COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

Rango Decreto
Publicación 2022-07-08
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

Decreto 378/2022

DCTO-2022-378-APN-PTE - Desígnase Secretaria.**

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-49252354-APN-DGD#MC, la Ley Nº 23.351, el Decreto Nº 1078 del 6 de julio de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se solicita la designación de

la señora María Guadalupe CONDE como Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL

PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado

dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE

CULTURA.

Que la persona propuesta reúne las exigencias de idoneidad y

experiencia requeridas para el desempeño del cargo y acredita estrecha

vinculación al quehacer bibliotecario y al ámbito de la educación y la

cultura.

Que el artículo 9º de la Ley Nº 23.351 determina que el Secretario o la

Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

es designado o designada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que es necesario proceder a la designación de la profesional propuesta por el organismo de origen.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo

9º de la Ley Nº 23.351.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA

DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado dependiente de la

SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, a la señora

María Guadalupe CONDE (D.N.I. Nº 26.465.240), por un período de ley, a

partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto

será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción

72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Tristán Bauer

e. 08/07/2022 N° 51853/22 v. 08/07/2022

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