PRESUPUESTO

Rango Decreto
Publicación 2014-04-04
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

PRESUPUESTO

Decreto 380/2014

**Apruébase el Plan de Acción y el

Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la Dirección de Obra Social del

Servicio Penitenciario Federal.**

Bs. As., 26/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0247495/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de

los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus

modificaciones y el Decreto Nº 1.776 del 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan

de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por la

DIRECCION DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante

en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control

del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en

el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas

Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la

Administración Nacional.

Que el Decreto Nº 1.776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la

citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras

Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del Anexo al Decreto Nº

1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia

presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III de la Ley

de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto Nº 1.776/07 determinó en su Artículo 3°

que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales

enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las

Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL

DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la

SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,

serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable

sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas

en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus

modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto Nº 1.776/07.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Apruébase el Plan

de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la DIRECCION DE

OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al detalle que

figura en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto.

Art. 2° — Estímanse en la suma

de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y

CUATRO MIL ($ 277.274.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma

de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL

SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 318.414.755) los gastos corrientes, y

como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO)

estimado en PESOS CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA MIL

SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 41.140.755), de acuerdo con el detalle

que figura en las planillas del Anexo II, adjunto al presente decreto.

Art. 3° — Estímanse en la suma

de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de

PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) los gastos de capital, y como

consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico

establecido en el Artículo 2° del presente decreto, estímase el

Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS CUARENTA

Y CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($

44.140.755), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del

Anexo II, adjunto a la presente medida.

Art. 4° —Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Axel Kicillof. — Julio C. Alak.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.