SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO

Rango Decreto
Publicación 2020-04-24
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

Decreto 399/2020

DCTO-2020-399-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-08155785-APN-DGD#MPYT, el Decreto N° 1663 del 27 de diciembre de 1996 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1663/96 se aprobó la estructura organizativa del

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) en el ámbito de la

entonces SUBSECRETARÍA DE MINERÍA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS, y en su artículo 5° se estableció que estará dirigido por UN

(1) Presidente y UN (1) Secretario Ejecutivo, ambos designados por el

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en virtud de específicas razones de servicio del SERVICIO GEOLÓGICO

MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado en el ámbito de

la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se

considera imprescindible proceder a la cobertura de los cargos vacantes

y financiados de Presidente y de Secretario Ejecutivo del citado

Servicio Geológico.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 5°

del Decreto N° 1663/96.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase en el cargo de Presidente del SERVICIO

GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado en el

ámbito de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO

PRODUCTIVO, al licenciado en Ciencias Geológicas Eduardo Osvaldo

ZAPPETTINI (D.N.I. N° 11.960.072).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase en el cargo de Secretaria Ejecutiva del

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo

descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO

DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a la licenciada en Ciencias Geológicas Silvia

Beatriz CHÁVEZ (D.N.I. N° 17.895.122).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los

créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE

DESARROLLO PRODUCTIVO – Entidad 624 - SERVICIO GEOLÓGICO MINERO

ARGENTINO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero -

Matías Sebastián Kulfas

e. 24/04/2020 N° 17799/20 v. 24/04/2020

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