SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION

Rango Decreto
Publicación 2000-05-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 402/2000

Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Cultura y Comunicación.

Bs. As., 12/5/2000

VISTO el Decreto Nº 1646 de fecha 26 de diciembre de 1996, modificado por su similar Nº 224 de fecha 16 de marzo de 1999, el Decreto Nº 1459 de fecha 13 de diciembre de 1996, modificado por su similar Nº 55 de fecha 15 de enero de 1998 y el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1646/96 y su modificatorio, se aprobó y modificó la estructura organizativa de la ex SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, produciéndose una reformulación de las funciones asignadas a las distintas unidades organizativas que la componían.

Que mediante el Decreto Nº 1459/96 y su modificatorio, se aprobó y modificó la estructura organizativa de la ex SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, incorporándose la Subsecretaría de Cultura.

Que por Decreto Nº 20/99, se estableció que las distintas jurisdicciones ministeriales y de la PRESIDENCIA DE LA NACION deberán remitir a la Jefatura de Gabinete de Ministros, las estructuras organizativas de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría.

Que por el Decreto citado anteriormente se estableció la conformación organizativa y objetivos de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION fusionándose en dicha Secretaría las acciones y responsabilidades primarias de todas las unidades organizativas que componían la ex-SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION y la ex-SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con sus organismos descentralizados y desconcentrados.

Que en razón de lo expuesto resulta necesario aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y determinar la conformación de sus organismos descentralizados y desconcentrados.

Que a fin de dar cumplimiento operativo a los objetivos fijados en la presente estructura es procedente establecer la cobertura de las vacantes existentes en las áreas competentes de la actual SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la mayor brevedad, disponiendo ante la emergencia ciertas medidas de excepción.

Que en tal sentido, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, ha considerado conveniente la cobertura de cargos vacantes existentes en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 25.237.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional, y de lo dispuesto por los artículos 22 y 26 de la Ley Nº 25.237.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuyos Organigramas, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación, Planta Permanente, Planta No Permanente de Personal Transitorio, que como Anexo I, II, IIIa, Illb, Illc, Illd, Ille y Illf respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — Transfórmase al SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION en un organismo desconcentrado, el que actuará en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose un plazo de TREINTA (30) días para la presentación del estatuto orgánico y su estructura organizativa.
Art. 3º — Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 2º del Decreto Nº 622 del 26 de abril de 1995, modificado por su similar Nº 391 del 28 de agosto de 1995, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "EL INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERON DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS, SOCIALES Y POLITICAS dependerá de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a través de la COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON, con autarquía económica y financiera, con jurisdicción en todo el territorio de la Nación y con personería para actuar en el ámbito del derecho público y privado."
Art. 4º — Autorízase a la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION para proceder a designar en forma transitoria, al personal que tendrá a su cargo las unidades organizativas que se creen, las que cambien la denominación o las que se hallen vacantes, con carácter de excepción a lo previsto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.237 y en los Títulos III, Capítulos I, II y III, y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995). Los cargos involucrados deberán ser cubiertos mediante los Sistemas de Selección Nacional de la Profesión Administrativa en el término de CIENTO OCHENTA (180) días de la respectiva designación.
Art. 5º — Las Designaciones efectivizadas conforme las disposiciones precedentes deberá en un todo ajustarse a los requisitos mínimos que para el acceso a los niveles escalafonarios de cada agrupamiento se encuentran establecidos en el Título II, Capítulos I, II y III del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).
Art. 6º — La SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban por el presente Decreto, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545/94 reglamentado por la Resolución S.F.P. Nº 422/94. Hasta tanto se aprueben quedarán vigentes las unidades existentes con asignación de los respectivos niveles, grados de revista y cargos con funciones ejecutivas previstos en el Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).
Art. 7º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani.

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EMISORAS INTEGRANTES DEL SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION

L.R.A. 1 Radio Nacional Buenos Aires

L.R.A. 2 Radio Nacional Viedma

L.R.A. 3 Radio Nacional Santa Rosa

L.R.A. 4 Radio Nacional Salta

L.R.A. 5 Radio Nacional Rosario

L.R.A. 6 Radio Nacional Mendoza

L.R.A. 7 Radio Nacional Córdoba

L.R.A. 8 Radio Nacional Formosa

L.R.A. 9 Radio Nacional Esquel

L.R.A. 10 Radio Nacional Ushuaia

L.R.A. 11 Radio Nacional Comodoro Rivadavia

L.R.A. 12 Radio Nacional Santo Tomé

L.R:A.13 Radio Nacional Bahía Blanca

L.R.A. 14 Radio Nacional Santa Fe

L.R.A. 15 Radio Nacional San Miguel de Tucumán

L.R.A. 16 Radio Nacional La Quiaca

L.R.A. 17 Radio Nacional Zapala

L.R.A. 18 Radio Nacional Río Turbio

L.R.A. 19 Radio Nacional Puerto Iguazú

L.R.A. 20 Radio Nacional Las Lomitas

L.R.A. 21 Radio Nacional Santiago del Estero

L.R.A. 22 Radio Nacional San Salvador de Jujuy

L.R.A. 23 Radio Nacional San Juan

L.R.A. 24 Radio Nacional Río Grande

L.R.A. 25 Radio Nacional Tartagal

L.R.A. 26 Radio Nacional Resistencia

L.R.A. 27 Radio Nacional Catamarca

L.R.A. 28 Radio Nacional La Rioja

L.R.A. 29 Radio Nacional San Luis

L.R.A. 30 Radio Nacional San Carlos de Bariloche

L.R.A. 42 Radio Nacional Gualeguaychú

L.R.A. 51 Radio Nacional Jáchal

L.R.A. 52 Radio Nacional Chos Malal

L.R.A. 53 Radio Nacional San Martín de los Andes

L.R.A. 54 Radio Nacional Ingeniero Jacobacci

L.R.A. 55 Radio Nacional Alto Río Senguerr

L.R.A. 56 Radio Nacional Perito Moreno

L.R.A. 57 Radio Nacional El Bolsón

L.R.A. 58 Radio Nacional Paso Río Mayo

L.R.A. 59 Radio Nacional Gobernador Gregores

EMISORAS COMERCIALES ADMINISTRADAS POR EL ESTADO

LU 91 TV Canal 12 - Trenque Lauquen - Pcia. Buenos Aires

LT 11 Radio General Francisco Ramírez - C. del Uruguay - Entre Ríos

LT 12 Radio General Madariaga - Paso de los Libres - Corrientes

LT 14 Radio General Urquiza - Paraná - Entre Ríos

LV 4 Radio San Rafael - Mendoza

LV 8 Radio Libertador - Mendoza

LV 19 Radio Malargüe - Mendoza

LU 4 Radio Patagonia Argentina - Comodoro Rivadavia - Chubut

LU 23-Emisora Lago Argentino - El Calafate - Santa Cruz

DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO, MUSEOS Y ARTES

CASA HISTORICA DE LA INDEPENDENCIA

COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES

INSTITUTO "JUAN BAUTISTA ALBERDI"

MUSEO "CASA DE YRURTIA"

MUSEO "CASA RICARDO ROJAS"

MUSEO DE LA HISTORIA DEL TRAJE

MUSEO HISTORICO DE LA CASA DEL VIRREY LINIERS

MUSEO HISTORICO DEL NORTE

MUSEO HISTORICO NACIONAL

MUSEO HISTORICO NACIONAL DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Y DE LA REVOLUCION DE MAYO

MUSEO HISTORICO SARMIENTO

MUSEO JESUITICO DE JESUS MARIA

MUSEO MITRE

MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO

MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL

MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES

MUSEO NACIONAL DEL GRABADO

MUSEO REGIONAL DE PINTURA "JOSE A. TERRY"

MUSEO ROCA - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES HISTORICAS

MUSEO Y BIBLIOTECA "CASA NATAL DE SARMIENTO"

MUSEO Y BIBLIOTECA DE LA CASA DE ACUERDO DE SAN NICOLAS

PALACIO SAN JOSE - MUSEO Y MONUMENTO NACIONAL "JUSTO JOSE DE URQUIZA"

SALAS NACIONALES DE EXPOSICION

CORO NACIONAL DE JOVENES

BANDA SINFONICA DE CIEGOS

CORO NACIONAL DE NIÑOS

CORO POLIFONICO DE CIEGOS

CORO POLIFONICO NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA Y DEL PENSAMIENTO LATINOAMERICANO

INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS DE TEATRO

INSTITUTO NACIONAL DE MUSICOLOGIA

MERCADO DE ARTESANIAS TRADICIONALES (MATRA)

ORQUESTA NACIONAL DE MUSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO"

ORQUESTA SINFONICA NACIONAL

ANEXO II

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en el sistema de Control Interno de acuerdo a lo establecido por el artículo 100 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, prestando servicio a toda la organización, consistente en realizar los exámenes y evaluaciones de las actividades del organismo, empleando el enfoque de Control Integral e Integrado de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la gestión.

ACCIONES:

1.

Elaborar el planeamiento general de Auditoría Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integrado y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2.

Asesorar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer de acuerdo con la autoridad Superior de la Jurisdicción el Sistema de Control Interno y efectuar su seguimiento.

3.

Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

4.

Verificar si las erogaciones se efectúan de acuerdo con la normativa legal y a los niveles presupuestarios establecidos por la legislación vigente.

5.

Constatar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información, determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para su protección. Producir informes periódicos sobre las actividades desarrolladas y, de corresponder, formular recomendaciones y observaciones.

6.

Comunicar a las autoridades superiores y a la Sindicatura General de la Nación las recomendaciones y observaciones que se formulen y efectuar su seguimiento.

7.

Informar sobre los temas que requiere la Sindicatura General de la Nación, en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION

DIRECCION GENERAL DE PRENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la cobertura periodística de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional en el país y en el exterior.

ACCIONES

1.

Coordinar con el periodismo el suministro de información oficial.

2.

Reproducir y distribuir los discursos presidenciales y conferencias de prensa, al periodismo y a los organismos que lo requieran.

3.

Efectuar la acreditación y atención del periodismo extranjero, para la cobertura de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional, tanto en el país como en el exterior.

SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION

DIRECCION GENERAL DE DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Difundir los actos de gobierno tanto en el ámbito interno como en el externo, de acuerdo a las políticas de comunicación establecidas.

ACCIONES

1.

Difundir información, publicidad y/o publicaciones relacionadas con la actividad del Gobierno Nacional.

2.

Coordinar y controlar las campañas de difusión del Gobierno Nacional.

3.

Producir material de difusión impreso y/o audiovisual vinculado con la acción de gobierno.

4.

Efectuar publicaciones para difundir los fines permanentes del Estado Nacional en la comunidad internacional.

5.

Realizar la promoción de programas y campañas de difusión de la acción de gobierno y evaluar su resultado.

6.

Entender en las cuestiones que involucren al periodismo, acreditado en la Casa de Gobierno, como así también en el funcionamiento de la Sala de Periodistas.

7.

Proveer las facilidades previstas en la Ley de Radiodifusión para la emisión sin cargo de anuncios de interés general, supervisando su contenido y calidad.

SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION CULTURAL Y EVENTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover la participación cultural en todos sus aspectos, respetando las características provinciales y regionales a través de la realización de Programas socioculturales, proyectos, eventos, seminarios, concursos y actividades culturales en general y fomentar el desarrollo de las industrias culturales.

ACCIONES:

1.

Promover programas y ejecutar actividades conjuntas e intercambios con las diferentes jurisdicciones del sistema federal argentino que incentiven la participación cultural.

2.

Cumplimentar las acciones derivadas de los acuerdos y convenios suscriptos y realizar las gestiones tendientes a la formalización de nuevos convenios.

3.

Promover ,la participación de instituciones Públicas y Privadas y organizaciones intermedias, y realizar la producción técnica y artística de las actividades programadas.

4.

Intervenir en todo lo relacionado con el desarrollo y la implementación de los regímenes de Premios Nacionales y Regionales y toda otra distinción a crearse.

5.

Incentivar el desarrollo de las industrias culturales con acciones destinadas a ese fin.

6.

Generar e intervenir en todo lo concerniente a la programación y comunicación cultural en los medios de comunicación.

7.

Promover la formación y capacitación especializadas en el diseño, dirección, ejecución y control de las políticas de programación cultural.

8.

Recopilar las programaciones e informaciones culturales de las diferentes administraciones y organismos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE MEDIOS Y CONTROL INSTITUCIONAL.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA.

Administrar los recursos asignados a las emisoras comerciales dependientes de la Secretaría de Cultura y Comunicación.

Coordinar y planificar la contratación de la publicidad de los organismos oficiales del sector público nacional.

Asistir jurídica y administrativamente a la Subsecretaría de Coordinación dependiente de la Secretaría de Cultura y Comunicación, en todos los actos y situaciones que requieren intervención, en lo referido a medios y comunicación.

Entender en la elaboración y control del presupuesto de la Subsecretaria de Coordinación dependiente de la Secretaría de Cultura y Comunicación, y los organismos que le dependan en materia de medios y comunicación.

Planificar la organización de los recursos humanos involucrados en las áreas y organismos relacionados con medios y comunicaciones.

ACCIONES.

1.- Elaborar mecanismos de control para el funcionamiento de las emisoras de radio y televisión dependientes de la Secretaría.

2.- Planificar, programar y disponer la realización de las auditorías contables y operativas de las emisoras y organismos dependientes, en lo referido a medios y comunicación.

3.- Controlar la gestión y los procedimientos de privatización de las emisoras dependientes, en el momento que sean propuestas para tal fin.

4.- Efectuar el seguimiento y fiscalización de las liquidaciones de las emisoras privatizadas dependientes de la jurisdicción.

5.- Entender en la coordinación de las contrataciones de publicidad que efectúen los organismos oficiales del sector público nacional.

6 - Elaborar mecanismos de control para el funcionamiento de los organismos descentralizados, cualquiera sea su naturaleza, dependientes de la Secretaría, en lo referido a medios y comunicación.

7.- Controlar la gestión de los juicios y los asuntos contenciosos y administrativos en que la Secretaría es parte, que involucre aspectos referidos a medios y comunicación.

8.- Asistir en la elaboración de proyectos de leyes, decretos resoluciones y disposiciones normativas vinculadas al área de competencia de la Secretaría, concerniente a medios y comunicación.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.