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CONVENIOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONVENIOS

Decreto 406/97

**Ratifícase un convenio suscripto entre Lotería

Nacional Sociedad del Estado y el Instituto Provincial de Lotería

y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, por el que se transfiere

el "Complejo Casino de Necochea".**

Bs. As.. 8/5/97

B.O: 13 / 5 / 97

VISTO el Expediente N° 372.240/96 del registro de LOTERIA

NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de la Ley N° 11.536 de la Provincia

de Buenos Aires y Decreto N° 3004 de fecha 14 de setiembre

de 1995 del Poder Ejecutivo de dicha Provincia, LOTERIA NACIONAL

SOCIEDAD DEL ESTADO suscribió con el INSTITUTO PROVINCIAL

DE LOTERIA Y CASINOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES un Acta Acuerdo,

mediante la cual el aludido INSTITUTO

PROVINCIAL reasumió la administración y explotación

de los casinos ubicados en jurisdicción del territorio

de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 ° de octubre

de 1995.

Que por ello, mediante Resolución N° 108 de fecha

16 de Julio de 1996 LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO ha declarado

de inutilidad empresarial el inmueble denominado "COMPLEJO

CASINO DE NECOCHEA" sito en la ciudad de Necochea, Provincia

de Buenos Aires.

Que la DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO se ha expedido

favorablemente al respecto.

Que atento lo expuesto, por Resolución N° 170 de fecha

30 de setiembre de 1996 LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO aprobó

la transferencia a título gratuito del inmueble mencionado

y de las dos parcelas de su propiedad a favor del INSTITUTO PROVINCIAL

DE LOTERIA Y CASINOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que con fecha 12 de febrero de 1997 ambas partes han suscripto

"ad referéndum" de los Poderes Ejecutivo de la

Nación y de la Provincia de Buenos Aires, el convenio de

transferencia pertinente.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan

ratificar el convenio mencionado, a fin de que la Provincia de

Buenos Aires pueda continuar con la explotación del complejo

conforme a los fines a que fuera destinado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de

la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

a tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99 inc. 1° de la Constitución Nacional

y por la Ley N° 18.586.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Ratifícase el convenio suscripto

en fecha 12 de febrero de 1997 entre LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD

DEL ESTADO y el INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS DE LA

PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que en copia certificada integra el

presente como Anexo I, mediante el cual se transfiere a título

gratuito el inmueble denominado "COMPLEJO CASINO DE NECOCHEA"

y las dos parcelas propiedad de la primera sobre las que se halla

parcialmente edificado.

Art. 2º.-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación

no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección

Nacional [Suipacha 767, Capital Federal).