DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2015-09-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3817/1958

Bs. As., 28/03/1958

Visto lo solicitado por la POLICIA FEDERAL, en el Expediente Secreto n° 001 del año 1958,

EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO DECRETA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° — Fíjase a partir

del 1° de noviembre de 1957, para el personal del escalafón secreto de

Auxiliares de Coordinación Federal, los sueldos y suplementos

determinados en la Planilla Anexa.

Art. 2° — Déjase sin efecto, a

partir del 1° de noviembre de 1957, la asignación por Mayor Costo de

Vida y el Suplemento de sueldo instituído por el Decreto “S” n°

20.605/56.

Art. 3°— La compensación

adicional por Seguridad y Defensa y Gastos de Representación y el

suplemento por Servicio Efectivo, que se acuerda por este Decreto-Ley,

serán computables a los efectos de la jubilación.

Art. 4° —Distribúyese el

crédito del Presupuesto de Gastos - Sección 1a. - Título I - Servicios

(Sector 2), A. Erogaciones a financiar con recursos de Rentas Generales

n° 1 - Ministerio del Interior (n° 25), aprobado para el ejercicio

1957-1958 por el Decreto-Ley n° 16.990/57, ordenado por Decreto n°

3.816/58, Inciso 7, Item 12, Apartado 16, Partida Principal 20, Partida

Parcial 1392, en la forma de que da cuenta la Planilla Anexa.

Art. 5° — El presente

Decreto-Ley será refrendado por el EXCELENTISIMO SEÑOR VICEPRESIDENTE

PROVISIONAL DE LA NACION y por los señores Ministros Secretarios de

Estado en los DEPARTAMENTOS de MARINA, de AERONAUTICA e interino de

GUERRA, de HACIENDA y de COMUNICACIONES a cargo interinamente de la

cartera del INTERIOR.

Art. 6° — Comuníquese, y pase a

la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y al TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA

NACION, a sus efectos. — PEDRO E. ARAMBURU.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.