el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ECONOMIA SOCIAL
Objetivos:
Asistir al Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en la promoción del desarrollo comunitario y productivo en el marco de estrategias locales y regionales sustentadas por la conjunción de acciones del Estado, empresas sociales y organizaciones de la sociedad civil, a través de la creación y fortalecimiento de emprendimientos productivos y sociales encarados por sectores de la población en situación de riesgo y/o de vulnerabilidad, impulsando políticas de capacitación y formación atinentes.
Proponer, ejecutar y evaluar la política de promoción social, de desarrollo productivo y de desarrollo local, que promueva la interacción creciente de los actores estatales, privados y de la sociedad civil, en el marco de la Red Federal de políticas sociales.
Propiciar a través del desarrollo de proyectos productivos, el fortalecimiento de procesos comunitarios basados en la autogestión, asociatividad, y profundización de lazos solidarios generadores de capital social que permitan la multiplicación del impacto y la eficiencia en el uso de los recursos de las políticas sociales.
Impulsar políticas orientadas a posibilitar que personas, familias, grupos y organizaciones incrementen sus capacidades productivas y participen plenamente en el proceso de generación de ingresos, a través del apoyo técnico y/o financiero orientados al fortalecimiento de emprendimientos productivos, propiciando la sustentabilidad de los mismos.
Entender en la elaboración de políticas de formación, capacitación y asistencia técnica, a fin de fortalecer la gestión social a través de la capacidad de gestión de los actores sociales, fomentando espacios de intercambio y cooperación de saberes, con el objeto de construir proyectos comunitarios de gestión asociada integral en experiencias asociativas y propositivas de temáticas de niñez, adolescencia, familia, tercera edad, discapacidad y aborígenes.
Elaborar, coordinar y ejecutar desde la óptica de la equidad territorial, políticas de promoción del desarrollo local y las distintas modalidades de economía social destinadas a generar actividades productivas o de servicios que permitan la inclusión social de los sectores de menores recursos.
Promover políticas activas orientadas a prevenir la violencia social sustentadas en el valor del trabajo como integrador social, la gestión participativa como eje de una sociedad solidaria y en el fortalecimiento de las instituciones básicas como promotoras de valores y bienes.
Intervenir en los lineamientos básicos de formulación de políticas habitacionales para los sectores más vulnerables, coordinando su accionar con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Evaluar el impacto de los diferentes programas sociales vinculados a los objetivos del área en todo el territorio nacional.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
Objetivos:
Asistir al Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en el diseño de la política alimentaria a nivel nacional y en la evaluación de su cumplimiento.
Proponer, planificar y coordinar la ejecución de políticas y acciones desde una Red Federal que garantice la seguridad alimentaria de la población con alta vulnerabilidad social, priorizando el fortalecimiento de la unidad doméstica en riesgo social.
Planificar y programar la ejecución de acciones de prevención y respuesta inmediata ante eventuales situaciones de emergencia alimentaria.
Planificar, coordinar y evaluar las estrategias alimentarias de la Subsecretaría con las implementadas por otros programas sociales nacionales, provinciales y municipales a fin de garantizar el funcionamiento de la Red Federal de Alimentación y Nutrición, procurando maximizar la cobertura y haciendo efectivo el principio de equidad social.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.